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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 1998 (04/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, ante la Secretaría Técnica de Política Alimentaria - Nutricional. Articulo 2°.- Remitir copia de la presente resolución a la mencionada Secretaría Técnica y al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, para los fines pertinen- tes. Registrese, comuníquese y publíquese. MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 7403 Autorizan a procuradora iniciar proceso judicial contra funcionarios, ex funcionarios y servidores de COOPOP RESOLUCION MINISTERIAL N° 151-98-PROMUDEH Lima, 3 de julio de 1998 Visto, el Oficio N° 774-98-PROMUDEH/PP, de fecha 16 de junio de 1998, de la Procuraduria Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarro- llo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones conte- nidas en el Informe N° 13-97-OAI-J/COOPOP “Examen Especial Practicado al Proyecto PROMURCA, Período del 24 de febrero al30 de setiembre de 1997”, del Organo de Auditoría Interna de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, se ha determinado presunta responsabilidad penal y civil por parte de los ex funcionarios y servidores, responsables a la fecha de los hechos en la administración de los recursos financieros del men- cionado proyecto; Que de acuerdo a los hechos descritos se evidencian indicios razonables de la comisión de ilícitos penales y la existencia de responsabilidad civil por parte de los ex funcionarios y ex servi- dores de COO-POP, Marco A. Choy Salazar, Johny Aurelio Pacheco Medina, María Ofelia Hurtado Gordon, Jorge Abel LuyGallardo y Rosa Navarro Gallo, por haber efectuado pagos inde-bidos hasta por la suma de S/. 53,222.64 y por la falta de rendición de cuentas de anticipos otorgados ala Zonal de Ayacucho por una cantidad total de SI. 6,224.56; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16” de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley N° 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del sistema están considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultandonecesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a iniciar las acciones legales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47” de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley N° 17537 de Repre- sentación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey N° 17667 y el Decreto Legislativo N° 866 - Ley de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y delDesarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo N° 893; SE RESUELVE: Articulo l°.- Autorizara la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano, para que en representación y defen- sa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los funcionarios y ex funcio- narios de COOPOP, Marco A. Choy Salazar; Johny Aurelio Pacheco Medina; Jorge Abel Luy Gallardo, así como contra loe servidores María Ofelia Hurtado Gordon, Rosa Navarro Gallo y, contra aquellos que resulten responsables, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo 2°.-Remitir copia de la presente resolución, as] como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines consiguientes. Regístrese, comuniquese y publíquese.MIRIAM SCHENONE ORDINOLAMinistra de Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano 7404Autorizan a procuradora iniciar proce-so judicial contra ex funcionarios de la Beneficencia Pública de Iquítos y re-presentantes de empresa RESOLUCIONMINISTERIAL N° 152-98-PROMUDEH Lima, 3 de julio de 1998 Vistos, el Oficio N° 733-98-PROMUDEH/PP, de fecha 8 de junio de 1998, de la Procuraduría Pública a cargo de los AsuntosJudiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarro-llo Humano; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones conte- nidas en el Informe Especial N° 004-98/DCI/SBPI, “Examen Especial a los trabajos de impresión de formularios para el Proyecto de Servicio Funerario Integral - SERFIN, período del 1 de mayo al 30 de junio de 1997”, de la Oficina de Control Interno de la Beneficencia Pública de Iquitos, se ha determinado presun- ta responsabilidad penal por parte de los ex funcionarios respon- sables en el manejo de los recursos financieros del Servicio Funerario Integral - SERFIN, órgano de la Beneficencia Pública de Iquitos; Que de los hechos descritos en la acción de control referida, se evidencian indicios razonables de presunta comisión de ilícitos penales por parte de los ex funcionarios de SERFIN, señor Carlos Eduardo Ramírez Hidalgo, ex Director; señora RosaAcosta Ampuero, ex Directora de Administración; señor Juan Eloy Ramírez Pinche, ex Director de Abastecimiento y señorRaúl Cachique Peña ex Director de Finanzas y Contabilidad, por haber otorgado la Buena Pro a favor de la EmpresaUniverso Cía. de Servicios Generales S.R.Ltda., para la reali- zación de trabajos de impresión de 5,000 juegos de formulariosde contratos del SERFIN por la suma de S/. 6,400 nuevos soles, sin que se haya elaborado el respectivo Informe Técnico de laOficina competente que sustente y justifique el volumen exa- gerado de los trabajos realizados, habiéndose comprobado que el trabajo entregado no fue el total de formularios encargados, habiéndose pagado en exceso la suma de S/. 1,041.75 nuevos soles ala empresa referida, quien deberá restituir lo indebida-mente cobrado al Estado; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16” de la Ley de Sistema Nacional de Control, aprobado porDecreto Ley N” 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema están considera-dos como prueba preconstituida para el inicio de accioneslegales; evidenciándose de los hechos anteriormente descri- tos, indicios razonables de la comisión de ilícitos penalesprevistos y sancionados en el Código Penal vigente, por lo queresulta necesario autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de la Representación y Defensa de los interesesdel Ministerio de Promoción de la Mujer y del DesarrolloHumano - PROMUDEH, a iniciar las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47” de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley N” 17537 de Repre- sentación y Defensa del Estado en Juicio modificado porDecreto Ley N” 17667 y el Decreto Legislativo N” 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo N” 893; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales contra los ex funcionarios de la Beneficencia Pública de Iquitos, señores Carlos Eduardo Ramírez Hidalgo, Rosa Acosta Ampuero, Juan Eloy Ramírez Pinche, Raúl Cachique Peña, así como a los representantes de la Empresa UNIVERSO CIA. DE SERVICIOSGENERALES S.R.LTDA. y, contra aquellos que resulten respon- sables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativade la presente resolución. Artículo 2”.- Remitir copia de la presente resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRIAM SCHENONE ORDINOLAMinistra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 7405