Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 1998 (23/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 1998

1. Transaccion en Moneda Extranjera Para el registro de las transacciones en efectivo que se realizan en moneda extranjera, las empresas del sistema financiero, en adelante Empresas, deberan considerar el promedio del MORDAZA de cambio promedio ponderado de compra y de venta que publica esta Superintendencia el dia calendario anterior a la transaccion. En caso que el dia anterior a la transaccion no se publique el promedio del MORDAZA de cambio, se utilizara el ultimo que se MORDAZA publicado con anterioridad a la transaccion. 2. Registro de Transacciones Multiples

Articulo Unico.- Encargar, a partir del 11 de MORDAZA de 1998, al Sr. MORDAZA Martinot Oliart, como Secretario Tecnico de la Comision de Salida del MORDAZA de la Oficina Descentralizada del INDECOPI que opera en el Colegio de Abogados de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA D. Presidenta del Directorio 5530

2.1 Las Empresas podran establecer un monto minimo, no mayor a una (1) Unidad Impositiva Tributaria, a partir del cual procedera el registro de las transacciones multiples en efectivo. Dicho monto asi como la justificacion y los criterios que sirvieron para su determinacion deberan constar en el Manual de Prevencion del MORDAZA de Dinero. 2.2 Para el registro de las transacciones multiples en efectivo se considera al beneficiario de la misma, a la persona que realiza la transaccion y, en caso se acredite a criterio de la Empresa, a la persona por cuenta de quien se realiza dicha transaccion. 3. Codigo de Conducta Solo los accionistas de las Empresas cuya participacion en el capital social, directa e indirectamente, iguale o supere el 10%, tienen la obligacion de suscribir el codigo de conducta a que se refiere el numeral 2.3 del Reglamento. 4. Actualizacion del Monto para el Registro de Transacciones Los montos senalados en el numeral 3.2 del Reglamento son valores constantes a diciembre de 1997. 5. Disposicion Final Se deroga el Oficio Circular Nº 899-98 del 4 de febrero de 1998. Atentamente, MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 5482

SAFP
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 175-98-EF/SAFP Por Oficio Nº 699-98/SAFP-6, la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 175-98EF/SAFP, publicada en nuestra edicion del dia 16 de MORDAZA de 1998, pagina 159896. Pagina 159896 MORDAZA considerando: DICE: "Que, mediante las Resoluciones Nºs. 145-93-EF/SAFP y 211-97-EF/SAFP..." DEBE DECIR: "Que, mediante las Resoluciones Nºs. 145-93-EF/SAFP y 221-97-EF/SAFP..." Pagina 159898 Articulo 17º, inciso h) DICE:

INDECOPI
Designan Secretario Tecnico de la Comision de Salida del MORDAZA de la oficina descentralizada que opera en el Colegio de Abogados de MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 013-98-INDECOPI/DIR MORDAZA, 4 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que con fecha 27 de marzo se acepto la renuncia formulada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Secretario Tecnico de la Comision de Salida del MORDAZA de la Oficina Descentralizada del INDECOPI que opera en el Colegio de Abogados de Lima; Que habiendo concluido el MORDAZA de seleccion efectuado conforme al Convenio de Delegacion de Funciones suscrito con el Colegio de Abogados de MORDAZA, corresponde efectuar la designacion respectiva para la cobertura de dicho cargo; Estando el acuerdo adoptado en Sesion de Directorio de fecha 30 de MORDAZA de 1998, y en uso de las facultades que confiere el Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868;

"Llevar los registros a que se refiere el inciso c) del Articulo 56º..." DEBE DECIR: "Llevar los registros a que se refiere el inciso c) del Articulo 57º..." 5548

INRENA
Autorizan el funcionamiento de zoocriadero ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 43-98-INRENA MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1998 Vista la Carta s/n de fecha 17 de febrero de 1998 presentada por el Instituto Nacional de Salud, solicitando autorizacion para el funcionamiento de un zoocriadero; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 42º y 43º del Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado por Decreto Legislativo Nº 613, las especies de

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