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P&. 165688 ~péruam,~;1MI:nlW:\l~~ Lima, jueves 12 de noviembre de 1998 YEC, instruido contra la EC PNP Antonieta Soledad CACE- RES ORTEGA (431, CIP N” 258830. CONSIDERANDO: Que, la EC enfermera PNP Antonieta Soledad CACERES ORTEGA, cuando presto servicios en el Servicio de Sanidad PNP de la Subregión PNP APURIMAC, de ABR. a JUL.96, contrajo compromisos económicos con el Centro de Abastos (CENAB-PNP) Andahuaylas, por concepto de adquisición de diferentes productos por un monto de CIENTO VEINTIOCHO NUEVOS SOLES (si. 128.00>. cantidad que no cumplió en cancelar pese al tiempo transcurrido, motivo por el cual medianteR.D. N”2335-98DGPNPIDIPERde 17.JUL.98, sele instauró proceso administrativo disciplinario; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servido- res Civiles de la PNP; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolución, y obser- vadas las garantías y procedimientos establecidos, ha com- probado que la acción realizada constituye grave falta disci- plinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despa- cho Ministerial se le imponga la sanción de VEINTE (20) días de suspensión sin goce de remuneraciones: Que, de conformidad a los Arts. 28” Incs. al y j) y 26” Inc. b) del Dec. Leg. N” 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y los Arts. 155” Inc. b) y 157” de su reglamento, aprobado por D.S. N” 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Discinlinarios oara los Servidores Civi- les de la PNP, en su Acta’ N” 158.98COPEPROAD-PNP de 8.SET.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo lo.- Sancionar a la EC PNP Antonieta Soledad CACERES ORTEGA, con VEINTE (20) días de suspensión sin goce de remuneraciones; por falta disciplinaria tincum- plimiento de normas y actos de inmoralidad). Artículo 2”.- Entiéndase notificada la presente resolu- ción a la interesada, a partir del día siguiente de su publica- ción en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 12815 RESOLUCION MINISTJZRIAL W’ 0!+50-98-INiPNP Lima, 4 de noviembre de 1998 Visto, el Parte N” 27.98.DISAN.HCPNP.INSP.U.Inv. de lOMAR.98, de Registro N” C-49-506-DIPER-PNP-DAPE- YEC, instruido contra la EC PlW Carmen Patricia MALL- QUI GARCIA (321, CIP N” 282669. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 2327-98DGPNP/ DIPER de 17.JUL.98, se instauró proceso administrativo disci- plinario ala EC PNP Carmen Patricia MALLQUl GARCIA, por haber incurrido en presunto abandono de cargo desde el 30.ENE.98, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicación de la indicada Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora. al que se contrae la presente resolución, y obser- vadas las garantías y procedimientos establecidos. ha com- probado que la acción realizada por la procesada constituye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad reco- mendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de destitución; Que, de conformidad a los Arts. 28” Inc. k) y 26” Inc. d) del Dec. Leg. N” 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los Arts. 155” Inc.d) y 159” de su reglamento, aprobado por D.S. N” 00590-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civi- les de la PNP, en su Acta N” 150-98-COPEPROAD-PNP de 5.AG0.98: Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional del Pení, SE RESUELVE: Artículo lo.- Sancionar a la EC PNP Carmen Patricia MALLQUI GARCIA, con destitución con fecha 30.ENE.98, en vía de regularización; por falta disciplinaria (abandono de cargo). - Artículo 2”.- Entiéndase notificada la presente resolu- ción a la interesada, a partir del día siguiente de su publica- ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3”.- Disponer se remita copia de la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 12816 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra municipalidad por pre- sunta disposición indebida de terreno de propiedad del Estado RRSOLUCION MINISTERIAL W 09f32-98-lN/PNP Lima, 4 de noviembre de 1998 Visto el Oficio N” 502-98-PP-PNP/1204 de fecha 6.JUL.98, formulado por el Sr. Coronel CJ-PNP, Procurador Público del Ministerio del Interior Encargado de los Asuntos Judicia- les de la Policía Nacional del Perú, en la que solicita autori- zación para iniciar las acciones legales pertinentes contra el Alcalde del Concejo Provincial de Tambopata, por la disposi- ción indebida de una parte del terreno de 10,000 m2, de propiedad del Estado - PNP; CONSIDERANDO: Que, mediante Escritura Pública N” 634 Folio N” 1843 de fecha 12.MAR.63, de la Notaría Edgar R. YEPEZ ARANGUA, el Concejo Provincial de Tambopata donó al Estado - PNP un terreno de 10,000 m2. de extensión, compuesto por los Lotes NOs. 1, 2, 3,4, 56, 7,8,9 y 10, de la Manzana “3-F”, ubicado en las intersecciones del Jr. 28 de Julio, Jr. Apurímac y Jr. Ancash del distrito y provincia de Tambopata, para que sea destinado a la construcción del C!uartel de la ex 40-CGC, hoy PNP. Dicha donación fue reconocida por el Estado Peruano por Resolución Suprema N” 1 de fecha 29.ENE.63, en el que acepta la traslación de dominio y la adjudica al entonces Ministerio de Gobierno y Policía, hoy Ministerio del Interior; Que, el predio en mención se encuentra registrado en el Margesí e Inventario Físico de Bienes Inmuebles de la Policía Nacional del Perú, con el Código No 886 ll 163 1 MAD; por lo tanto, el dominio y posesión, la ejerce la PNP en la totalidad de su extensión; Que, el terreno fue donado bajo los alcances de los Artículos Ns. 1621”~ 1625” del Código Civil Peruano; en ese sentido, la Municipalidad Provincial de Tambopata trasladó el dominio del predio en forma perpetua e irrevocable, conforme es de apreciarse en la Cláusula Cuarta de la Escritura Pública de donación, renunciando a todo derecho posterior sobre el bien; Que, el Concejo Provincial de Tambopata, mediante Resolución de Alcaldía N” 384-98-A-MPT-SG de fecha l.JUL.98, resuelve revertir parte del terreno otorgado en donación al Ministerio del Interior, en un área de 5,000 m2., correspondiente a los Lotes 3, 4, 6, 9 y 10, desconociendo el derecho de propiedad que le asiste al Estado - PNP sobre la totalidad del terreno, consagrados en el Código Civil y Constitución Política del Estado; El Art. 47” de la Constitución Política del Estado y a lo dim;;;t+o por el Decreto Ley N” 17537, modificado por Ley Lo didaminado por la Asesoría Jurídica de la División de Infraestructura de la DIR.LOG - PNP, mediante el DICTA- MENN”77-98-DIRLOG-PNP/DIVINFRA-OAJdelO.JUL.98;