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Pág. 160222 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de mayo de 1998 blaciones de escasos recursos de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huan- cavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao; por ende, es pertinente la expedición de la resolución respectiva que formalice dicha donación, para posibilitar las subsecuentes acciones de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación consistente en rollos y cortes de tela de diversa calidad y medida, valorizados en ciento setenticinco mil ciento sesenticinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 175,165.00), efectuada por el Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, en favor de las integrantes de instituciones, organizaciones sociales y poblaciones de escasos recursos de los departamentos de Ama- zonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cus- co, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao, que se detallan en el anexo adjunto y que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente resolución a la Contra- loría General de la República, dentro de los términos de Ley. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 5785 Aprueban donación de vehículos a fa- vor de instituciones y organizaciones sociales de los departamentos de Lima y Piura RESOLUCION SUPREMA Nº 282-98-PCM Lima, 27 de mayo de 1998 Visto el Oficio Nº 087-98-CM/DGLOG-DONA de la Casa Militar del Presidente de la República; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 022-96-PCM del 15 de marzo de 1996 y Resolución del Secretario General Nº 027-96- PCM del 14 de agosto de 1996, el Despacho Presidencial, entonces Programa 01 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, aceptó y aprobó la donación de un total de ocho (8) vehículos motorizados usados, que efectuó FUJIMORI DAITORYO SHIEN NO KAI y FUTABAGAKUEN de Japón; Que, es propósito del Gobierno del Perú apoyar a las institu- ciones públicas, así como a las organizaciones sociales, en el logro de sus objetivos vinculados al desarrollo Nacional; Que, mediante las Actas de Entrega y Recepción respectivas, se ha transferido en calidad de donación cuatro (4) de los mencio- nados vehículos usados, en favor de instituciones y organizacio- nes sociales de los departamentos de Lima y Piura, siendo pertinente expedir la resolución correspondiente, a fin de regulari- zar legalmente dicha transferencia y así posibilitar las acciones de control respectivas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación de cuatro (4) vehículos usados, valorizados en Ocho mil Ochocientos Cincuenta y 65/100 Nuevos Soles (S/. 8,850.65), efectuada por el Despacho Presiden- cial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, a favor de instituciones y organizaciones sociales de los departamentos de Lima y Piura, unidades cuyas características, detalles y beneficiarios, se indican en el anexo que se adjunta y que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente resolución al Ministerio de Defensa, Organizaciones Sociales beneficiadas, a la Contralo- ría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales, dentro de los plazos de ley. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 5786 Autorizan viaje de representante del INDECOPI para participar en curso de administración de la propiedad indus- trial, a realizarse en Japón RESOLUCION MINISTERIAL Nº 063-98-PCM Lima, 27 de mayo de 1998 Vista la Carta Nº 248-98/GEG-INDECOPI del Gerente Gene- ral del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, CONSIDERANDO: Que, el Curso de Administración de la Propiedad Industrial, auspiciado y financiado por la Agencia Japonesa de Cooperación Internacional -JICA-, se llevará a cabo del 2 de junio al 4 de julio de 1998, en el Japón; Que, se ha considerado conveniente la participación de un representante del INDECOPI en dicho curso; Que, la Agencia Japonesa de Cooperación Internacional - JICA-, financiará los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo el impuesto de los mismos, los viáticos y el impuesto de salida; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Dra. Teresa Mera Gómez, Subjefa de la Oficina de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, al Japón, del 31 de mayo al 6 de julio de 1998, para los fines expuestos en la parte considera- tiva de la presente resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente resolución no irroga gasto alguno para el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, no libera o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cual- quiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 5684 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban transferencia de inmueble ubicado en el Cercado de Lima, a favor de la Defensoría del Pueblo DECRETO SUPREMO Nº 041-98-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la empresa Popular y Porvenir Compañía de Seguros S.A., es propietaria de un inmueble ubicado en el jirón Azángaro Nº 430 formando esquina con el jirón Ucayali Nº 388 del distrito del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; Que, la Defensoría del Pueblo necesita con urgencia un inmueble a fin de dar un adecuado cumplimiento de los fines y objetivos establecidos en su Ley Orgánica Nº 26520; Que, la Junta General de Accionistas de la empresa Popu- lar y Porvenir Compañía de Seguros S.A. con fecha 29 de abril