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Pág. 157111 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de febrero de 1998 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Disponen celebrar Matrimonio Civil Masivo en la jurisdicción del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-98-A-MDMM Magdalena del Mar, 14 de enero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, con motivo de celebrarse el 14 de febrero el Día del Amor, la Amistad y la Felicidad; se ha estimado conveniente celebrar un MATRIMONIO CIVIL MASIVO GRATUITO; Que, en el ámbito de nuestra comunidad existen de hecho, gran número de familias formadas sin haber regu- larizado su situación conyugal conforme lo establece el Código Civil y demás dispositivos legales conexos; Que, es función de la Autoridad Municipal promover y proteger a la familia, cautelando su legalidad y situación jurídica lo cual redundará en su mejoramiento y bienestar dentro de las prescripciones establecidas para tal fin por nuestro ordenamiento jurídico; Que, en tal virtud y de acuerdo con la Política General del Gobierno Local, es menester disponer la realización de un MATRIMONIO CIVIL MASIVO GRATUITO; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853 y el Libro de Familia del Código Civil promulgado mediante Decreto Legislativo Nº 295; DECRETA: Artículo 1º.- Celébrese el MATRIMONIO CIVIL MA- SIVO GRATUITO, para el día sábado 14 de febrero de 1998, a las 12.00 m. en el parque "Inmaculado Corazón de María" al final de la Av. Brasil, con ocasión de celebrarse el Día del Amor, la Amistad y la Felicidad. Artículo 2º.- Los interesados deberán presentar como únicos documentos para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente lo siguiente: a) Partida de Nacimiento, original de ambos (actuali- zados). b) Copias simples de Libreta Electoral de cada uno. c) Certificado Domiciliario de ambos de residir en el distrito de Magdalena del Mar. d) Certificados médicos serológicos, grupo sanguíneo y charlas de consultoría preventiva. e) Dos testigos mayores de edad debidamente identifi- cados. Artículo 3º.- En el caso de que los contrayentes sean viudos o divorciados; deberán presentar adicionalmente lo siguiente: a) Partida original de defunción o del divorcio, según sea el caso. b) Declaración Jurada legalizada ante Notario, de no administrar bienes de sus hijos, con el anterior cónyuge. Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía tendrá vigencia a partir de su publicación, hasta el 10 de febrero de 1998, fecha límite para la presentación de expedientes. Artículo 5º.- Encargar a la Subdirección de Registros Civiles el cumplimiento de la presente Disposición Muni- cipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BARON FERNANDEZ Alcalde 0591 Disponen reestructurar el cronograma de pago del Arbitrio de Serenazgo y Seguridad Ciudadana del ejercicio 1997 DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-98-A-MDMM Magdalena del Mar, 22 de enero de 1998 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-97-A- MDMM de fecha 17 de enero de 1997, el Concejo de Magdalena del Mar aprobó el CALENDARIO TRIBUTA- RIO MUNICIPAL correspondiente al ejercicio gravable 1997; Que, a través del Informe Nº 001-98-DR-MDMM de fecha 5.1.98 se precisa que no se envió los recibos por concepto de Arbitrios de Serenazgo correspondiente a la 1ra. y 2da. Cuota Trimestral del ejercicio gravable 1997, solicitando que en vía de regularización se modifique el CALENDARIO a efectos de posibilitar que los usuarios de ese servicio puedan cumplir con tributar por este concep- to, concediendo la Administración Municipal las facilida- des del caso, por lo tanto en uso de las facultades que le confiere al Despacho de Alcaldía la Ley Nº 23853; Orgáni- ca de Municipalidades, con cargo a dar cuenta al Concejo: DECRETA: Artículo 1º.- REESTRUCTURAR, en vía de regulari- zación, el CRONOGRAMA DE PAGO DEL ARBITRIO DE SERENAZGO Y SEGURIDAD CIUDADANA, con- cerniente al ejercicio gravable 1997, de las cuotas 1ra. y 2da., que se podrán cancelar de acuerdo al Cronograma siguiente: 1ra. Cuota 1997 Vcto. de Pago 21/febrero/98 2da. Cuota 1997 Vcto. de Pago 21/marzo/98 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Rentas en coordinación con la Unidad de Informática la emisión integral de los recibos por el rubro de Arbitrio de Sere- nazgo. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Administra- ción el proveer de los útiles y materiales necesarios para la emisión de los indicados recibos. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General la publicación y difusión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BARON FERNANDEZ Alcalde 0916 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Otorgan plazo a asociación para que presente proyectos definitivos de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito de Ate Vitarte RESOLUCION Nº 003-98-MML-DMDU Lima, 9 de enero de 1998 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO;