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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 1998 (09/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

Pi&161930 ~[~~W:\M~ Lima. jueves 9 de julio de 1998 Que, en tal sentido, esnecesario nombrar al Presiden- te del Directorio de dicha institución; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo No 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- Designar al señor Luis Baba Nakao como Presidente del Directorio de la Corporación Fi- nanciera de Desarrollo -COFIDE-. Artículo 2”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 7624 Disponen remitir al Congreso de la República el “Protocolo de Enmienda de la Convención de Viena sobre Res- ponsabilidad Civil por Daños Nuclea- res” RESOLUCION SUPREMA w 303-9%RE Lima, 6 de julio de 1998 Remítase al Congreso de la República, el “Protocolo de Enmienda de la Convención de Viena sobre Respon- sabilidad Civil por Daños Nucleares”, adoptado en Vie- na, el 12 de setiembre de 1997, y suscrito por el Perú, el 4 de junio de 1998, para los efectos aquese contraen los Artículos 56” y 102”, inciso 31, de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDUARDO FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 7625 Disponen remitir al Congreso de la República la “Convención sobre In- demnización Suplementaria por Daños Nucleares” RESOLUCION SUPREMA IV 304-9%RE Lima, 6 de julio de 1998Remítase al Congreso de la República, la “CON- VENCION SOBRE INDEMNIZACION SUPLEMEN- TARIA POR DANOS NUCLEARES”, adoptada en Vie- na, Austria, el 12 de setiembre de 1997, y suscrita por el Perú, en la misma ciudad, el 4 de junio de 1998, para los efectos a que se contraen los Artículos 56” y 102”, inciso 31, de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDUARDO FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Minis- terio DECRETO SUPREMO IV 007-9%TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo N” 00597-TR, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; Que durante la vigencia del TUPA, se han estableci- do, mediante normas específicas, nuevos trámites y procedimientos de competencia de la Autoridad Admi- nistrativa de Trabajo, por lo que es necesario su actua- lización; Que asimismo, resulta conveniente reestructurar los montos de las tasas establecidas en el referido TUPA, con el objeto de facilitar el acceso de los usuarios a los servicios que presta el Ministerio de Trabajo y Promoción Social; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo N” 757 y el Decreto Supremo N” 094-92-PCM; DECRETA: Artículo lo.- Aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, según anexo que forma parte inte- grante del presente Decreto Supremo. Artículo 2”.- El TUPA se aplica a los procedimientos de competencia de la Autoridad Administrativa de Tra- bajo, a nivel nacional. Artículo 39- Derógase el Decreto Supremo N” 005- 97-TR de 2 de mayo de 1997. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- siete días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho. RICARDO MARQUEZ FLORES Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social