TEXTO PAGINA: 3
Iima, jueves 12 de novicmhm de IY98 el’l3emtanr, Pág. 165685 Artículo 2”.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por CARE-USA, en favor de CARE-PERU, consistente en 280 fardos conteniendo frazadas, con un valor aproximado de US$106 193,00 (Ciento Seis Mil Ciento Noventa v Tres y 001100 Dólares de Estados Unidos de América) y un peso aproximado de 15 876 k., según Certificado de Donación de fecha 24 de julio de 1998 y Conocimiento de Embarque N” 726000 de PANTAINER EXPRESS LINE. Di- cha donación fue destinada nara los damnificados oor el Fenómeno de “El Niño” del departamento de Piura ’ Artículo 3”.- Compréndanse a las donaciones citadas en los artículos anteriores dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2” del Decreto Legislativo N” 821. Artículo 4”.- Transcribase la presente Resolucion Supre- ma, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 5”.- La presente Resolución Suprema,, será refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Mmistro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 13144 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplo- mático para participar en seminario sobre el Derecho del Mar, a realizarse en la República Italiana RESOLUCION SUPREMA w 500-98-RE Lima, 9 de noviembre de 1998 Debiendo realizarse el Seminario Internacional “Pers- pectivas del Derecho del Mar en el Umbral del Siglo XXI”, organizado por el Instituto Italo-Latinoamericano (IHA), en la ciudad de Roma, República Italiana, del 12 al 13 de noviembre de 1998: Considerando la Hoja de Trámite (GACI N” 3603, del Gabinete de Coordinación del Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 29 de octubre de 1998; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12” del Decreto Legislativo N” 894, Ley del Servicio Diplomático de la Repúbh- ca, de 24 de diciembre de 1996, el Artículo 1” del Decreto Supremo N” 163-81-EF, de 24 de julio de 1981, y su modificati- ria el Decreto Supremo N” 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; y, el Decreto Supremo N” 13590.PCM, de 26 de octubre de 1990;Partida Arancelaria Descripción 3707.10.00.00 Emulsiones sensibles para superficies. Artículo 2”.- La inafectación a que se refiere el artículo anterior procederá siempre que la importación de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demás características decla- radas en los formularios de “Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo N” 882”, presentados por la Escuela de Administración de Negocios para Graduados - ESAN, según Expediente N” 003738.98, y que dichos bienes sean destina- dos al cumplimiento de los fines propios de la referida institución educativa. SE RESUELVE: la.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomá- tico de la República don Nicolás Roncagliolo Higueras, Director de Soberanía y Asuntos Antárticos, para que participe como expositor en el Seminario Internacional “Las Perspectivas del Derecho del Mar en el Umbral del Siglo XXI’, organizado por el Instituto Ralo-Latinoamericano GILA), ala ciudad de Roma, República Italiana; del 12 al 13 de noviembre de 1998. 2”; El gasto que ocasione la presente resolución por concepto de viáticos US$ 780.00, será cubierto por el Pliego Presupuesta1 del Ministerio de Relaciones Exteriores. 39. La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso al Ministerio de Educación, así como a la Superinten- demia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificación de la clasificación arancelaria de los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3”.- Transcríbase la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4”.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones ExterioresDOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educación LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 13145 13142EDUCACION Aprueban inafectación de derechos arancelarios y del IGV a importación realizada por institución edu’cativa RESOLUCION SUPREMA W 154-9%ED Lima, 9 de noviembre de 1998 Visto el Expediente N” 003738-98 presentado por la Escuela de Administración de Negocios para Graduados - ESAN. sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo N” 046- 97-EF, modificado por el Decreto Supremo N” 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22” y 23” del Decreto Legislativo N” 882 ‘Lev de Promoción de la Inversión en la Educación”. establecen quela transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas particulares para sus fines propios están inafectas dePúbhcas y Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo N” 046-97-EF, modifi- cado por el Decreto Supremo N” 003-98EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplica- bles a las instituciones educativas públicas o particulares, estableciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplica- ción del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo N” 882 y el Decreto Supremo N” 046.97.EF, modificado por el Decreto Supremo N” 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- APRUEBASE la inafectación de los Dere- chos Arancelarios v del Imouesto General a las Ventas a la importación realizada por ia Escuela de Administración de Negocios para Graduados - ESAN de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo N” 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo N” 003-98EF, según la partida arancelaria siguiente.