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Lima, miércoles 8 de julio de 1998 Reforzamiento para los Módulos Penales y Civiles del Distri- to Judicial de Lambayeque, siendo en consecuencia perti- nente emitir el acto administrativo autoritativo de la misma, a fin de materializar su ejecución. De conformidad con las facultades conferidas mediante las Leyes N”s. 26546, 26623 y 26695 y a las Resoluciones Administrativas NYs. 018 y 032~CME-PJ. y 031.SS-SE-TP- CME-PJ;Segundo.- La Comisión Investigadora estará integrada por los señores Josef Essenwanger Ballesteros, quien la presidirá, Felipe Roque Vidal Riquelme y Gian Franco Vac- chelli Sicheri. Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Ge- rencia de Operaciones de los Centros Juveniles y a la Geren- cia General. Regístrese, comuníquese y publíquese. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del Pro- grama de Reforzamiento para los Módulos Penales y Civil del Distrito Judicial de Lambayeque a celebrarse entre los días 6 al 24 de julio del presente ano, en el mencionado Distrito Judicial.DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 7540 Artículo Segundo.- El Programa de Reforzamiento autorizado mediante la presente, es de aplicación a todo el personal de apoyo jurisdiccional y administrativo que labora en los Módulos Penales y Civil del Distrito Judicial de Lambayeque, siendo cargo del Proyecto Operativo Integrado Lambayeque, velar por el mejor desarrollo del evento; propo- niendo al nivel correspondiente las medidas que sean nece- sarias para asegurar su eficacia;COMXSfUN EJECUTIVA DEL PODER JUDIC’IAL Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder JudicialAprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Poder Ju- dicial RESOLUCION ADMINISTRATIVA W 656-CME-PJ 7536Lima, 30 de junio de 1998 Constituyen comisión encargada de investigar evasión de internos del Centro Juvenil “El Tambo” de HuancayoLA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL CONSIDERANDO: RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL W 296-B&SE-TP-CME-PJ Lima, 7 de julio de 1998 VISTO:Que, mediante Ley W 26546 se crea la Comisión Ejecu- tiva que asume las funciones de gobierno y gestión del Poder Judicial, las mismas que fueron ampliadas y modificadas mediante Leyes Ns. 26623 y 26695; Que, mediante Decreto Legislativo N” 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha esta- blecido la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública, de aprobar y publicar su corres- pondiente Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos (TUPA); El Oficio N” 474-98-CJT-PJ-HYO, de fecha 7 de julio de 1998, con el que la Directora del Centro Juvenil “El Tambo” de Huancayo, informa los hechos ocurridos el día 6 de julio de 1998; y,Que, por Decreto Supremo N” 094-92-PCM, se ha estable- cido las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de la obligación a que se refiere el consideran- do anterior; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Administrativa N”005-93-CE- PJ, del 20 de febrero de 1993. se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ITUPA) del Poder Judicial, el mismo que requiere de la adecuación, modificación e implementación necesaria, acorde con el proceso de Reforma y Modernización del Poder Judicial establecido por las Leyes N-s. 26546,26623 y 26695;Que, la Cuarta Disposición Complementaria del Decreto Legislativo W 866 que crea el Ministerio de la Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, ha dispuesto la transfe- rencia, a esta Secretaría Ejecutiva, de las funciones relacio- nadas con la rehabilitacmn para la reinserción en la sociedad de los adolescentes infractores; Que, ante los sucesos ocurridos el 6 de julio del presente año en el Centro Juvenil “El Tambo” de Huancayo, que dio como resultado la evasión de cuatro internos de dicho Centro Juvenil, resulta necesario constituir una Comisión Investi- gadora con el fin de determinar las circunstancias en las que se produjeron dichos hechos así como la identificación de los responsables; En uso de las atribuciones otorgadas por las Leyes NS. 26546 y 26623, el Decreto Legislativo N” 866 y las Resolucio- nes Administrativas N”s. 01X-CME-PJ, 032~CME-PJ y 031- 98-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Primero.- Constituir una Comisión Investigadora, la misma que deberá elevar a la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, dentro de un plazo de 10 días, un Informe sobre las circunstancias que motivaron los hechos ocurridos en el Centro Juvenil “El Tambo” de Huancayo el 6 de julio de 1998, que produjeron la evasión de 4 adolescentes mliactores. El referido informe deberá, asi- mismo, contener la identificación de los responsables, así como la adopción de las medidas correct,ivas.Que, en cumplimiento de los dispositivos legales antes referidos, es necesario aprobar el Texto Cnico de Procedi- mientos Administrativos del Poder Judicial; En uso de las facultades concedidas y estando a lo acordado en sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial, el cual figura en documento anexo que forma parte de la presente resolución y que comprende los servicios administrativos que se brindan a los usuarios por las unidades orgánicas que se señalan en el mencionado anexo. Artículo Segundo.- Para los efectos de los derechos de pago establecidos en el TUPA, aprobado por el Artículo 1” de la presente resolución, se aplica la Unidad de Referencia Procesal (URP), la cual es equivalente al (10%) de la Unidad Impositiva Tributaria KJIT), vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR R. CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO DAVID PEZUA VIVANCO