Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 1998 (07/03/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de marzo de 1998

cuentas, comprobantes de pago adulterados, pretendiendo de esa manera sustentar mayores gastos por la suma de S/. 1,686.00; asimismo, ha presentado declaraciones juradas mediante las cuales se excede en S/. 197.00, al monto autorizado segun Directiva Nº 001-95-GAF/ONPE; ademas, de conformidad con las recomendaciones del citado informe; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe devolver a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la suma de S/. 1,610.50, correspondiente a gastos no sustentados debidamente; Que, mediante Oficio Nº 220-97-GCIA/ONPE, se notifico al referido ex funcionario, las observaciones encontradas a su rendicion de cuentas, no recepcionandose hasta la fecha, descargo alguno al respecto; Que, los informes resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas o legales a que hubiere lugar, conforme lo dispone el Articulo 16º, inciso f), del Decreto Ley Nº 26162 "Ley del Sistema Nacional de Control"; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para que en representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientes; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26487 "Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales"; y lo dispuesto por Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin que interponga las acciones legales correspondientes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe ODPE de AijaAncash, durante el MORDAZA de Elecciones Municipales Generales 1995, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitanse los antecedentes y actuados del presente caso, al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- El citado Procurador, informara a esta Jefatura Nacional sobre el conocimiento e impulso de la accion judicial que ejerza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 2578 RESOLUCION JEFATURAL Nº 022-98-J/ONPE MORDAZA, 5 de marzo de 1998 Visto, el Informe Nº 015-97-GCIA/ONPE "Examen Especial a la Ejecucion del Presupuesto de la ODPE MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ancash", del 29 de diciembre de 1997. CONSIDERANDO: Que, en virtud del informe de vistos, la Gerencia de Control Interno y Auditoria, ha determinado que don MORDAZA MORDAZA Barr, Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, durante el MORDAZA de Elecciones Municipales Generales de 1995, ha presentado en su rendicion de cuentas, comprobantes de pago adulterados, pretendiendo de esa manera sustentar gastos por la suma de S/. 1,171.50; ademas, de conformidad con las recomendaciones del citado informe, don MORDAZA MORDAZA Barr, debe devolver a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la suma de S/. 458.82, correspondientes a gastos no sustentados debidamente; Que, mediante Oficio Nº 221-97-GCIA/ONPE, se notifico al referido ex funcionario, las observaciones encontradas a su rendicion de cuentas, sin que hasta la fecha MORDAZA efectuado el descargo correspondiente;

Que, los informes resultados de una accion de control, emitidos por cualquier organo del Sistema, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas o legales a que hubiera lugar, conforme lo dispone el Articulo 16º, inciso f), del Decreto Ley Nº 26162 "Ley del Sistema Nacional de Control"; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para que en representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientes; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26487 "Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales", y lo dispuesto por Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin de que interponga las acciones legales correspondientes, contra don MORDAZA MORDAZA Barr, ex Jefe ODPE de MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA, durante el MORDAZA de Elecciones Municipales Generales 1995, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitanse los antecedentes y actuados del presente caso, al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- El citado Procurador, informara a esta Jefatura Nacional sobre el conocimiento e impulso de la accion judicial que ejerza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 2579

INDECI
Aceptan donacion efectuada a favor del INDECI para la atencion de damnificados por el Fenomeno del MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 048-98-INDECI MORDAZA, 25 de febrero de 1998 Vista el Acta de Valorizacion Nº 022-98-INDECI de fecha 19 de febrero de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, esta encargado del planeamiento, coordinacion y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional; Que, el MINISTERIO DE LA FEDERACION RUSA PARA LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, frazadas y medicinas diversas, segun se detalla en cuadro adjunto a la presente resolucion, para la atencion de los damnificados por el Fenomeno del MORDAZA, valorizado en CIENTO CUARENTICUATRO MIL CUATROCIENTOS UNO Y 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 144,401.20); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942 y 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la donacion efectuada por EL MINISTERIO DE LA FEDERACION RUSA PARA LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA, segun se detalla en cuadro adjunto a la presente Resolucion valorizado en CIENTO CUARENTICUATRO MIL CUATROCIENTOS UNO Y 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 144,401.20).

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