Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 1998 (23/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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fauna MORDAZA cuya naturaleza lo permita, podran ser reproducidas en Zoocriaderos con fines comerciales, cientificos y de difusion cultural, los mismos que podran ser establecidos y administrados por particulares, siempre que cumplan con las disposiciones de crianza y comercializacion que establezca la autoridad competente para cada especie; Que, el Articulo 67º de la Ley de Promocion de las Inversiones del Sector Agrario, dada por Decreto Legislativo Nº 653, estipula que el estado promueve e incentiva el establecimiento de zoocriaderos o areas de manejo, conducidas por personas naturales o juridicas; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 13-94-AG, en su numeral 26 establece los requisitos y procedimientos para la autorizacion del funcionamiento de los zoocriaderos para diversos fines; Estando al Informe Nº 174-98-INRENA-DGANPFSDCFS de fecha 12 de MORDAZA de 1998, que corre de fojas 38 al 43 del expediente, se declara procedente autorizar el funcionamiento del zoocriadero, ubicado en Av. Huaylas cuadra 22, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, a favor del Instituto Nacional de Salud; En MORDAZA con el Articulo 3º del Reglamento de Zoocriaderos y Cotos de Caza, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-AG; y, De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 21147 y 25902 y los Decretos Supremos Nºs. 158-77-AG y 055-92AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento del zoocriadero "SERPENTARIO MORDAZA MENESES", con el proposito de promover el uso sostenible y el manejo en cautiverio de especimenes de la fauna MORDAZA, ubicado en Av. Huaylas cuadra 22, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, a favor del Instituto Nacional de Salud. Articulo 2º.- La Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA tendra a su cargo la supervision periodica del desarrollo de las acciones del zoocriadero y la verificacion del cumplimiento de las normas establecidas por la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA Silvestres - CITES, en caso de que se constate el incumplimiento de la normatividad, propondra a este Despacho la aplicacion de las sanciones a que hubiere lugar. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA 5549

RECHO DE POSESION EN PREDIOS RURALES DE PROPIEDAD DEL ESTADO O DE PARTICULARES, los Anexos del referido Formulario y la Directiva Nº 003-96-SUNARP/SN, que establece los lineamientos para la inscripcion del derecho de posesion de predios rurales a que se refieren los Articulos del 20º al 30º del Decreto Legislativo Nº 667; Que mediante Ley Nº 26838 se modificaron el Articulo 23º y el Capitulo V del Decreto Legislativo Nº 667; Que por Resolucion Nº 010-97-SUNARP/GG, modificada por Resolucion Nº 013-97-SUNARP/GG, se aprobo la Directiva Nº 002-97-SUNARP/GG, que establecio los nuevos lineamientos para la inscripcion del derecho de posesion de predios rurales, sustituyendose integramente la Directiva Nº 003-96-SUNARP/SN; Que la experiencia derivada de la utilizacion del Formulario "A" y sus Anexos pone en evidencia la necesidad de modificarlos; Que el Directorio de la SUNARP, en su sesion de 12 de MORDAZA de 1998, acordo por unanimidad aprobar los nuevos textos del Formulario "A" y sus Anexos; Que es necesario introducir cambios en los lineamientos a que deben sujetarse las Secciones Especiales de Predios Rurales del Registro de la Propiedad Inmueble de las Oficinas Registrales Regionales; Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto en los incisos l) y v) del Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP; Con la visacion del Gerente General y del Gerente Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Formulario Registral "A", INSCRIPCION DEL DERECHO DE POSESION EN PREDIOS RURALES DE PROPIEDAD DEL ESTADO O DE PARTICULARES, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar los formularios anexos al Formulario Registral "A" que a continuacion se detallan y cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion: Anexo Nº 001 Anexo Nº 002 Anexo Nº 003 : DOCUMENTOS PROBATORIOS DEL DERECHO DE POSESION. : DECLARACION DE COLINDANTES O VECINOS. : DECLARACION DE COMITES, FONDOS U ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES AGRARIOS O USUARIOS DE AGUA. : DECLARACION JURADA DEL SOLICITANTE.

Anexo Nº 004

SUNARP
Aprueban Directiva para la inscripcion del derecho de posesion sobre predios rurales de propiedad del Estado o de particulares
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 078-98-SUNARP MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 206-96-SUNARP fueron aprobados el Formulario "A", INSCRIPCION DEL DE-

Articulo 3º.- Aprobar la Directiva Nº 002-98-SUNARP/ SN, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 206-96SUNARP de 20 de diciembre de 1996 y las Resoluciones Nºs. 010-97-SUNARP/GG y 013-97-SUNARP/GG de 29 de setiembre y 30 de setiembre de 1997, respectivamente, asi como la Directiva Nº 002-97-SUNARP/GG. Articulo 5º.- La Directiva a que se refiere el Articulo 3º sera de obligatorio cumplimiento por las Oficinas Registrales Regionales de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, bajo responsabilidad de sus respectivas Jefaturas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de los Registros Publicos

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