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Pág. 160138 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de mayo de 1998 aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, y la Resolu- ción Ministerial Nº 200-98-PE que actualiza el Decreto Supremo Nº 0008-97-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el cambio de nombre del titu- lar del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional que se indica a continua- ción, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado: Permiso de Pesca Nuevo Titular Nombre de la Capacidad de Nº de Nº de R.M. Fecha Embarcación Bodega (m3) Matrícula 280-96-PE 31.5.96 PESQUERA ISA S.R.Ltda. RIMAC 3 205,38 CO-11975-PM Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca que fue otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 280-96-PE, a la empresa P.E.E.A. PELICA- NO S.R.Ltda., para operar la embarcación pesquera deno- minada "RIMAC 3", de Matrícula Nº CO-11975-PM. Artículo 3º.- Incorporar a PESQUERA ISA S.R.Ltda. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación "RIMAC 3", así como el número de la presen- te resolución, al literal A) del Anexo I y al Anexo V de la Resolución Ministerial Nº 200-98-PE que actualiza el Decreto Supremo Nº 0008-97-PE, retirando al armador P.E.E.A. PELICANO S.R.Ltda. y la Resolución Ministe- rial Nº 280-96-PE, consignados en dichos anexos. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesquería de las Regiones Grau, Nor Orien- tal del Marañón, La Libertad, Chavín, Los Libertadores Wari, Arequipa y Moquegua-Tacna-Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extracción 5558 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 163-98-PE/DNE Lima, 22 de mayo de 1998 Visto los escritos de Registro Nº CE-10003 de fechas 20 de febrero y 30 de abril de 1998, presentados por la empresa PESQUERA HAMER S.A. mediante los cuales solicita el cambio de nombre del titular de los permisos de pesca otorgados a las embarcaciones pesqueras denomi- nadas "REGION CHAVIN I", "REGION CHAVIN II" y "REGION CHAVIN IV" con Matrículas Nºs. CE-2465-PM, CE-0211-PM y CE-11490-PM, respectivamente. CONSIDERANDO: Que el Artículo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, dispone que la transferencia de la propiedad o posesión de la embarcación pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 140-95- PE y 504-97-PE de fechas 31 de marzo de 1995 y 3 de octubre de 1997, respectivamente, se otorgó permiso de pesca a las empresas P.E.E.A. PESQUERA MARIEL S.R.Ltda. y PESQUERA SANTA MARIA S.A. para ope- rar las embarcaciones pesqueras denominadas "REGION CHAVIN I", "REGION CHAVIN II" y "REGION CHAVIN IV" con Matrículas Nºs. CE-2465-PM, CE-0211-PM y CE- 11490-PM, respectivamente, para ser destinadas a la extracción de recursos hidrobiológicos para consumo hu- mano indirecto;Que mediante los escritos del visto, la empresa PES- QUERA HAMER S.A. solicita el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado mediante las reso- luciones mencionadas en el anterior considerando, para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "RE- GION CHAVIN I", "REGION CHAVIN II" y "REGION CHAVIN IV"; Que de acuerdo a la evaluación efectuada a los docu- mentos proporcionados por la recurrente, se ha determi- nado que ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 3, correspondiente a la Dirección Na- cional de Extracción, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolución Ministerial Nº 200-98-PE que actualiza el Decreto Supremo Nº 0008- 97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA HAMER S.A. para operar las embarcacio- nes pesqueras de bandera nacional que se indican a continuación, en los términos y condiciones en que fue- ron otorgados: Permiso de Pesca Nuevo Titular Nombre de la Capacidad de Nº de Nº de R.M. Fecha Embarcación Bodega (m3) Matrícula 140-95-PE 95-3-31 PESQUERA REGION CHAVIN I 368.15 CE-2465-PM HAMER S.A. 140-95-PE 95-3-31 PESQUERA REGION CHAVIN II 364.51 CE-0211-PM HAMER S.A. 504-97-PE 97-10-3 PESQUERA REGION CHAVIN IV 279.00 CE-11490-PM HAMER S.A. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca que fueron otorgados a través de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 140-95-PE y 504-97-PE de fechas 31 de marzo de 1995 y 3 de octubre de 1997, a las empresas P.E.E.A. PESQUERA MARIEL S.R.Ltda. y PESQUERA SANTA MARIA S.A. para operar las embar- caciones pesqueras denominadas "REGION CHAVIN I", "REGION CHAVIN II" y "REGION CHAVIN IV" con Matrículas Nºs. CE-2465-PM, CE-0211-PM y CE-11490- PM, respectivamente. Artículo 3º.- Incorporar a la empresa PESQUERA HAMER S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "REGION CHAVIN I", "REGION CHAVIN II" y "RE- GION CHAVIN IV", así como el número de la presente resolución, al literal A) del Anexo I y al Anexo VII de la Resolución Ministerial Nº 200-98-PE que actualiza el Decreto Supremo Nº 0008-97-PE, retirando a las empre- sas P.E.E.A. PESQUERA MARIEL S.R.Ltda. y PESQUE- RA SANTA MARIA S.A. y a las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 140-95-PE y 504-97-PE consignados en dichos anexos. Artículo 4º.- Transcríbase la presente resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de las Regiones Grau, Nor Oriental del Mara- ñón, La Libertad, Chavín, Los Libertadores Wari, Arequi- pa y Moquegua-Tacna-Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extracción 5559