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Pág. 157116 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de febrero de 1998 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Declaran como zona restringida para paradero de taxis y comercio ambulatorio, las cuadras colindan- tes al Ministerio de Educación ORDENANZA Nº 096-98-CDSB-C San Borja, 3 de febrero de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto en la I-98 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de enero de 1998, el pedido del regidor José Ramón Vítor, de que las cuadras colindantes al Mi- nisterio de Educación se declaren como Zona Res- tringida para paradero de taxis y ambulantes con el objeto de evitar el desorden generado por los citados al utilizar la puerta de las casas de los vecinos como letrinas, generando malestar entre los vecinos y tran- seúntes; Estando a lo dispuesto el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 se aprobó: Artículo Primero.- Declarar las cuadras colindantes al Ministerio de Educación ubicado en Van de Velde Nº 160, San Borja; como Zona Restringida para paradero de taxis y para el comercio ambulatorio. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Segu- ridad y Dirección de Desarrollo Urbano y Dirección de Servicios Comunales, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Alcaldesa 1311 Prorrogan plazo para que conduc- tores de establecimientos ubicados en AA.HH. obtengan su respectiva Licencia Temporal de Funciona- miento ORDENANZA Nº 097-98-CDSB-C San Borja, 3 de febrero de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto en la I-98 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de enero de 1998, el pedido del regidor Javier Morales Rueda de prórroga por 180 días adicionales al plazo otorgado en la Segunda Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 072-97-CDSB-C, para que los conductores de los establecimientos que se encuen- tren en los asentamientos humanos procedan a la regularización correspondiente, conducente a la ob- tención de la respectiva Licencia Temporal de Funcio- namiento; Estando a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por Unanimidad se aprobó lo siguiente: Artículo Primero.- PRORROGAR en 180 días el plazo concedido mediante la Segunda Disposición Tran- sitoria de la Ordenanza Nº 072-97-CDSB-C, para que los conductores de los establecimientos comerciales que se encuentren ubicados en los asentamientos huma- nos procedan a la obtención de la respectiva Licencia Temporal de Funcionamiento al amparo de la citada Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Alcaldesa 1312 Prorrogan vigencia de Ordenanza que regula el Régimen de Frac- cionamiento Especial para deu- das tributarias y multas adminis- trativas ORDENANZA Nº 098-98-CDSB-C San Borja, 4 de febrero de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto en la I-98 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de enero de 1998, el pedido presentado por el Regidor Javier Morales Rueda de ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 053-97-CDSB-C, prorro- gada su vigencia mediante Ordenanza Nº 066-97- CDSB-C, hasta el 31-12-97, y modificada por la Ordenanza Nº 074-97-CDSB-C, que regula el Régi- men de Fraccionamiento Especial para las deudas Tributarias y las deudas de multas Administrativas que se encuentran en la vía coactiva, por 180 días adicionales; Estando a lo dispuesto en el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, aprobó por Una- nimidad: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 053-97-CDSB-C, que regula el Régi- men de Fraccionamiento Especial para las deudas Tributarias y para las deudas de multas Administra- tivas que se encuentran en la vía coactiva, por 180 días calendario otorgándose fraccionamiento de las deudas hasta por un máximo de 10 meses dependien- do del monto de las mismas. Artículo Segundo.- Los deudores que a la fecha tuvieran además deudas pendientes en la vía adminis- trativa podrán acumular todas sus deudas y acogerse a este beneficio. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Alcaldesa 1313