Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 1998 (02/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

DE2 MORDAZA, identificados con LL.EE. Ns. 00077521 y 00006736, y toda persona que venga ocupando ilegal e indebidamente, el inmueble ubicado en la Mz. 9, lote 28. AA.HH. "9 de Octubre": distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, incau tado por delito de trafico ilicito de drogas en aLTavio del Estado. Articulo 2".- Remitase a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para S:I conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 12185

SALUD
Sancionan con destitucion a servidores del Hospital Nacional MORDAZA Unanue
RESOLUCION DIRECTORAL No 58598-SA-HNHU-OP/DG MORDAZA, 22 de setiembre de 1998 VISTOS: El Informe Final N" OOl-98-COPPAD-HNHU, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Hospital Nacional MORDAZA Unanue de fecha 22 de setiembre de 1998, sobre el MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado al servidor, MORDAZA GUILLERMOTERRELCHACHI,TecnicoAdministratiVO II, Nivel STB; CON.SIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N' 465-98SAHNHU-DG se apertura MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHACHI; por haber incurrido en falta grave de caracter disciplinario tipificado en el inciso d) del Articulo 28" del Decreto Legislativo N" 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administ,rativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que los argumentos de la mencionada resolucion se sustentan en el hecho de haber impreso el sello de cancelado o pagado en la MORDAZA de la Boleta de Venta N" 0030152763 por el importe de S/. 63.00 nuevos soles por concepto de venta de medicamentos, suma de dinero que no fue ingresado oficialmente en la liquidacion del dia, sin embargo por afirmacion del imputado manifiesta que lo dejo encima del ropero, no pudiendose demostrar y constatar que era dinero lo que se de.jaba: Que, los argumentos de defensa presentados por el indicado servidor, los descargos y pruebas inatrumentales presentadas, como son Oficio sin dirigido al Jefe de la Unidad de Contabilidad, procedimientos de tesoreria, descargos presentados y acta de manifestacion, constituyen pruebas pertinent.es para su actuacion dentro del MORDAZA administrativo, conforme lo preve el Art. 76" del Texto IJnico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, Decreto Supremo N" 002.94-JUS; Que, la responsabilidad de los hechos imputados es mayor para quienes lo cometen con premeditaciun o a sabiendas; Que, en el presente caso, conforme es de verse en el Informe Final N" 001.9%COPPAD-HNHC, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios senala en sus conclusiones que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chachi, Tecnico Administrativo TI, Nivel STB. ha incurrido en falta administrativa segun lo dispuesto en el Articulo 28"incisos a), b) y d,. del Decreto Legislativo N" 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico en el sentido que ha incumplido las normas establecidas en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su reglamento, tambien reiterada resistencia al cumplimiento de las ordenes de sus superiores relacionadas con sus labores, y la negligencia en el desempeiio de las funciones respectivamente, infringiendo los principios establecidos en el Articulo 21" incisos a), b 1, y d), del Decreto Lcgislativo W 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico en el sentido de cumplir los deberes que impone el servicio publico, salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos, y conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno respectivamente; Que, para mayor abundamiento en las recomendaciones del Informe Final N" OOl-S%COPPAD-HNHU, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios determina que los hechos estan probados y

MITINCI
Deniegan a empresa autorizacion para explotar casino de juego
RESOLUCION MCEMINISTERIAL W 23-98-MITINCIA'MT MORDAZA, 23 de octubre de 1998 Visto el Expediente N" 20133.98MITINCI de fecha 7 dejuliode 1998presentadoporlaempresaMOTIF ETIKA S.A. solicitando Autorizacion para explotar un Casino de Juego, el Acuerdo N" 15698.STICNCJ y el Informe N" 016-98MITINCLWMT-AJA. CONSIDERANDO: Que, la empresa MOTIF CTIKA S.A. presento una solicitud para que se le otorgue la Autorizacion para explotar un Casino de .Juego en las instalaciones del Restaurante Turistico del Club Social Miraflores. sin adjuntar todos los requisitos y los documentos e informacion a que se refieren los Articulos 15" y 16" del Reglamento de Casinos de Juego, aprobado por Decreto Supremo N" l-95-ITINCI; Que, por tal motivo, la Comision Nacional de Casinos de Juego al evaluar el mencionado expediente de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 18" del Reglamento de Casinos de Juego, formulo diez observaciones las cuales fueron oportunamente notificadas a la empresa recurrente para su correspondiente descargo documentado; Que, la empresa MOTIF ETIKA S.A., no obstante el plazo adicional conferido por la Comision Nacional de Casinos de Juego para subsanar dichas observaciones, no ha acreditado fehacientemente la solvencia economica de suaccionistamayoritario,yasimismo; no hacumplidocon presentar la documentacion completa que senala el Articulo 16" del mencionado reglamento; por lo que la citada Comision mediante Acuerdo N" 156-98ST/CMCJ, ha recomendado que se le deniegue la correspondiente Autorizacion para explotar un Casino de Juego: Estando a lo expuesto por la Comision Nacilmal de Casinos de Juego y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley pu'" 25836 y su Reglamento; SE RESUELVE: ArticuIoUnico.-DenegaralaempresaMOTIF ETIKA S.A. la Autorizacion para explotar un Casino de Juego en las instalaciones del Restaurante Turistico Club Social Miraflores, al no haber subsanado las observaciones a su Expediente N"20133-98MITINC1, dentro del plazo acordado por la Comision Nacional de Casinos de Juego. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 12499

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