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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (06/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 157104 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de febrero de 1998 ANEXO Nº 10 PRIMAS POR COBRAR A ASEGURADOS NO VENCIDAS Y NO DEVENGADAS AL ___ / ___ / ___ (En miles de nuevos soles) EMPRESA : _________________________________________ 1. Total Primas por Cobrar Asegurados no Vencidas (sólo seguros generales) 2. IGV por Primas por Cobrar 3. TOTAL (a - b) 4. Prima Directa no Devengada 5. Valor Final = (Mínimo ( 3 ; 4 )) ANEXO Nº 11 PRIMAS POR COBRAR NO VENCIDAS DE CEDENTES AL ___ / ___ / ___ (En miles de nuevos soles) EMPRESA :______________________________________________ REASEGURADOS ........... ........... ........... ........... TOTAL 1. Saldos en cuenta corriente meses anteriores (mes j-3) ( j-2) ( j-1) ( j ) ( j+1) ( j+2) ( j+3) meses posteriores ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... ........... .......... .......... .......... .......... .......... .......... .......... .......... .......... 2. Primas de retención 3. Pagos vencidos 4. Primas por cobrar no vencidas (1 + 2 - 3) NOTAS: 1. Deben reflejar primas de reaseguro a ser pagadas en corto plazo a partir de la fecha en que la empresa recibió la nota correspondiente o dio su conformidad a ella. 2. Corresponde a las primas que, de acuerdo a los contratos vigentes, permanecerán como garantía en poder de la cedente por los compromisos que ésta deba cubrir. 3. Aquellos que a la fecha del período informado, se encuentren vencidos e impagos a partir de las fechas de pago establecidas en los respectivos contratos de reaseguros. 4. Corresponde a las primas por cobrar no vencidas de cedentes, admitidas como activo elegible según el numeral 13 del Artículo 311º de la Ley General. Nota.- 1. Corresponde al total de primas por cobrar que no hayan sido objeto de financiamiento de primas (régimen especial), consignadas en el balance mensual, netos de intereses de financiación de primas. 2. El Impuesto General a las Ventas que se calcula multiplicando el total de primas por el factor 0,18 y dividiendo el resultado entre 1,18. 4. Se calcula aplicando a las primas directas de los doce (12) últimos meses las tasas utilizadas en la determinación mensual de la reserva de riesgos en curso. 5. Corresponde a las primas por cobrar no vencidas y no devengadas admitidas como activo elegible según el numeral 11 del Artículo 311º de la Ley General, y es el mínimo valor entre lo informado en la fila 3 y en la fila 4.