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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (02/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

Lima, Iuncs 2 de novicmbrc de 1 YYX c{w Pág. 165357 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la RepúblicaMIRIAM SCHENONE ORDINOLAMinistra de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano 12560 Aprueban el informe final de la disolu-MT C ción y liquidación del INAIT RESOLUCION SUPREMA N” 169-9%MTC Lima, 31 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, en aplicación de la Sexta Disposición Comple- mentaria y Transitoria del Decreto Ley N” 25862, se expidió el Decreto Supremo N” OOl-9%MTC disolviendo y liquidando el Instituto Nacional de Investigación de Trans- porte - INAIT, disponiendo que el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. asume el personal, bienes, recursos y acervo documentario; de- signándose la correspondiente Comisión de Disolución yLiquidación; Que, la Comisión de Disolución y Liquidación del INAIT, designada mediante Decreto Supremo N” OOl-98- MTC, ha concluido con la labor encomendada emitiendo su Informe Final; De conformidad con el Decreto Ley N” 25862; SE RESUELVE: Artículo l”.- Aprobar el Informe Final de la Disolu- ción y Liquidación del Instituto Nacional de Investigación de Transporte - INAIT, emitido por la Comisión designa- da por Decreto Supremo N” 001.9%MTC, la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2”.- Dar las gracias a los integrantes de la ComisióndeDisoluciónyLiquidacióndelInstitutoNacio- nal de Transporte INAIT, por el desempeño en las labores encomendadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12562Disponen que el Registro Predial Ur- bano continúa rigiéndose por lo dis-puesto en la Directiva NG 003=98/RPU- JEF RESOLUCION MINISTERIAL N” 456-98-MTCY15.01 Lima, 28 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1” del Decreto Legislativo W 803, declaró de interés nacional la promoción del acceso a la propiedad formal y su inscripción registral, estando esta última a cargo del Registro Predial Urbano - RPU, entidad que de acuerdo con el Artículo 10” del mismo dispositivolegal, es una institución pública descentralizada con auto- nomía registra& técnica, administrativa, económica y financiera, cuyo Titular de Pliego es el Ministro del Sector que preside la COFOPRI; Que, el Artículo 34” del Decreto Legislativo N” 803, ratificado por el Decreto de Urgencia N” 010-97, dispone que el Registro Predial Urbano RPU, se encuentra en proceso de implementación por un período de tres años,contados desde la vigencia del mencionado Decreto Legis- lativo, encontrándose en dicho período exonerada de la aplicación de un conjunto de normas y debiendo además,realizar la contratación de los bienes y servicios requeri- dos mediante los procedimientos, excepciones y montos que establezca en los reglamentos que apruebe mediantedirectiva; Que,de acuerdoconlos Artículos 10”~ 1l”delEstatuto del Registro Predial Urbano - RPU. anrobado nor Decreto Supremo N” 014-97.MTC, en concerdancia con el Art. 10” del Decreto Legislativo W 803, el Jefe del Registro Predial Urbano RPU, es el funcionario de mayor nivel jerárquico que dirige y supervisa la institución, con atribuciones, para emitir resoluciones y directivas de aplicación gene- ral, de cumplimiento obligatorio por los demás órganos del Registro Predial Urbano - RPU; Que,medianteDirectivaN”003-98/RPU-JEF,aproba- da por Resolución Jefatura1 pú” 024-98/RPU-JEF, se ha reglamentado la exoneración dispuesta en el Art. 34” del Decreto Legislativo N” 803; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado N” 26850, establece las normas que deben obser- var las entidades del Sector Público, en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras, y en su Primera Disposición Transitoria exceptúa al Registro Predial Urbano de su aplicación; Que, por Decreto Supremo N” 039-9%PCM y su am- pliatoria N” 043-9%PCM, se pone en vigencia la Ley N” 26850 y aprueba su reglamento, disponiendo en sn Cuarta Disposición Complementaria, que para formalizar la ex- cepción a que se refiere la Primera Disposición Transito-ria de la Ley N” 26850, el Registro Predial Urbano - RPU, requiere contar con la aprobación de su Titular de Pliego; Más de 104 mil casos de sueldos y salarios de ‘1 ,000 empresas clasificadas en 272 puestos de trabajo y 59 actividades económicas. Clasificaciones por sexo, 4Si las remuneraciones están por encima del mercado, la empresa tiene r inmediatas. Si están por debajo corre riesgos de productividad y pe r ida de ,cr su personal más eficiente. Posiblemente tenga aue enfrentar ambos problemas. edad y antiaüeda denlaáemeresa.