Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 1998 (24/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

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MORDAZA, martes 24 de noviembre de 1998

Que el Articulo 7" del Decreto Supremo N" 046-96EF establece que a efectos de acogerse al Regimen de Recuperacion Anticipada del IGV, los sujetos deberan presentar ante la SUNAT un formulario - solicitud de devolucion, adjuntando a la misma, entre otros documentos, una Declaracion Jurada suscrita por el sujeto del beneficio o su representante legal, cuyo modelo sera aprobado mediante Resolucion de Superintend encia; Asimismo, el citado articulo dispone que, en caso el sujeto del beneficio presente la informacion de manera incompleta, la SUNAT establecera el plazo en el cual dicho sujeto debera subsanar las omisiones, caso contrario se considerara la solicitud como no presentada; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 11" de! Decreto Legislativo N" 501 Y el inciso al del Articulo 6" del TextoUnico Ordenadodel Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia No 041-98/SUNAT: SE RESUELVE:

Orden corresponde a adquisiciones de bienes de capital' efectuadas en el periodo , los mismos que son utilizados directamente en el MORDAZA de produccion de bienes y servicios destinados a la exportacion o que se encuentran gravados con el Impuesto General a las Ventas, y en consecuencia, se encuentran comprendidas en los alcances del Articulo 78" del Decreto Legislativo N" 821 y su MORDAZA reglamentaria Decreto Supremo N 046-96-EF.

Firma y sello del contribuyente 0 representante legal

Datos del representante legal Apellidos y nombres Documento de identificacion : Fecha

Articulo lo.- Apruebase el formato "Declaracion Jurada de Bienes Sujetos a Recuperacion Anticipada del IGV", a que se refiere el Articulo 7" del Decreto Supremo N" 046-96-EF, el mismo que sera utilizado por los sujetos comprendidos en los alcances del Articulo 78 del Decreto Legislativo N" 821. Articulo 2".- En caso que el sujeto del beneficio presente la informacion de manera incompleta, debera subsanar las omisiones en un plazo MORDAZA de dos (2) dias posteriores a la notificacion del requerimiento por parte de la SUNAT; en caso contrario, la solicitud se considerara como no presentada. El plazo establecido para que la SUNAT efectue la devolucion, comenzara a computarse desde el dia siguiente a la fecha en que el sujeto del beneficio subsane las omisiones respectivas. DISPOSICION TRANSITORIA
fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion, tuvieran expedientes en tramite, deberan regularizar la MORDAZA de la "Declaracion Jurada de Bienes Sujetos a Recuperacion Anticipada del IGV", dentro de los quince (15) dias habiles de publicada la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente

13608

MUNfCZPAL1DAD DE CUMAS
Derogan la Ordenanza Ne 12=96=C/MC, referida a la Tasa de Licencia de Funcionamiento
ORDENANZA W 019-98-CYMC
Comas, 12 de noviembre de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de noviembre de 1998, se vio el Informe No 211-98-OAT-DIWMC de la Oficina de Administracion Tributaria, asi como el Dictamen N" 16-98-CEF/MC de la Comision de Economia y Finanzas referente a la Tasa de Licencia de Funcionamiento. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Economia y Finanzas en su Dictamen N" 16-98-CEFIMC opina que el tema relacionado al concepto Tasa de Licencia de Funcionamiento se eleve en consulta al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en concordancia con lo dispuesto en el Edicto No 227 Art. 3", Inc. g). Que, en el debate se recibio las opiniones de los regidores, quienes consideran que la situacion economica que estan atravesando actualmente muchas empresas y comerciantes, es critica; y, en muchos casos estan trabajando a subsistencia, por lo que es necesario dar mayores oportunidades que permitan la generacion del empleo y de esta manera velar por el bien comun.

Unica.- Tratandose de contribuyentes que a la

DECIABACION JUFMDA DE ADQUISICIONES DE BIENES SUJETOS A RECUF'EBACION ANTICIPADA DEL IGV
Base Legal: Articulo 78" del Decreto Legislativo N" 821 Decreto Supremo N" 046-96-EF Por medio de la presente, declaro bajo juramento que, las adquisiciones efectuadas por el contribuyente: Apellidos y nombres o razon social del solicitante : N" RUC segun se senala en la informacion adjunta al formulario N" 4949 - "Solicitud de Devolucion", con N" de

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