Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 1998 (22/03/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de marzo de 1998

INPE
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex servidor del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 136-98-INPE/CR-P MORDAZA, 18 de marzo de 1998 Vistos, el Informe Nº 049-98-INPE/CPPAD de fecha 26 de febrero de 1998, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja Informativa Nº 018-97-INPE/AG de fecha 21 de marzo de 1997, la Oficina General de Auditoria del Instituto Nacional Penitenciario, comunica el resultado de las investigaciones efectuadas en torno al pago realizado en forma irregular a la empresa GCL SERVICIOS GENERALES, por la suma de S/. 38,907.54, acreditandose que la Orden de Trabajo por Servicios Nº 335 del 15 de MORDAZA de 1995, por el cual se otorga la buena pro a la empresa GCL Servicios Generales para realizar el enmallado de la parte lateral derecha perimetral del Establecimiento de Procesados Primarios de MORDAZA, por S/. 43,896.00 habiendose pagado como adelanto la suma de S/. 4,989.46 con el Comprobante de Pago Nº 1506 y el saldo fue pasado a devengados por no existir prevision presupuestal siendo considerado como devengados, sin embargo pese a existir esta, irregularmente se emite una nueva Orden de Trabajo por Servicios Nº 2455 del 29 de noviembre de 1996, por el mismo valor y caracteristicas de la Orden de Trabajo anterior, la nueva Orden de Trabajo por Servicios fue tramitada sin contar con el informe de la Comision de Devengados, por lo que entre otros asume responsabilidad administrativa el ex servidor del INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Jefe de Adquisiciones de la Oficina de Abastecimiento; asi como el trabajador Contratado por Servicios No Personales MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado del Area de Pagaduria, por haber cancelado a la citada empresa proveedora la suma de S/. 38,907.54 que habia sido girado a traves del Comprobante de Pago Nº 2143 del 29 de noviembre de 1996 y el Cheque Nº 23527544, no obstante a que el cheque MORDAZA referido fue anulado con el fin de que el MORDAZA cheque se gire a nombre de una persona natural por requerimiento del representante de la Empresa GCL SERVICIOS GENERALES, transgrediendose las Normas Generales de Tesoreria Nº 12, tampoco solicito la Carta Poder legalizada notarialmente y el Acta de Conformidad de los Trabajos realizados; Que, por lo expuesto ha quedado evidenciado que el ex servidor del INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incumplido los Incs. a), b) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta administrativa tipificada en los Incs. a), d) y f) del Art. 28º del mismo dispositivo legal. Asimismo, existe responsabilidad funcional del trabajador contratado por servicios no personales MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo conveniente adoptar las medidas correctivas; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 26814 y la Resolucion Ministerial Nº 077-93-JUS modificado por Resolucion Ministerial Nº 006-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al ex servidor del Instituto Nacional Penitenciario, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Adquisiciones de la Oficina de Abastecimiento por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El procesado tiene derecho de formular su descargo y presentar las pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INPE, en el termino que fija la Ley. Articulo 3º.- DISPONER que la Gerencia Tecnica Administrativa de la Comision Reorganizadora ordene al Organo correspondiente se rescinda el contrato por servicios no personales del trabajador del INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y se denuncie y/o demande a las autoridades jurisdiccionales competentes. Articulo 4º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 3138

SUNARP
Constituyen Comision para proponer reformas a la Seccion MORDAZA del Reglamento de Inscripciones y al Reglamento del Registro Mercantil
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 051-98-SUNARP MORDAZA, 13 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 10º de la Ley Nº 26366, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos tiene por objeto dictar las politicas y normas tecnico-registrales de los Registros Publicos y esta encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional; Que, la entrada en vigencia de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, hace necesaria la revision de la Seccion MORDAZA del Reglamento de las Inscripciones, asi como del Reglamento del Registro Mercantil, a fin de adecuar sus disposiciones a la nueva normatividad; Que, en consecuencia, debe procederse a la conformacion de una Comision que se encargue de proponer las modificaciones que fueren necesarias a los indicados reglamentos, para ser sometidas a la aprobacion del Directorio de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; De conformidad con los incisos v) y w) del Articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir una Comision encargada de proponer las reformas a la Seccion MORDAZA del Reglamento de las Inscripciones, asi como al Reglamento del Registro Mercantil, que resulten necesarias para adecuar sus disposiciones a lo establecido en la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades Articulo 2º.- La Comision estara integrada por el Superintendente Nacional de los Registros Publicos o su representante, quien la presidira, y por los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Gastaneta Alayza, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balbuena, MORDAZA MORDAZA Alberti, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Althaus, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Torres. Actuara como Secretario de la Comision el Gerente Legal de la SUNARP, doctor MORDAZA Rubio Correa. Articulo 3º.- La Comision debera concluir la formulacion del proyecto de reformas dentro de los sesenta (60) dias utiles siguientes a su instalacion. Articulo 4º.- Para el cumplimiento del encargo conferido, la Comision propiciara la colaboracion de especialistas, colegios profesionales, gremios empresariales, universidades e instituciones de investigacion, para que formulen sus sugerencias. Articulo 5º.- Transcribir MORDAZA de la presente Resolucion a los integrantes de la Comision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de los Registros Publicos 2845

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