Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 1998 (12/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 12 de noviembre de 1998 de la Ley N" 28612, inciso i) del Articulo 3" e incisos i) y j) del Articulo 80" del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolucion Ministerial w 017-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- APROBAR la MORDAZA Edicion Oficial del Codigo Civil de la Coleccion Juridica Basica, en un tiraje de 1,000 ejemplares debidamente numerados. Articulo 25-AUTORIZAR al Director Nacional de Asuntos Jurfdicos para autenticar cada uno de los ejemplares que conforman la edicion oficial a que se refiere la presente resolucion. Articulo 3".- La Direccion Nacional de Asuntos Juridicos distribuira el porcentaje de ejemplares que corresponden al Ministerio de Justicia, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 13016 RESOLUCION MINISTERIAL Iv 256-98-eJuS MORDAZA, 9 de noviembre de 1998 Visto el documento de fecha 19 de octubre de 1998 del Director General de la Comision de Reorganizacion y Gobierno de la Academia de la Magistratura, solicitando al Ministerio de Justicia la renovacion del Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito el 30 de enero de 1998; CONSIDERANDO: Que la Academia de la Magistratura tiene por objeto la formacion academica de los aspirantes a la Magistratura, la capacitacion academica para los ascensos de los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, asi como la actualizacion y perfeccionamiento de los mismos; Que en cumplimiento de dichos objetivos, el Director General de la Comision Reorganizadora y Gobierno de la Academia de la Magistratura mediante el documento de visto, solicita la renovacion y ampliacion del citado Convenio de Cooperacion Interinstitucional para permitir una MORDAZA edicion oficial de mil ejemplares de la Constitucion Politica del Peru, Codigo Civil, Codigo Penal, Codigo de Procedimientos Penales, Texto Unico Ordenado del Codigo Procesal Civil y Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y Ley Organica del Ministerio Publico, integrantes de la Coleccion Juridica Basica, en beneficio de los senores Magistrados Suplentes del Poder Judicial; solicitud que se formaliza mediante el MORDAZA Addendum al Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Justicia y la entidad recurrente de fecha 30 de octubre de 1998; Que a la fecha se ha concluido la elaboracion de la Edicion Oficial de la Constitucion Politica del Peru; Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion; asi como ejecutar y coordinar su edicion oficial; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6" del Decreto Ley N" 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley No 26612, inciso i) del Articulo 3" e incisos 11 y j> del Articulo 80" del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolucion Ministerial No 017-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- APROBAR la MORDAZA Edicion Oficial de la Constitucion Politica del Peni de la Coleccion Juridica Basica, en un tiraje de 1,000 ejemplares debidamente numerados. Articulo 2".- AUTORIZAR al Director Nacional de Asuntos Juridicos para autenticar cada uno de los ejemplares que conforman la edicion oficial a que se refiere la presente resolucion. Articulo 3".- La Direccion Nacional de Asuntos Juridicos distribuira el porcentaje de ejemplares que corresponden al Ministerio de Justicia, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolucion.

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 13017

PESQUERIA
Sancionan con multa a empresa por infringir lo dispuesto en la Ley General de Pesca
RESOLUCION COMISION DE SANCIONES W 341.SS-PE/CS MORDAZA, 28 de setiembre de 1998

1I

Visto el Dictamen W 233-98PE/CS-ST del 4 de setiembre le 1998, emitido por la Secretaria Tecnica de la Comision de Sanciones. CONSIDERANDO: Que el Articulo 77" de la Ley General de Pesca, promulIada por Decreto Ley N" 25977, establece que constituye Infraccion toda accion u omision que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha ley, su reglamento 1 demas disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determinado pie con fecha 9 de octubre de 1997, el establecimiento Industrial pesquero propiedad de SHENGDA S.A.! ubicado sn la localidad de Nasca, MORDAZA algas marinas sm contar zon licencia de operacion, infringiendo de esta manera lo F;.sc;sto en el inciso 1) del Articulo 76" de la Ley General de SHENGDA S.A. no ha presentado sus descargos a la Infraccion imputada, no obstante haber sido notificada para :al efecto; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 192" del reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE, en concordancia con el Decreto Supremo N" 004-96-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comision de Sanciones N" 029-98-PE/CS de fecha 24 de setiembre de 1998; SE RESUELVE:

A r t i c u l o l".- Sancionar a SHENGDA S.A., con multa ascendente a media (0.5) Unidad Impositiva Tributaria ITIT), por haber infringido lo dispuesto en el inciso 1) del Articulo 76" de la Ley General de Pesca. Articulo 2".- Para los fines de determinar el monto de la multa impuesta, se tomara en consideracion la Unidad [mpositiva Tributaria WIT) que este vigente al momento de hacerse efectivo el pago de la misma, conforme a lo estipulado en el Articulo 193" del reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3".- El importe de la multa impuesta debera ser abonado en el Banco de MORDAZA, Cuenta Corriente N" OO-044107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, debiendo acreditar el correspondiente deposito ante la Comision de Sanciones, dentro de los quince (151 dias habiles siguientes a la fecha de publicada o notificada la presente resolucion o haberse acogido al fraccionamiento de pago dispuesto por las Resoluciones Ministeriales N"s. 180 y 228-98-PE, caso contrario de no existir impugnacion en tramite, se procedera a iniciar el cobro coactivo de la deuda. Registrese y comuniquese. MORDAZA INURRITEGUI MORDAZA Presidente de la Comision de Sanciones Ministerio de Pesqueria (el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones

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