Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 1998 (04/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 4 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Designar al economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro de la Comision de Reorganizacion de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes, a partir de la fecha de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

de la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, Permiso de Operacion por el plazo de tres (3) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO:

Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 2449

- Servicio de Transporte Aereo Regular de carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. MATERIAL AERONAUTICO:

MTC
Otorgan permiso de operacion a empresa para que preste servicio de transporte aereo regular de carga
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 064-98-MTC/15.16 MORDAZA, 5 de febrero de 1998 Vista la solicitud de MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., sobre Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de carga. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 339-97MTC/15.16.2, Memorandum Nº 0613-97-MTC/15.16.6, Informe Nº 0174-97-MTC/15.16.5 y Memorandum Nº 52297-MTC/15.16.05.2, emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Area de Estudios Economicos y Subdireccion de Material Aeronautico; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes; Que, los convenios internacionales son de obligatorio cumplimiento para los Estados que los suscriben y ratifican; y, especialmente, en el caso de la Aeronautica Civil Peruana, es de aplicacion obligatoria el Acuerdo sobre Servicios de Transporte Aereo celebrado entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, conforme con el Articulo 1º de la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil; Que, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de MORDAZA, conforme a los terminos del Acuerdo sobre Servicios de Transporte Aereo, ha designado a MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC. para efectuar Servicios de Transporte Aereo Regular Internacional de Carga; Que, la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU y la Compania EXPORT AIR DEL PERU S.A. han presentado oposicion a la solicitud de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de carga formulada por MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., las mismas que deben declararse improcedentes por cuanto no cumplen con los requisitos establecidos en el inciso d) del Articulo 85º de la Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, es decir, estar sirviendo la misma ruta o segmento de ruta; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes, y con la opinion favorable del Director General de Transporte Aereo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., conforme al Acuerdo sobre Servicios de Transporte Aereo vigente entre el Gobierno

- DC-8-61. RUTAS Y FRECUENCIAS: - De MORDAZA (Texas) y/o MIAMI (Florida) a los puntos coterminales de MORDAZA y/o IQUITOS, hasta dos (2) frecuencias semanales y con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire. Las frecuencias estan referidas en aeronaves de fuselaje angosto. Los vuelos sobre estas rutas especificadas podran ser operados hacia y desde puntos intermedios y/o mas alla como sigue: 1. Cualquier punto intermedio y/o mas alla, como sectores ciegos: - MORDAZA DE MORDAZA (Chile) 2. MORDAZA DE PANAMA (Panama) y BOGOTA (Colombia), como puntos intermedios y/o mas alla con plenos derechos de trafico). 3. MORDAZA (Paraguay), LA PAZ (Bolivia) y/o SAO MORDAZA (Brasil), como puntos intermedios y/o mas alla con plenos derechos de trafico. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., deberan estar provistas de sus respectivos Certificados de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asimismo, de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, en los casos que MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC. realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos, queda obligada a hacer mencion expresa que se trata, segun sea el caso, de vuelos en conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del producto, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este articulo sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., MORDAZA del inicio de sus operaciones, adecuara sus vuelos de itinerario a las rutas y frecuencias autorizadas, comunicandoselos a la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 5º.- MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 6º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso reconocimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 7º.- MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., queda obligada con el Gobierno de la

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