Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 1998 (04/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 4 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES
Registrese y comuniquese.

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VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00060010 organizado por Expreso Turismo Pepe El MORDAZA S.R.Ltda. "EXTUPET S.R.Ltda." sobre Concesion de Ruta: LimaTrujillo y viceversa e Informe Nº 117-98-MTC/15.18.04.1 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 303-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 148-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a Expreso Turismo Pepe El MORDAZA S.R.Ltda. - "EXTUPET S.R.Ltda." la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, en la ruta: Lima-Trujillo y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS : : : : LIMA-TRUJILLO y viceversa MORDAZA REGION:...................... MORDAZA REGION:LA MORDAZA CHIMBOTE

MORDAZA MORDAZA MONTTI DE MORDAZA Directora General Direccion General de Circulacion Terrestre 2329 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 034-98-MTC Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 034-98MTC, publicada en nuestra edicion del dia 3 de marzo de 1998, en la pagina 157790. DICE: RESOLUCION SUPREMA Nº 034-98-MTC DEBE DECIR: RESOLUCION SUPREMA Nº 035-98-MTC 2420

PRES
Dan por concluida designacion de representante del Ministerio ante la Comision de Disolucion del FONAPS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 101-98-PRES MORDAZA, 2 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 133-92-PRES, se designo al senor MORDAZA Chan Tay On MORDAZA, como representante del Ministerio de la Presidencia, ante la Comision de Disolucion del Fondo Nacional de Propiedad Social - FONAPS; Que, por Decreto Ley Nº 25925, se declaro en disolucion el Fondo Nacional de Propiedad Social para su liquidacion definitiva; Que, por Resolucion Suprema Nº 133-92-EF/43.40 de fecha 9 de diciembre de 1992, se ha creado una Comision Liquidadora la que estara integrada por un representante del Ministerio de la Presidencia; Que, es necesario dar por concluida la mencionada designacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA Chan Tay On MORDAZA, como representante del Ministerio de la Presidencia, ante la Comision de Disolucion del Fondo Nacional de Propiedad Social FONAPS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 2373

: CHIMBOTE : Una (1) diaria : Dos (2) omnibus : Un (1) omnibus: VG-1264 (1996) : Un (1) omnibus: VG-1265 (1996) : Salida de MORDAZA : 06.00 horas Salida de Trujillo: 18.00 horas

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones legales vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley.

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