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Pág. 160081 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de mayo de 1998 Artículo 3º.- Los demás artículos de la Resolución Directoral Nº 014-98-MTC/15.16 del 19.2.98 se mantienen vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENDOZA MELENEZ Director General Dirección General de Transporte Aéreo 5492 ENERGIA Y MINAS Aprueban Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidro- carburos en el Lote XVI ubicado en la Cuenca Talara DECRETO SUPREMO Nº 018-98-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarbu- ros, se norma las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece diferentes formas contrac- tuales para realizar actividades de exploración y/o explo- tación de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo dispuesto en los Artículos 6º y 11º de la Ley Nº 26221, ha sido autorizada para negociar y celebrar contratos para la exploración y/ o explotación de hidrocarburos, previa negociación direc- ta o por convocatoria; Que, al amparo de las facultades señaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. convocó al Proceso Privado de Selección de Contratista en el Lote XVI, Nº PERUPETRO-001-97, para la Exploración y Ex- plotación de Hidrocarburos en la Cuenca Talara, Lote XVI; Que, mediante Acuerdo Nº D/009-98, de fecha 22 de enero de 1998, el Directorio de PERUPETRO S.A., adju- dicó la buena pro a PEREZ COMPANC S.A., empresa matriz de PEREZ COMPANC DEL PERU S.A., la que suscribirá el respectivo contrato, en su condición de socie- dad constituida conforme a la Ley General de Sociedades, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 15º de la Ley Nº 26221 y en concordancia con lo señalado en la carta, de fecha 2 de febrero de 1998, de PEREZ COMPANC S.A.; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/014-98, de fecha 5 de febrero de 1998, aprobó el proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Talara, Lote XVI, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; Que, de acuerdo con lo establecido en los Artículos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, Decreto Legislativo Nº 668, y demás normas aplicables, es procedente otorgar las ga- rantías señaladas por estos dispositivos; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del Lote XVI, ubicado en la Cuenca Talara, Zona Noroeste del Perú, entre la provin- cia de Contralmirante Villar del departamento de Tum- bes y las provincias de Talara y Sullana del departamento de Piura; adjudicándolo a PERUPETRO S.A. y declarán- dolo materia de suscripción de contrato. El mapa y memo-ria descriptiva de dicho lote, forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Apruébase el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XVI, que consta de una (1) Cláusula Preliminar, veintidós (22) Cláusulas y diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y PEREZ COMPANC DEL PERU S.A., con intervención del Banco Central de Reserva del Perú, para garantizar a la empresa contratista lo estable- cido en los Artículos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos. Artículo 3º.- Autorízase a PERUPETRO S.A. a sus- cribir con PEREZ COMPANC DEL PERU S.A., el Contra- to de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 5568 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Repú- blica de Honduras RESOLUCION SUPREMA Nº 236-98-RE Lima, 22 de mayo de 1998 De conformidad con el inciso 12) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nom- brar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, del 24 de diciembre de 1996; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipo- tenciario del Perú en la República de Honduras, al doctor Víctor Yamamoto Miyakawa. 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Pode- res correspondientes. 3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplo- mático deberá asumir funciones será fijada por Resolu- ción Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDUARDO FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 5572