Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 1998 (02/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

para alcanzar niveles optimos de mejoramiento de la i 4.1.2 OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 1.1.2.004 OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO calidad de la educacion; Que, para alcanzar los objetivos MORDAZA senalados, es BIRFIBCO. MUNDIAL indispensable exceptuar al Ministerio de Educacion de lo -._.-_______ dispuesto ene1 Articulo 6" de la Ley N" 26894, con el fin de que adquiera bienes v servicms mediante concurso por TOTAL INGRESOS: 28 454 541,OO ---------_--------invitacion publica, asi como de lo establecido en los Articulos 14"~ 35" de la Ley N:' 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; EGRESOS: En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 : GOBIERNO CENTRAL SECCION PRIMERA del Articulo 118" de la Constitucion Politica del Peru y de 010 : MINISTERIO DE EDUCACION PLIEGO conformidad con lo dispuesto en el Articulo 39" de la Ley : Educacion y Cultura N" 26703 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado-, FUNCION 09 027 : Educacion Primaria modificada por el Articulo 1' de la Ley Tu"' 26884; PROGRAMA 0071 : Enserianza Primaria Con el MORDAZA aprobatorio del Conse+ de Ministros;.y, SUBPROGRAMA OO193 : Desarrollo de la Educacion Primaria Con cargo de dar cuenta al (:ongreso de la Repubhca; PROYECTO de Menores DECRETA: 6. GASTOS DE CAPITAL 5 Inversiones 10 039 967,00 Articulo l".- Autorizase un Credito Suulementario en el Presupuesto del Sector Publico para ei Ano Fiscal 10 039 967,00 TOTAL PROYECTO: 1998, hasta por la suma de VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OO451 : Rehabilitacion y sustttucion de PROYECTO NOVENTAY OO/100 NUEVOS SOLES i S'. 29 691690,OO) unidades de ensenanza de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: Fuente de Financiamiento OO. Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO 010 019 027 no71 00098 GOBIERNO CENTRAL MINISTERIO DE EDtJCAC!ON Educacion y Cultura Educacion Primaria Ensenanza Pnmana Capacitacion y Perfeccionamiento 4 337 299,00 4 337 299,00 OO193 : Desarrollo de la Educacion Prlmaria de Menores 19 459 085,OO 19 459 085,OO (En Nuevos Soles) 29 691 690,OO 29 691690,OO =========== 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones TOTAL PROYECTO: TOTAL EGRESOS: 18 414 574,00 18 414 574,00 --______.---28 454 541 ,OO ===========

6. GASTOS DE CAPITAL : 5. Inversiones TOTALPROYECTO PROYEC T'O

6. GASTOS DE CAPITAL S. Inversiones: TOTAL DE PROYECTO: PROYECTO

00451 : Rehabilitacion y Sustitucion de Unidades de Ensenanza 5 895 306.00 5 895 306,OO __- __..__ __-_._ . . . . 29 691 690,OO I==cz===

6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones TOTALPROYECTO TOTAL EGRESOS:

Articulo 3".- El Ministerio de Educacion desagregara el Credito Suplementario mediante Resolucion del Titular del Pliego, dentro de los tres (3) dias siguientes de su aprobacion, a nivel de Seccion, Pliego Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria del Gasto y Grupo Generico del Gasto. Articulo 4".- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego 010 Ministerio de Educacion, instruye a la Unidad Ejecutora correspondiente, para que elabore las "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 5".- La Oficina de Presupuesto ola que haga sus veces del Pliego 010 Ministerio de Educacion, solicitara a la Direccion-Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 6".- Exceptuase al Ministerio de Educacion, de lo prescrito en el Articulo 6" de la Ley N" 26894, Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1998, asi como de lo establecido en los Articulos 14" y 35" de la Ley N" 26850, Ley de Contrataciones p Adquisiciones del Estado, con el objeto de que realice la compra de bienes y servicios mediante concurso por invitacion publica para: a. La adquisicion y distribucion de material educativo; y, b. La prestacion de servicios para la ejecucion de las actividades que coadyuvaran a lograr la capacitacion docente y la capacitacion en gestion educativa. En la excepcion que establece el presente articulo, esta incluida la prestacion de servicios de capacitacion de docentes de Educacion Bilingue Intercultural -EBI-, del hiinisterio de Educacion y las adquisiciones de material educativo con cargo a los recursos provenientes de la cooperacion financiera no reembolsable a los que se refiere la Resolucion Suprema W 323.97.RE. Articulo 7".- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FIJJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica

Articulo 2".- Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ,4no Fiscal 1998. hasta nor la suma de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTAY CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO Y OO/100 NUE\.OS SOLES (S/. 28 454 541,OO) de acuerdo al siguiente rletalle: INGRESOS: Fuente de Financiamiento 12. RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDtTO EXTERNO 4.0.0 4.1 .o FINANCIAMIENTO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO (En Nuevos Soles)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.