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Pág. 158000 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de marzo de 1998 cuentas, comprobantes de pago adulterados, pretendien- do de esa manera sustentar mayores gastos por la suma de S/. 1,686.00; asimismo, ha presentado declaraciones juradas mediante las cuales se excede en S/. 197.00, al monto autorizado según Directiva Nº 001-95-GAF/ONPE; además, de conformidad con las recomendaciones del citado informe; don Vidal Fausto Silva Canales, debe devolver a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la suma de S/. 1,610.50, correspondiente a gastos no susten- tados debidamente; Que, mediante Oficio Nº 220-97-GCIA/ONPE, se noti- ficó al referido ex funcionario, las observaciones encon- tradas a su rendición de cuentas, no recepcionándose hasta la fecha, descargo alguno al respecto; Que, los informes resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones admi- nistrativas o legales a que hubiere lugar, conforme lo dispone el Artículo 16º, inciso f), del Decreto Ley Nº 26162 "Ley del Sistema Nacional de Control"; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para que en representación de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientes; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26487 "Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales"; y lo dispuesto por Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin que interponga las acciones legales correspondientes contra don Vidal Fausto Silva Canales, ex Jefe ODPE de Aija- Ancash, durante el proceso de Elecciones Municipales Generales 1995, por las razones expuestas en los consi- derandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítanse los antecedentes y actuados del presente caso, al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para su conoci- miento y fines consiguientes. Artículo 3º.- El citado Procurador, informará a esta Jefatura Nacional sobre el conocimiento e impulso de la acción judicial que ejerza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 2578 RESOLUCION JEFATURAL Nº 022-98-J/ONPE Lima, 5 de marzo de 1998 Visto, el Informe Nº 015-97-GCIA/ONPE "Examen Especial a la Ejecución del Presupuesto de la ODPE Carlos Fermín Fitzcarrald - Ancash", del 29 de diciembre de 1997. CONSIDERANDO: Que, en virtud del informe de vistos, la Gerencia de Control Interno y Auditoría, ha determinado que don Jorge Cuadros Barr, Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Carlos Fermín Fitzca- rrald, departamento de Ancash, durante el proceso de Elecciones Municipales Generales de 1995, ha presenta- do en su rendición de cuentas, comprobantes de pago adulterados, pretendiendo de esa manera sustentar gas- tos por la suma de S/. 1,171.50; además, de conformidad con las recomendaciones del citado informe, don Jorge Cuadros Barr, debe devolver a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la suma de S/. 458.82, corres- pondientes a gastos no sustentados debidamente; Que, mediante Oficio Nº 221-97-GCIA/ONPE, se noti- ficó al referido ex funcionario, las observaciones encon- tradas a su rendición de cuentas, sin que hasta la fecha haya efectuado el descargo correspondiente;Que, los informes resultados de una acción de control, emitidos por cualquier órgano del Sistema, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones admi- nistrativas o legales a que hubiera lugar, conforme lo dispone el Artículo 16º, inciso f), del Decreto Ley Nº 26162 "Ley del Sistema Nacional de Control"; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para que en representación de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientes; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26487 "Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales", y lo dispuesto por Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin de que interponga las acciones legales correspondientes, contra don Jorge Cuadros Barr, ex Jefe ODPE de Carlos Fermín Fitzcarrald - Ancash, durante el proceso de Elec- ciones Municipales Generales 1995, por las razones ex- puestas en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítanse los antecedentes y actuados del presente caso, al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para su conoci- miento y fines consiguientes. Artículo 3º.- El citado Procurador, informará a esta Jefatura Nacional sobre el conocimiento e impulso de la acción judicial que ejerza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 2579 INDECI Aceptan donación efectuada a favor del INDECI para la atención de damnifi- cados por el Fenómeno del Niño RESOLUCION JEFATURAL Nº 048-98-INDECI Lima, 25 de febrero de 1998 Vista el Acta de Valorización Nº 022-98-INDECI de fecha 19 de febrero de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional; Que, el MINISTERIO DE LA FEDERACION RUSA PARA LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA, ha do- nado al Instituto Nacional de Defensa Civil, frazadas y medicinas diversas, según se detalla en cuadro adjunto a la presente resolución, para la atención de los damnifi- cados por el Fenómeno del Niño, valorizado en CIENTO CUARENTICUATRO MIL CUATROCIENTOS UNO Y 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 144,401.20); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942 y 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por EL MINISTERIO DE LA FEDERACION RUSA PARA LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA, según se deta- lla en cuadro adjunto a la presente Resolución valorizado en CIENTO CUARENTICUATRO MIL CUATROCIEN- TOS UNO Y 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 144,401.20).