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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (06/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 157112 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de febrero de 1998 Vistos, los expedientes Nºs. 708084, 044631, 044787, 904042, 00589, 026162, seguidos por Asociación de Vi- vienda Residencial "Villa Hermosa", por los que solicita la Renovación de Aprobación de los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana en Vías de Regularización, para Uso Residencial de densidad media "R-4" del terreno de 64,726.00 m2, ubicado en el distrito de Ate - Vitarte, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 007-MLM/AM-SMDU de fecha 29 de enero de 1990, se aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana en Vías de Regularización para Uso Residencial de densidad media "R-4" del terreno de 64,726.00 m2, ubicado en el distrito de Ate - Vitarte, provincia y departamento de Lima, calificando las obras como de tipo "B". Que, de la revisión de lo actuado se ha verificado que las condiciones técnicas que determinaron la Aprobación del Anteproyecto no han variado. Que, la recurrente ha cumplido con presentar los siguientes documentos: a) Título de Propiedad inscrito en la Ficha Nº 74264 del Registro de Propiedad del Inmueble. b) Personería Jurídica inscrita en la Ficha Nº 6960-B del Registro de Personas Jurídicas de Lima. c) Testimonio de Constitución y Estatutos de Asocia- ción de Vivienda a nombre de "Asociación de Vivienda Residencial Villa Hermosa" de fecha 2 de agosto de 1985. d) Resolución Nº 075-89-MLM/AM/SMDU del 14 de febrero de 1989 que resuelve cambiar la Zonificación de Residencial de baja densidad R2 a Residencial de densi- dad media R4; asimismo el Plano Nº 127-88-MLM/DMDU- OPDM/DPTN que forma parte de la mencionada resolu- ción, con certificación de zonificación "R-4" vigente de fecha 27 de noviembre de 1997. e) Declaración Jurada de Inexistencia de Feudatarios, y/o trabajadores agrícolas de conformidad con el Artículo II-IV/12.1 del Reglamento Nacional de Construcciones con firma legalizada, de fecha 17 de noviembre de 1997. f) Recibo cancelado en la Dirección de Tesorería por el monto de S/. 25.00, correspondiente a la reactivación de expediente de fecha 14 de octubre de 1997. g) Recibo cancelado en la Dirección de Tesorería por la suma de S/. 240.00 acreditando el pago por derecho de trámite, y revisión de planos de conformidad con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). h) Recibo cancelado en la Dirección de Tesorería por la suma de S/. 4,386.30 acreditando el pago establecido en los Artículos II-XX-2.1 y II-XX-2.4 del Reglamento Nacional de Construcciones. Estando a los informes de la División de Revisión de Diseño de la Dirección de Habilitaciones Urbanas. Con lo recomendado por el Director de Habilitaciones Urbanas y la Directora General de Obras; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Art. 5º del Decreto de Alcaldía Nº 200-90; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RENUEVESE la Resolución Nº 007-MLM/AM-SMDU del 29 de enero de 1990 que aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana en Vías de Regularización para Uso de Vivienda "R-4" del terreno de SESENTICUATRO MIL SETECIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS (64,726.00 m2), ubicado en el distrito de Ate - Vitarte, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZASE a la Asociación Residencial "Villa Hermosa" para presentar en el plazo de noventa (90) días contados a partir de la fecha de Notifi- cación de la presente Resolución, los Proyectos Definiti- vos los que serán elaborados en base al plano adjunto signado con el Nº 298-97-MML-DGO-DHU debiendo te- nerse en cuenta los requisitos y observaciones que forman parte de la misma. Para la aprobación de los Proyectos Definitivos deberá coordinarse con las Concesionarias de los servicios los Proyectos de las Plantas Externas Telefónicas y de las Redes Sanitarias y Eléctricas, debiendo además indicarse en los planos las aceras perimetrales del parque y el déficit de dicho aporte que se redimirá en dinero, ubicán- dose para los efectos de su tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario. Artículo Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Reglamento de Tramitación Admi- nistrativa del Proceso de Habilitación Urbana para la provincia de Lima, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 134-96-MML, del 28 de noviembre de 1996, los interesa- dos deberán gestionar la inscripción preventiva ante los Registros Públicos de las áreas de aportes para el Minis- terio de Educación de 1,297.00 m2, ubicado en el lote Nº 14, de la Mnza. "I" y para Recreación Pública de 4,900 m2 ubicado en el Parque Nº 1. Así mismo deberá cancelar el pago por el déficit de aportes de Recreación Pública de 2,219.86 m2, ubicándolo para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario quedando en garantía del pago los lotes del 12 al 24 de la Mnza. "D". Artículo Cuarto.- La publicación de la presente Re- solución en el Diario Oficial El Peruano estará a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBASE la presente Re- solución a los Registros Públicos y a la Municipalidad Distrital de Ate - Vitarte. Regístrese y comuníquese. JUAN BAUTISTA BARDELLI L. Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 1339 Aprueban formatos Hoja Resumen y Predio Urbano y fijan plazo para pago al contado o de cuota trimestral del Impuesto Predial para el año 1998 SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 005-98-SAT-MML Lima, 5 de febrero de 1998 CONSIDERANDO : Que, por Resolución Ministerial Nº 675-97-MTC/15.04, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciem- bre de 1997, se aprobaron los Planos Básicos Arancelarios de terrenos para Lima y Callao, y mediante Resolución Ministerial Nº 678-97-MTC/15.04, publicada en la misma fecha, se aprobaron los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para la Costa, Sierra y Selva; Que, el Artículo 14º de la Ley de Tributación Munici- pal, Decreto Legislativo Nº 776, señala que la actualiza- ción de valores de predios por las Municipalidades susti- tuye la obligación de presentar declaración jurada anual por el Impuesto Predial; Que, la Ordenanza Nº 139, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 29 de enero de 1998, estableció el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y distribución de las declaraciones juradas correspondientes a 1998; De conformidad con lo expuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los formatos de Hoja Resumen (HR) y Predio Urbano (PU), los mismos que serán notifica- dos a los contribuyentes en su domicilio fiscal y que como anexos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- El formato de Hoja Resumen (HR) con- tiene la determinación e instrucciones para el pago del Impuesto Predial, y el formato Predio Urbano (PU) actua- liza los valores de los predios de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 776. Artículo 3º.- De conformidad con el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, el pago al contado o la primera cuota trimestral del Impuesto Predial vencen el viernes 27 de febrero de 1998. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS ALBERTO ARIAS MINAYA Jefe del Servicio de Administración Tributaria