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Pág. 157980 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de marzo de 1998 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra ex trabajador contrata- do del Congreso RESOLUCION Nº 005-98-OM/CR Lima, 19 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que a raíz de la denuncia formulada por la señora María Isabel Landa Medina, se encargó a la Asesoría Legal de la Gerencia de Recursos Humanos la verificación de la información brindada por la denunciante sobre que el señor Demetrio Lizana Morote, en ese entonces traba- jador contratado del Congreso de la República, había declarado falsamente ante la Administración de la Insti- tución, que no percibía pensión de cesantía de ninguna otra Entidad del Estado y que el joven José Gustavo Ochoa Berrospi era su hijo, presentándolo como José Gustavo Lizana Berrospi; Que conforme a lo informado por dicha Asesoría en su Informe Nº 508-97-OAL-GRRHH/CR del 3 de noviembre de 1997, se ha determinado que las imputaciones formu- ladas contra el referido ex trabajador eran ciertas, ha- biéndose incluso recibido respuesta por parte del Institu- to Peruano de Seguridad Social informando a este Organo del Estado que, señor Demetrio Lizana Morote era cesan- te con pensión bajo el régimen del D.L. Nº 20530 y que se encontraba impedido de reingresar al servicio por un término de 5 años contados a partir del 16 de noviembre de 1992; Que ello implica entonces que el señor Demetrio Liza- na Morote ha incurrido dolosamente en ilícitos que afec- tan a la Institución al declarar hechos falsos que significan un perjuicio económico grave para el Congreso que re- quiere ser reparado a través de las acciones legales pertinentes que promueva el Procurador Público encar- gado de los Asuntos Judiciales del Poder Legislativo; De conformidad con lo dispuesto en el D.L. Nº 17535, Ley de Defensa del Estado en Juicio, en concordancia con lo establecido en los Artículos 32º y 33º del Reglamento del Congreso de la República y a la delegación acordada por la Mesa Directiva en su Acuerdo Nº 162-97-98/MESA-CR del 13 de enero de 1998; y, Estando a lo acordado por la Mesa Directiva en su Acuerdo Nº 164-97-98/MESA-CR del 13 de enero de 1998; SE RESUELVE: Artículo Unico.- AUTORICESE al Procurador Pú- blico encargado de los Asuntos Judiciales del Poder Legis- lativo a ejercer las acciones civiles y/o penales a que hubiere lugar, contra el señor DEMETRIO LIZANA MOROTE, ex trabajador contratado del Congreso de la República, en atención a los hechos que se describen en la parte considerativa de la presente Resolución. La Gerencia de Recursos Humanos, a través de la Gerencia Central Administrativa del Congreso, brindará al Procurador Público toda la información y documenta- ción que fuere indispensable para los fines correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE FRANCISCO CEVASCO PIEDRA Oficial Mayor Congreso de la República 2564 Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales contra presuntos res- ponsables de delito de falsificación documentaria y otros RESOLUCION Nº 007-98-OM/CR Lima, 19 de febrero de 1998CONSIDERANDO: Que la Oficina de Auditoría Interna en su Memorán- dum Nº 200-97/OAJ.CR del 7 de noviembre, ha encontra- do dentro del examen especial practicado al Departamen- to de Administración de Personal, que la señorita María del Pilar Elvira Fernández Rivas, ex trabajadora de la Institución, presentó, con ocasión de su solicitud de otorga- miento de subsidio por fallecimiento ante la Gerencia de Recursos Humanos, una partida de defunción falsa; Que la presentación de este último documento generó el otorgamiento de un subsidio por el fallecimiento de un familiar directo, ascendente a la suma de S/. 1,758.90 (mil setecientos cincuenta y ocho nuevos soles y 90/100) que le fue abonado en forma efectiva a la mencionada ex servi- dora; Que este hecho ilícito conforme a las leyes vigentes, configura el concurso de los delitos de Inducción a Error a Funcionario Público y Falsificación Documentaria, tipi- ficados en los Artículos 416º y 427º del Código Penal y, además, genera en su autor responsabilidad de carácter civil por el daño causado, de conformidad con lo estable- cido en el Artículo 1969º del Código Civil; Que es preciso entonces autorizar al Procurador Pú- blico encargado de los Asuntos Judiciales del Poder Legis- lativo a iniciar las acciones legales a que hubiere lugar, a efectos de investigar penalmente el hecho denunciado y reparar el daño causado a este Organo del Estado; Que por lo mismo debe dejarse sin efecto legal alguno la Resolución Nº 173-96-CR/GRRHH expedida por la Gerencia de Recursos Humanos; Estando a lo informado por la Oficina de Auditoría Interna y por la Oficina de Asesoría Jurídica del Congreso de la República; y, Estando a lo acordado por la Mesa Directiva en su Acuerdo Nº 145-97-98/MESA-CR del 1 de diciembre de 1997 y Acuerdo Nº 162-97-98/MESA-CR del 13 de enero de 1998; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Pú- blico encargado de los Asuntos Judiciales del Poder Legis- lativo para que, en nombre y representación de este Organo del Estado, ejerza las acciones legales a que hubiere lugar contra la señorita MARIA DEL PILAR ELVIRA FERNANDEZ RIVAS, ex trabajadora contrata- da del Congreso de la República, por los delitos de Induc- ción a Error a Funcionario Público y Falsificación Docu- mentaria tipificados en los Artículos 416º y 427º del Códi- go Penal vigente, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Asimismo, se le faculta interponer la acción indemni- zatoria correspondiente. Artículo Segundo.- REMITASE los antecedentes del caso a la Procuraduría Pública del Poder Legislativo para los fines a que se contrae el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DEJESE SIN EFECTO la Resolu- ción Nº 173-96-CR/GRRHH expedida por la Gerencia de Recursos Humanos del Congreso de la República, de fecha 31 de diciembre de 1996. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE FRANCISCO CEVASCO PIEDRA Oficial Mayor Congreso de la República 2565 RESOLUCION Nº 008-98-OM/CR Lima, 23 de febrero de 1998 Vista la documentación cursada por la Vicepresiden- cia del Consejo Nacional Penitenciario INPE y la Secre- taría Ejecutiva de la Comisión Reorganizadora del Insti- tuto Nacional Penitenciario, relativa a la serie de docu- mentos presentados por el señor CARLOS EDUARDO ACHA LARREA, ex servidor de dicha Institución;