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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 1998 (09/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

Lima, jueves 9 de julio de 1998 DE LA: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FUNCION PROGRAMA SUBPROGFtAMA ACTIVIDADFinanzas : Administración y Planeamiento& : Planeamiento Gubernamental 0019 : Planeamiento Presupuestario y Financiero 00010 : Administración del Proceso Presupuestar¡¡ del Sector PUbtiio FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS (EN NLJEVOS SOLES) CATEGORIA DE GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0Reserva de Contingencia ALA: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 07 : Ministerio de Defensa FUNCION : Defensa y Seguriid Nacional PROGRAMA 003 : Administración SUBPROGRAMA 0006 : Administración General ACTIVIDAD @IO60 : Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas 5. GASTOS CORRIENTES 4 Otros Gastos Corrientes (Asociación de Impedttos Fisicos de las Fuerzas Armadas) TOTAL EGRESOS19oc47,oo _-__ _ _-_----_-_ 190 o47,oo---- Artículo 2”.- El Titular del Pliego dentro de los tres (3) días siguientes ala vigencia del presente dispositivo legal, aprueba mediante resolución la distribución fun- cional programática de los recursos habilitados a través del articulo precedente a nivel de Sección, Pliego, Uni- dad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Acti- vidad, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto y Grupo Genérico del Gasto. Copia de la resolución es remitida a los Organismos señalados en el Artículo 5” de la Ley No 26894 - Ley del Presupuesto del Sector Público para 1998.Que, con la finalidad de cumplir las funciones que le asigna el Articulo 84” de la Constitución Politica del Perú, el Banco Central de Reserva del Perú requiere contar con un servicio de información sobre noticias mundiales y cotizaciones en tiempo real de los mercadlos monetarios, financieros y de productos, asf como operar a través de un sistema de dealing; Que, el Banco tiene suscrito con la firma Reuters Limited un contrato para la prestación de dicho servicio, el cual es conveniente renovar por ser tal empresa proveedor único a través del cual el banco pueda dispo- ner de la información especializada; Que, el Artículo 6” de la Ley N” 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998 -dispone que los procesos de Licitación se efectúan de conformidad con el Reglamento Unico de Adquisiciones; Que, el Decreto Supremo IV 065~85PCM que aprue- ba el Reglamento Unico de Adquisiciones para el Suministro de Bienes y Prestación de Servicios No Personales para el Sector Publico, dispone en su Artícu- lo 4.5.2., inciso cl, que para la exoneración de Licitación Publica en caso de proveedor único se requiere de la dación de un Decreto Supremo; Que, el Decreto de Urgencia N”003-98 dispone que los procesosdeselecciónaqueserefiereelArtículo6“delaI.ey W 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1998 -continuará rigiéndose, entre otros, por el Reglamen- to Unico de Adquisiciones sus ampliatorias y modificato- rias, hasta que entre en vigencia la Ley N” 26850; Que, para tal fin resulta necesario exonerar al Banco Central de Reserva del Perú del requisito de Licitaci.ón Publica para la contratación con la firma Reuters Limited; De conformidad con el Decreto Supremo N” 66585- PCM, la Ley N” 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998 - y el Decreto de Urgencia N” 003-!38; DECRETA: Artículo 3”.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unida- des de Medida.Artículo l”.- Tratándose de proveedor único, exonérase al Banco Central de Reserva del Perú, en vla de regularización, del requisito de Licitación Pública para la contratación de los servicios con la firma REU- TERS LIMITED, a partir del 1 de abril de 1998 hasta el 31 de marzo de 1999. Artículo 2”.-El presento Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Artículo 4”.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en la presente transfe- rencia, instruye a la Unidad Ejecutora bajo su ámbito para que elabore las correspondientes “Notas para Modi- ficación Presupuestaria” que se requieran, como conse- cuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo tT.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Fmanzas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 7617 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la RepúblicaAprueban transferencia de inmueble ubicado en el Cercado de Lima a fawr del MinisterioJORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y FinanzasDECRETO SUPREMO IV’ 1X39-9%EF 7616 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICAExoneran al BCR de requisito de licita- ción pública para contratar con empre sa servicios de información DECRETO SUPREMO IV 068-9%EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: