Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 1998 (07/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 7 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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moneda extranjera (Dolares Americanos) o su equivalente en moneda nacional a eleccion del inversionista, de acuerdo al MORDAZA de cambio compra que registre la Financiera Regional del Sur en la fecha de pago el primer dia util de los meses de enero, MORDAZA, MORDAZA y octubre, con excepcion del primer pago que no podra ser efectuado en un periodo menor a tres meses de la respectiva fecha de la emision y del ultimo pago que se MORDAZA efectivo el dia de la redencion de cada una de las series. Los intereses devengados no cobrados no generaran intereses adicionales; asimismo, una vez vencido el MORDAZA este no generara intereses adicionales. Lugar de pago de intereses y redencion del principal: En la Sede Principal de Financiera Regional del Sur S.A. - FINSUR, ubicada en Av. Paseo de la Republica Nº 3705 San MORDAZA, Lima. Beneficios Tributarios: Con arreglo a las normas contenidas en el Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 299, Ley de Arrendamiento Financiero, y en el Decreto Legislativo Nº 625, asi como de conformidad al inciso i) del Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 774, modificado por la Ley Nº 26731, los intereses que devenguen los bonos estan exonerados del Impuesto a la Renta hasta el 31 de diciembre del ano 2000. La ganancia de capital proveniente de la venta de los bonos a traves de mecanismos centralizados de negociacion, esta exonerada del pago del Impuesto a la Renta de conformidad al inciso l) del Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 774, modificado por la Ley Nº 26731. Garantias: Los bonos estan respaldados con garantia generica sobre los activos fijos de FINSUR, incluyendo los bienes que se otorgan en arrendamiento financiero. Fecha de Emision: El Directorio o la Gerencia General de la Financiera Regional del Sur - FINSUR determinara la fecha de emision de cada serie. Plazo de Redencion: Tres (3) anos financieros (1080 dias) contados a partir de la fecha de emision de la respectiva serie. Costos de Colocacion: Los costos de la colocacion seran asumidos integramente por Financiera Regional del Sur S.A. - FINSUR. Plazo de Colocacion: Plazo MORDAZA establecido por Ley. Agente Colocador: Financiera Regional del Sur S.A. - FINSUR, con domicilio en Av. Paseo de la Republica Nº 3705, San MORDAZA, Lima. Representante de los Obligacionistas: Interfip Bolsa S.A.B. S.A., con domicilio en Av. MORDAZA MORDAZA 634, San MORDAZA, Lima. Articulo 2º.- Los recursos que capte la Financiera Regional del Sur S.A. - FINSUR de la emision de bonos por oferta publica del valor a ser inscrito por la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV- en el Registro Publico correspondiente, deberan destinarse exclusivamente al financiamiento de operaciones de arrendamiento financiero de dicha empresa. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la Escritura Publica correspondiente para su posterior inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Registrese y comuniquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 2543

Visto, el Informe Nº 014-97-GCIA/ONPE "Examen Especial a la Ejecucion del Presupuesto de la ODPE Canchis - Cusco" de 30.12.97. CONSIDERANDO: Que, en virtud del informe de vistos, la Gerencia de Control Interno y Auditoria de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, ha determinado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Canchis, departamento del MORDAZA, durante el MORDAZA de Elecciones Municipales Generales 1995, ha presentado en su respectiva rendicion de cuentas, comprobantes de pago adulterados, pretendiendo de esa manera sustentar gastos por S/. 834.20; asimismo, le corresponde devolver a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la suma de S/. 784.30, por corresponder a gastos no sustentados debidamente; Que, mediante el Memorandum Nº 098-96-GCIA/ONPE, se notifico a la referida ex funcionaria de las observaciones encontradas a su rendicion de cuentas, recepcionandose sus descargos, con el Oficio Nº 066-RENIEC-C96, los mismos que han sido tomados en consideracion, al redactarse el informe de la Gerencia de Control Interno y Auditoria; Que, los informes resultados de una accion de control, emitidos por cualquier organo del Sistema, constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas o legales a que hubiera lugar, conforme lo dispone el Articulo 16º, inciso f), del Decreto Ley Nº 26162 "Ley del Sistema Nacional de Control"; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para que en representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientes; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26487 "Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales", y lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin de que interponga las acciones legales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa ODPE de Canchis-Cusco, durante el MORDAZA de Elecciones Municipales Generales 1995, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitanse los antecedentes y actuados del presente caso, al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- El citado Procurador, informara a esta Jefatura Nacional sobre el conocimiento e impulso de la accion judicial que ejerza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 2577 RESOLUCION JEFATURAL Nº 021-98-J/ONPE

ONPE
Autorizan a Procurador iniciar MORDAZA judicial contra ex Jefes ODPE de Canchis-Cusco y de Aija y MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 020-98-J/ONPE MORDAZA, 4 de marzo de 1998

MORDAZA, 4 de marzo de 1998 Visto, el Informe Nº 013-97-GCIA/ONPE "Examen Especial a la Ejecucion del Presupuesto de la ODPE AijaAncash", de fecha 27 de diciembre de 1997. CONSIDERANDO: Que, en virtud del Informe de vistos, la Gerencia de Control Interno y Auditoria, ha determinado que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Aija, departamento de MORDAZA, durante el MORDAZA de Elecciones Municipales Generales 1995, ha presentado en su rendicion de

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