Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 1998 (01/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 1 de junio de 1998

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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tada por la Razon Social EL CLAN S.A. para autorizar su funcionamiento como agencia de viajes y turismo validamente constituida, se desprende que dicha agencia de viajes y turismo tiene autorizacion para funcionar bajo la modalidad de agencia de viajes y turismo minorista; Que, de acuerdo a lo consignado en el Articulo 6º literal b. del Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, las agencias de viajes y turismo minoristas, estan prohibidas de ofrecer sus productos a otras agencias; Que, asimismo, el inciso b) numeral II Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 091-93-ITINCI/DM, Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo, califica como infraccion sancionable economicamente, el "ofrecer sus productos a otras agencias, si la empresa opera en la modalidad minorista"; Que, la Direccion Nacional de Turismo ha procedido a revisar los antecedentes, habiendo verificado que la agencia de viajes y turismo con nombre comercial EL CLAN, de propiedad de la Razon Social EL CLAN S.A. ha variado la direccion de los locales de funcionamiento sin haber cumplido con informar dicha situacion al Proyecto Especial Registro Unificado del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, y ha ejercido funciones propias de una agencia de viajes y turismo mayorista, no obstante tener la autorizacion para funcionar como agencia de viajes y turismo minorista, habiendo incurrido en las infracciones previstas en el inciso a) del Articulo 34º del Decreto Supremo Nº 118-90-PCM, que aprueba el Reglamento sobre Unificacion y Simplificacion de Registros para Acceder a la Empresa Formal, y en el inciso b) numeral II Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 091-93ITINCI/DM, Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, sus modificatorias, la Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 091-93ITINCI/DM, y la Resolucion Ministerial Nº 118-90-PCM, que aprueba el Reglamento sobre Unificacion y Simplificacion de Registros para Acceder a la Empresa Formal; Y, estando a lo senalado en el Informe Nº 016-98-MITINCI/ VMTINCI/DNT/DAN/SDNPT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con multa equivalente a CINCO (5) UIT, a la Razon Social EL CLAN S.A., propietaria de la Agencia de Viajes y Turismo con nombre comercial EL CLAN, con domicilio en MORDAZA de Olavide y Paseo Parodi Nº 400, San MORDAZA, MORDAZA, representada por el senor MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El importe de la misma se efectivizara considerando la UIT vigente al momento de su cancelacion, debiendo ser depositada en la Cuenta Nº 00044-107-0019-58 del Banco de MORDAZA, en un plazo no mayor de 30 dias calendario, contados desde la recepcion de la presente. Articulo 3º.- La Razon Social EL CLAN S.A. debera remitir a la Tesoreria del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y a la Direccion Nacional de Turismo, MORDAZA de la Boleta de Deposito correspondiente, en un plazo no mayor de 3 dias habiles, contados desde la fecha de efectuado el deposito. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Turismo 5801

Que mediante Facsimil (SOB-AMA) Nº 042 de fecha 5 de MORDAZA de 1998, el Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores alcanza al Despacho Viceministerial de Pesqueria MORDAZA de la invitacion del Director General de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion FAO para participar en la Sexta Reunion del Subcomite sobre Comercio Pesquero, del Comite de Pesca de la FAO (COFI), a celebrarse en el MORDAZA Hotel de Bremen, Republica Federal de Alemania, del 3 al 6 de junio de 1998, y solicita conocer la conformacion de la delegacion que representara a nuestro MORDAZA en la citada reunion; Que mediante Facsimil (DGE-DAP) Nº 037 de fecha 30 de MORDAZA de 1998, el Director General de Asuntos Economicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores alcanzo al Despacho Viceministerial de Pesqueria MORDAZA de la invitacion a la Novena Reunion del Grupo de Trabajo de Pesqueria del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA MORDAZA (APEC), a llevarse a cabo en Taipei - Taiwan, del 8 al 10 de junio de 1998, y solicito a la vez el nombre del participante designado por el Sector para participar en la citada reunion; Que mediante Oficios Nºs. 367 y 348-98-PE/DVM, de fechas 18 y 14 de MORDAZA de 1998, respectivamente; el Despacho Viceministerial confirmo la asistencia de la representacion del Sector Publico Pesquero Nacional a las reuniones indicadas en los considerados precedentes, la misma que esta conformada, entre otros, por el ingeniero MORDAZA Nishio Nisio, Director Ejecutivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1998, Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 13590-PCM y 037-91-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA Nishio Nisio, Director Ejecutivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, del 1 al 15 de junio de 1998, a Taiwan y Alemania, y cumplir con los fines expresados en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema se haran con cargo al Pliego Presupuestal del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, y de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima-Taiwan-Alemania-Lima Viaticos (US$ 260,00 x 15 dias) Tarifa CORPAC Total US$ 5 253,58 3 900,00 25,00 ------------US$ 9 178,58

Articulo 3º.- El citado funcionario, al termino del viaje expresado en el Articulo 1º de la presente resolucion, presentara el Informe respectivo al Despacho Ministerial con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Pesqueria. Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 5872

Aprueban relacion de establecimienAutorizan viaje de funcionario del ITP a tos industriales pesqueros que han Alemania y Taiwan para participar en suscrito convenio conforme a la R.M. reuniones del Comite de Pesca de la Nº 163-98-PE FAO y del APEC
RESOLUCION SUPREMA Nº 033-98-PE MORDAZA, 30 de MORDAZA de 1998 Visto el documento del Cargo Nº 575-98-PE/DVM del Despacho Viceministerial de Pesqueria de fecha 22 de MORDAZA de 1998, dirigido a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Pesqueria. RESOLUCION DIRECTORAL Nº 099-98-PE/DNPP MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 163-98-PE de 2 de MORDAZA de 1998, se prohibio la extraccion y procesamiento del recurso merluza (merluccius gayi) en la MORDAZA comprendida al sur de los 7° L.S. a partir de las 00.00 horas del dia 7 de MORDAZA de 1998,

PESQUERIA

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