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I.ima. domingo 4 dc octohrc de I YYX c[mmo Pág. 164675- 1SE RESUELVE: de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 416’, 428” y 438” del Código Penal vigente; Que. en atencián al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación v Estado Civil, contra quienes resulten responsables, soliktándose al Ministe- rio Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificación de los sujetos que han suplantado a los ciudadanos Lino Candia Bravo, Elmer Figueroa Liberato Valenzuela, Arturo Wilham Acosta Sugaray. Teodoro Alejandro Hospinal Avila, Raúl Gavina Aguirre Cama- cho, Oscar García Sánchez y Pablo Rey Pacheco Gabriel;Artículo l”.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y repre- sentación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra Cecilia Cam- borda Zamudio y contra quien resulte responsable, por presunto delito de apropiación ilícita, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2”.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N” 17537 y la Ley N’ 26497:Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional SE RESUELVE:11426 Artículo l”.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre v repre- sentación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resul- ten responsables, por presunto delito contra la administra- ción pública y la fe pública. en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.CONASEV Artículo 2”.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese.Disponen inscribir bonos de arrenda- miento financiero en el Registro Públi- co del Mercado de Valores RESOLUCION GERENCIA GENERAL N” 16%98-EF194.11 CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe NacionalLima, 30 de setiembre de 1998 VISTOS: 11425 RESOLUCION JEFATURAL W 096-98-RENIEC Lima, 25 de setiembre de 1998 Visto el Memorándum N” 654.98-GAJiRENIEC, emi- tido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 18 de setiembre de 1998. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ha celebrado Contrato de Locación de Servicios con la empresa Special Logistic Service S.A., a fin de que esta última destaque personal idóneo, técnica y moralmente, para el cumplimiento de los servicios y procedimientos administrativos que presta la entidad; Que, conforme los informes remitidos por la Oficina Regional del Registro VI Centro Huancayo. la ciuda- dana Cecilia Camborda Zamudio se ha apropiado indebi- damente de las cobranzas por derecho de trámite, recep- cionados directamente de los usuarios por concepto de derechos registrales, consignado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, lo expuesto en los considerandos precedentes ha sido puesto a conocimiento de la empleadora de Cecilia Camborda Zamudio, Special Logistic Service S.A. Trvia notarial, para los efectos de que asuma la responsa ihdad civil correspondiente; Que, la Gerencia de Control Interno del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ha efectuado acción de control que confirma los hechos expuestos y conforme lo dispuesto en el literal D, del Articulo 16” del Decreto Ley N” 26162, las acciones de control t:fectuadas por cualquier órgano del sistema tienen calidad de prueba preconstituida; Que, las consideraciones glosadas conllevan a presu- mir la existencia de indicios razonables de la comisión de delito de apropiación ilícita en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, razón por la cual resulta necesario autorizar al F’rocurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil para que inter- ponga las acciones legales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N” 17537 y la Ley N’ 26497;/-El Expediente N” 98100272 del BANCO SANTAN- DER, y el Memorándum Ejecutivo N” 341-98-EF194.40 de fecha 28 de setiembre de 1998 de la Gerencia de Mercado de Valores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del Artículo 221” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N” 26702, las empresas bancarias pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, incluidos los de arrendamiento financiero, siempre que sean de su propia emisión; Que, mediante sesiones de Directorio del Banco San- tander de fechas 31 de marzo de 1998 y 26 de agosto de 1998 se aprobó la sexta emision de bonos de arrendami,en- to financiero por un monto de veinte millones Dólares de los Estados Unidos de América IUS. 20 0004OO/1 00 OOO,OO), para ser colocados mediante oferta pública, esta- bleciendo las características y condiciones de la misma, Que. mediante Resolución SBS K” 832-98 del 26 de agosto de 1998 la Superintendencia de Banca y Seguros autoriza la sexta emisión de bonos de arrendamiento financiero del BAKCO SANTkhJDER: Que, el BANCO SANT.4NDER ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N” X61 y en el Reglamento de Oferta Pública Primaria de Valores Mobiliarios, apro- bado por Resolución CONASEV N” 90ö-91-EF/94.16.0, modificado por Resolución CONASEV N” 600-97-EF/ 94.10, los mismos que haii sido verificados, en cumpli- miento de la Ley del Mercado de Valores por esta Comisión Nacional; y, Estando a lo dispuesto por el inciso ge del Artículo ll” del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica de CO- NASEV, aprobado por Decreto Ley N’ 26126, la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N” 861, así como a lo acordado por el Directorio de esta (:omisión Nacional, reunido en sesión de fecha 22 de setiembre de 1997. que facu1t.a al Gerente General a disponer la inscripcion en el Registro Público del .Mercado de Valores de los valores cuya emisión tenga aut«riJaciRn de la Superintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Artículo l”.- Inscribir en el Registro Púbhco del Mer- cado de Valores los bonos de arrendamient.0 financiero denominados “Bonos de Arrendamiento Financiero del-