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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (01/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 160371 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de junio de 1998 tada por la Razón Social EL CLAN S.A. para autorizar su funcionamiento como agencia de viajes y turismo válidamente constituida, se desprende que dicha agencia de viajes y turismo tiene autorización para funcionar bajo la modalidad de agencia de viajes y turismo minorista; Que, de acuerdo a lo consignado en el Artículo 6º literal b. del Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, las agencias de viajes y turismo minoristas, están prohibidas de ofrecer sus productos a otras agencias; Que, asimismo, el inciso b) numeral II Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 091-93-ITINCI/DM, Escala de Infrac- ciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo, califica como infracción sancionable económicamente, el "ofrecer sus productos a otras agencias, si la empresa opera en la modalidad minorista"; Que, la Dirección Nacional de Turismo ha procedido a revi- sar los antecedentes, habiendo verificado que la agencia de viajes y turismo con nombre comercial EL CLAN, de propiedad de la Razón Social EL CLAN S.A. ha variado la dirección de los locales de funcionamiento sin haber cumplido con informar dicha situación al Proyecto Especial Registro Unificado del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y ha ejercido funciones propias de una agencia de viajes y turismo mayorista, no obstante tener la autorización para funcionar como agencia de viajes y turismo minorista, habiendo incurrido en las infracciones previstas en el inciso a) del Artículo 34º del Decreto Supremo Nº 118-90-PCM, que aprueba el Reglamento sobre Unificación y Simplificación de Registros para Acceder a la Empresa Formal, y en el inciso b) numeral II Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 091-93- ITINCI/DM, Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, sus modificato- rias, la Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo, aprobada por Resolución Ministerial Nº 091-93- ITINCI/DM, y la Resolución Ministerial Nº 118-90-PCM, que aprueba el Reglamento sobre Unificación y Simplificación de Registros para Acceder a la Empresa Formal; Y, estando a lo señalado en el Informe Nº 016-98-MITINCI/ VMTINCI/DNT/DAN/SDNPT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con multa equivalente a CINCO (5) UIT, a la Razón Social EL CLAN S.A., propietaria de la Agencia de Viajes y Turismo con nombre comercial EL CLAN, con domicilio en Pablo de Olavide y Paseo Parodi Nº 400, San Isidro, Lima, representada por el señor PEDRO J. CHAMO- RRO DIAZ, por los argumentos expuestos en la parte conside- rativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El importe de la misma se efectivizará considerando la UIT vigente al momento de su cancelación, debiendo ser depositada en la Cuenta Nº 00044-107-0019-58 del Banco de Lima, en un plazo no mayor de 30 días calenda- rio, contados desde la recepción de la presente. Artículo 3º.- La Razón Social EL CLAN S.A. deberá remitir a la Tesorería del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y a la Dirección Nacional de Turismo, copia de la Boleta de Depósito correspon- diente, en un plazo no mayor de 3 días hábiles, contados desde la fecha de efectuado el depósito. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE MIGUEL GAMARRA Director Nacional de Turismo 5801 PESQUERIA Autorizan viaje de funcionario del ITP a Alemania y Taiwan para participar en reuniones del Comité de Pesca de la FAO y del APEC RESOLUCION SUPREMA Nº 033-98-PE Lima, 30 de mayo de 1998 Visto el documento del Cargo Nº 575-98-PE/DVM del Despa- cho Viceministerial de Pesquería de fecha 22 de mayo de 1998, dirigido a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería.CONSIDERANDO: Que mediante Facsímil (SOB-AMA) Nº 042 de fecha 5 de mayo de 1998, el Viceministro y Secretario General de Relacio- nes Exteriores alcanza al Despacho Viceministerial de Pesque- ría copia de la invitación del Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO para participar en la Sexta Reunión del Subcomité sobre Comercio Pesquero, del Comité de Pesca de la FAO (COFI), a celebrarse en el Park Hotel de Bremen, República Federal de Alemania, del 3 al 6 de junio de 1998, y solicita conocer la conformación de la delegación que representará a nuestro país en la citada reunión; Que mediante Facsímil (DGE-DAP) Nº 037 de fecha 30 de abril de 1998, el Director General de Asuntos Económicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores alcanzó al Despacho Viceministerial de Pesquería copia de la invitación a la Novena Reunión del Grupo de Trabajo de Pesquería del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífico (APEC), a llevarse a cabo en Taipei - Taiwan, del 8 al 10 de junio de 1998, y solicitó a la vez el nombre del participante designado por el Sector para participar en la citada reunión; Que mediante Oficios Nºs. 367 y 348-98-PE/DVM, de fechas 18 y 14 de mayo de 1998, respectivamente; el Despacho Vicemi- nisterial confirmó la asistencia de la representación del Sector Público Pesquero Nacional a las reuniones indicadas en los considerados precedentes, la misma que está conformada, entre otros, por el ingeniero Victor Nishio Nisio, Director Ejecutivo del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998, Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135- 90-PCM y 037-91-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Victor Nishio Nisio, Director Ejecutivo del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, del 1 al 15 de junio de 1998, a Taiwan y Alemania, y cumplir con los fines expresados en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se harán con cargo al Pliego Presupuestal del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, y de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima-Taiwan-Alemania-Lima US$ 5 253,58 Viáticos (US$ 260,00 x 15 días) 3 900,00 Tarifa CORPAC 25,00 ------------- Total US$ 9 178,58 Artículo 3º.- El citado funcionario, al término del viaje expresado en el Artículo 1º de la presente resolución, presentará el Informe respectivo al Despacho Ministerial con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 5872 Aprueban relación de establecimien- tos industriales pesqueros que han suscrito convenio conforme a la R.M. Nº 163-98-PE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 099-98-PE/DNPP Lima, 29 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 163-98-PE de 2 de abril de 1998, se prohibió la extracción y procesamiento del recurso merluza (merluccius gayi) en la zona comprendida al sur de los 7° L.S. a partir de las 00.00 horas del día 7 de abril de 1998,