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Pág. 157371 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de febrero de 1998 INDECOPI Autorizan a diversos organismos emi- tir Certificados de Conformidad en el sector pesquero conforme a la R.M. Nº 061-98-PE RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0006-98/INDECOPI-CRT Lima, 11 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868 modifi- cado por el Decreto Legislativo Nº 807, establece que la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales del IN- DECOPI, en adelante la Comisión, es el Organismo Nacio- nal de Acreditación encargado de evaluar y calificar a las empresas e instituciones a fin de facultarlas para ejercer las funciones de certificación de calidad de los productos; Que, de acuerdo a las facultades otorgadas, la Comi- sión aprobó mediante Resolución Nº 026-97-INDECOPI/ CRT el Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organismo de Inspección y Laboratorios de Ensayo y Calibración, el mismo que establece el procedi- miento y los requisitos cuyo cumplimiento es necesario para obtener la acreditación, en cualquiera de las moda- lidades antes citadas; Que, la regulación de las actividades que desarrollan las empresas e instituciones una vez acreditadas es mate- ria de una regulación específica para cada una de las actividades que desempeñen. En este sentido, la Comi- sión aprobó mediante Resolución Nº 060-97/INDECOPI- CRT el Reglamento de Organismos de Inspección estable- ciendo de esta manera el marco regulatorio para el funcio- namiento de dichos organismos en nuestro país; Que, si bien a la fecha se cuenta con el marco regula- torio para la acreditación de estos organismos, los servi- cios de inspección con valor oficial sólo tendrán lugar cuando las empresas y entidades del sector público y privado soliciten la acreditación correspondiente, dado que la acreditación en cualesquiera de sus variantes es una calificación que otorga la Comisión a las entidades que así lo soliciten, en razón que la postulación a la acreditación es siempre voluntaria; Que, bajo el sistema de acreditación que administra el INDECOPI, la evaluación de la conformidad en cuales- quiera de sus modalidades, es una función realizada por empresas e instituciones del sector público y privado, que permite a la Administración Pública delegar en dichas entidades algunas funciones de evaluación y supervisión de manera confiable, dado que la competencia técnica de éstas es respaldada y supervisada constantemente por la Comisión. En este sentido, la acreditación permite a la Administración Pública delegar y a la vez centralizar la evaluación y supervisión de las empresas e instituciones delegadas; Que, en este sentido, el Ministerio de Pesquería a través de las Resoluciones Nºs. 038-98-PE, 041-98-PE y 058-98-PE dispuso, para efectos de verificar el cumpli- miento de los requisitos e inversiones materia de las concesiones otorgadas para el desarrollo de actividades económicas en determinadas zonas, la obligación de los concesionarios de presentar un certificado que acredite dicho cumplimiento, fijando mediante Resolución Nº 061- 98-PE la materia a inspeccionar; Que, a la fecha no se han acreditado Organismos de Inspección y Organismos de Certificación para estas áreas, que puedan realizar las funciones señaladas en el conside- rando anterior; Que, es necesario adoptar medidas transitorias a fin de hacer efectivo lo dispuesto por el Ministerio de Pesque- ría, facilitando a las empresas concesionarias el cumpli- miento de sus obligaciones y al Ministerio los instrumen- tos necesarios para hacer viable y confiable la supervisión de las condiciones y requisitos por los cuales otorgó determinadas concesiones; Que, en este sentido existen organismos de certifica- ción de productos acreditados y/o autorizados que se encuentran en capacidad de realizar actividades de ins- pección y certificación que son materia de la presente resolución; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales de con- formidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legisla- tivo Nº 807, y con el acuerdo unánime de sus miembros reunidos en su sesión de fecha 11 de febrero de 1998; RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a los Organismos de Cer- tificación siguientes, para emitir Certificados de Confor- midad en el sector pesquero según lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 061-98-PE, sobre la base de los informes de inspección correspondientes: - Sociedad de Asesoramiento Técnico S.A. - SAT - Certificaciones del Perú S.A. - CERPER - International Analytical Services S.A. - INASSA - Instituto de Desarrollo Agroindustrial de la Univer- sidad Nacional Agraria - LA MOLINA - INDDA - UNALM - SGS del Perú S.A. - Bureau Veritas S.A. Artículo 2º.- La autorización otorgada es de carácter transitorio y se mantendrá vigente hasta el 15 de abril de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 1697 FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 007-98-INDECOPI/DIR Mediante Carta Nº 0075-98/INDECOPI-GEG, el Insti- tuto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, solicita se publi- que Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia del Directorio Nº 007-98-INDECOPI/DIR, publicada en nues- tra edición del día 5 de febrero de 1998, en la página 157059. En el Artículo 1º DICE: - Sr. Carlos Cárdenas Quiroz (...) - Sr. Guillermo Gastañeta Carrillo de Albornoz DEBE DECIR: - Sr. Carlos Cárdenas Quirós (...) - Sr. José Guillermo Gastañeta Carrillo de Albornoz 1695 SUNASS Declaran infundada impugnación con- tra resolución mediante la cual se san- cionó con amonestación a EPS LORE- TO S.A. RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 068- 98-SUNASS Lima, 12 de febrero de 1998