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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 1998 (08/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

Aceptan renuncia de Directora Gene- ral de Asesoría Técnica del Instituto Nacional de Salud l ! RESOLUCION SUPREMA N° 058-98-SA Lima, 6 de julio de 1998 Vista la renuncia formulada por doña MARIA CRISTINA LOPEZ ODRIA; CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema N° 092-97-SA, del 2 de diciembre de 1997, se designó a la Arq. MARIA CRISTINALOPEZ ODRIA, en el cargo de Directora General de :isesoría Técnica, Nivel F-4, del Instituto Nacional de S;;lud del Ministerio de Salud; Que la indicada funcionaria ha formulado renmcia al cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto hhiSlatiV0 N” 276 y el Decreto Ley N” 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Aceptar, a partir de la fecha de la presente resol xion, la renuncia presentada por la Arq. MARIA CRISTINX LOPEZ ODRIA, al cargo de Directora General de Asesoría Técnica, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prePt.ados. Regístrese, comuniquese y publíquese.Rúbrica del Ing. Alberto Fojimori Presidente Constitucional de la República MARINO COSTA BAUERMinistro de Salud 7572 Sancionan con multa a establecimien- to de salud ubicado en el distrito de Jesús María, provincia de Lima RESOLUCION DIRECTORAL W 0919/98-DESP-DI.SA.V.LC. Lima, 24 de junio de 1998 Visto el Informe N” 007-93-EE-9%IGSOECPNS, del Exa- men Especial sobre atención brindada a la paci%:nte doña)articular. ubicado en Jr. Daniel Olaechea N” 273 - Jesús María, Cdra. 20 de Av. Salaverry; posteriormente, el 12 de febrero de 1998, la Dra. MARGARITA BAUTISTA KIOTA, realizó una propuesta beneficiosa para la paciente en rela- ción al costo ofertado por la Clínica Solidaridad del mencio- lado hospital, incluyendo en el costo medicinas y sin depó- ;ito de garantía; Que, el citado Informe de Investigación, concluye que se ha establecido que en el “Policlínic a Particular Santa Margarita - MABAKIOT - MED S.C.R.Ltda.“, se ha trans- rredido el numeral 8.2) del Art. 8” del D.S. N” 023-87/SA ‘Reglamento General de Establecimientos de Salud del Subsector No Público”, porque de acuerdo a la autoriza- :ión de funcionamiento y a las condiciones del local, este establecimiento fue calificado para funcionar como Policlí- nico, cuyo alcance es realizar la atención de pacientes ambulatorios; en el caso específico de la paciente doñaHILDA CONSUELO ESPINAL ROJAS. de 31 años deedad, obesa de 105 kilos, se efectuó una laparoscopía quirúrgica ginecológica con anestesia general - mixta, Penthotal - Halotano). El tipo de cirugía, el procedimien- to de anestesia y las condiciones físicas de la paciente, modificaron sustancialmente la atención ambulatoria a atención hospitalaria (anestesia con recuperacion de uno a dos días), considerado de acuerdo a opinión técnica calificada como un acto a realizarse en un establecimiento de salud de nivel HOSPITAL PRIVADO Y/O CLINICA, por las complicaciones y riesgos que ofrece la cirugía laparos- tópica mixta. Por lo expuesto, la empresa MABAKIOT MED S.C.R.I,tda., cuya representante legal es la Dra. MARGARITA BAUTISTA KIOTA, le atañe responsa- bilidad, conforme a lo prescrito en el Art. 39” del D.S. N” 023-87/SA; De conformidad con el Art. 4” numeral 39.2) del D.S. N” 023-87iSh; y con el Visto Bueno de la Dirección General Adjunta y Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección de Salud V Lima- Ciudad; SE RESUELVE: l”.- Imponer sanción de multa ascendente a tres (31 Unidades Impositivas Tributarias tUITI, vigente a la fecha, al establecimiento de salud denominado Policlínica “SANTA MARGARITA” MABAKIOT MED S.C.R.Ltda., ubicado en el Jr. Daniel Olaechea N” 273 - Jesús María, representada por la Dra. MARGARITA BAUTISTA KIOTA; por los fundamen-tos expuestos en la parte considerativa de la presente reso-lución 2”.- La multa impuesta sera cancelada en la Dirección de Economía de la Dirección de Salud V Lima-Ciudad en el plazo de 15 dias. 3”.- Independientemente del pago de la multa, el repre- sentante del citado establecimiento deberá adecuarse a ley. 4”.- Notificar copia de 1s presente resolución al inte- resado, Municipalidad de Jesús María, Colegio Médico del Perú, Prefectura de Lima y Policía Nacional de la jurisdicción Regístrese y comuníquese. JORf:E MIANO TRELLES Director GeneralDirección de Salud V Lima-Ciudad HILDA CONSUELO ESPINAL ROJAS. CONSIDERANDO: ~ 7438 / Que, mediante Oficio N” 678-98-IGS, Inspectorla General del Ministerio de Salud, remite el expediente de la referen- cia, mediante el cual se determina que la paciente doña HILDA CONSUELO ESPINAL ROJAS, después de seguir un tratamiento ambulatorio por infertilidad en el Hospital “Arzobispo Loayza”. en el período de abril.97 a encro.98, fue sometida posteriormente a una intervención quirxírgica de “laparoscopía quirúrgica” el 2 de marzo de 1998 eu el “Poli- clínico Particular Santa Margarita - MABAKIW - MED S.C.R.Ltda.“, reingresando al Hospital Nacional Arzobispo Loayza”, el 3 de marzo de 1998. en estado de corra íencefa- lopatía hipóxica severa); Que, asimismo, se ha determina que la Dra MARGA- RITA BAUTISTA KIOTA, ha promovido que la citada pa- ciente de la Clínica de la Solidaridad del Hospital “ArzobispoPESQUERIA Autorizan viaje de representante de FQNDEPES para participar en reunión de trabajo del Grupo de Especialis- tas de Cocodrilos, a realizarse en Singapur RESOLUCION SUPREMA N” 041-98-PE Loayza” , prosiga su tratamiento en el policlínrco de su propiedad ,“Santa Margarita - MABAKIOT - ME D/ S.C.R.Ltda.” anotando en el reverso de la receta de la Clímca!Lima, 6 de julio de 1998 de la Solidaridad del Hospital Nacional “Arzobispo Loayza“, I Visto el Oficio N” 166-98FONDEPESSG. de fecha ll de (10 de enero de 1998), bajo la dirección de su policlínica / junio de 1998.