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Que, conforme a la Resolución Suprema N” 004-98- PCM; en concordancia con el Art. 10” del Decreto Legis- lativoN”803,yelAt-t. 25”delacotadoestatuto, elMinistro de Transportes y Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción es el Titular del Pliego 212: Registro Predial Urbano; Que, en consecuencia, es necesario dictar la medida pertinente; SE RESCELVE: De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N” 26850, Decretos Supremos N<>s. 039.9%PCM y 043.9%PCM: SE RESUELVE:Artículo l”.-Autorizar al Procurador Público del Estadoacargodelos AsuntosJudiciales delMmisteriode1 Interior, para que en nombre y reprcsentaci6n de ést,e interponga las acciones legales pertinentes contra la señora TERESA GARCIA GCTIERREZ, identificada con L.E. N” 00016449, y toda persona que venga ocupando ilegaleindebidamente, elinmuebleubicadoenelJr. Grau NC’251 -distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, incautado por delito de trgfico ilícito de drogas en agravio del Estado.Artículo l”.- Disponer la aplicación de la excepción dispuesta por la Primera Disposición Transitoria de la Ley I\i” 26850, reglamentada por la Cuarta Disposición Complementaria del Decreto Supremo N” 039-9%PCM y ampliada por Decreto Supremo N” 043.9%PCM y, en consecuencia, declara inaplicable al Registro Predial Ur- bano RPU, las disposiciones de dichas normas. El Kegis- tro Predial Urbano, continúa rigiéndose por lo dispuesto enlaDirectivaN”003-98/RPU-JEF.aprobadoporResolu- ción Jefatura1 N” 024-98/RPU. Así como las que dispongan las directivas que expida sobre la materia, las que las modifiquen o precisen, respectivamente, acorde con las normas legales a que refiere la parte considerativa de esta resolución.Artículo 2”.- Remítase a la Procuradurí;~ Pública a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Inte- rior los antecedentes y actuados del caso. con t ranscrip- ción de la presente Resolución hlinisterisi, para su cono- cimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. Artículo 2”~ La presente resolución entrará en vlgen- cia al día siguiente de su publicación.JOSE VILLANCEVA RUESTA Ministro del Interiot Regístrese, comuníquese y publíquese. /12184Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOI) I: y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47” de la Constitución Pohtica del Perú, Decreto Ley N“ 17537, modificado por el Decreto Ley Y:” I7667; ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y ConstrucciónRESOLUCION MINISTERIAL N” 0924-9%IN-1101 12497 /Lima. 21 de octubre de 1998 INTERIOR Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales contra presuntos ocu- pantes precarios de inmuebles incau- tados por delito de TID IWSOLUCION MINISTERIAL N” 0923-98-IN-1101 Lima. 21 de octubre de 1998 Visto, la Hoja de Kecomendaclon IU U41-Y& de la documentación aue obra en los archivos d__. . __ 7 - 1 ., .T,/^ I_ -_ IN/1 104~ e la OFE-Visto, la Hoja de Recomendación N”O42-9X-IN/1104 y de la documentación que obra en los archivos de la OFE- COD, quien da cuenta de la situación irregular delinmue- ble ubicado en la Mz. 9, lote 28, AA.HH. “9 de Octubre”, distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, depar- tament,o de Ucayali, incautado por el delito de tráfico ilícito de drogas, causa ventilada en el 4tw Juzgado Especializado en delito de Tráfico Ilícito de Drogas -Lima, actualmente ocupado indebidamente por los esposos CL\RLOS CABRERA RIOS y doña ADITH GRANDE2 GOMEZ, identificados con LL.EE. N”s. 00077521 y 00006736. CONSIDERANDO: COD, quien da cuentade la situación irregular del inmue- ble ubicado en el Jr. Grau N” 251 - distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, incautado por el delito de tráfico ilícito de drogas, causa ventilada en el 4to. Juzgado Especializado en delito de Tráfico Ilícito de Drogas Lima, actualmente ocupado indebidamente por la señora TERESA GARCIA GUTIE- RREZ, identificada con L.E. N’ 00016449. CONSIDERANDO: Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautación, frente a la posible simulación y trabas por parte de los agentes de delito de tráfico ilícito de drogas, que no permiten la buena administración y aplicación del Artí- culo 69” de la Ley General de Drogas, su reglamento y normas concordantes; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7” del Decreto Supremo N” 039-94.JUS, del 22.JUL.94, correspondien- do al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto admi- nistrativo que permita la intervención del Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales corres- pondientes;Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautación, frente a la posible simulación y trabas por parte de los azentes de delito de tráfico ilicito de drogas. uue no permiten la buena administracion y aplicac&n di1 Artí- culo 69” de la Ley General de Drogas, su reglamento y normas concordantes; Que, el caso se halla previsto cn el i\rt. 7’ del Decreto Supremo Xi” 039.94-JUS, del 22.JUL.94, correspondicn- do al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los interedw del Estado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto admi- nistrativo que permita la intervenckm del Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales corres- pondientes; Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD,; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47” de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley N” 17537, modificado por el Decret,o Ley N” 17667; SE RESCELVE: Artículo l”.- AutorIzar al Procurador Público del Estado a cargo de losí\suntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representación de éste interponga las acciones legales pertinentes contra los esposos CARLOS CABRERARIOSy doña ADITH GRAN-