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lima, manees 6 dc oclubrc de 19% ~~pémtono Pág. 164723 Reglamento Nacional de Construcciones, en todo cuan- to no se oponga a laLey de Habilitaciones Urbanas y a su Reglamento. Artículo le.- Al día siguiente de revisado el Expe- diente por la Comisión el Secretario oficiará a la Direc- ción de Obras y Desarrollo Urbano el dictamen corres- pondiente, adjuntando su respectivo expediente. Artículo 17”.- Si el dictamen es desfavorable, la Municipalidad devolverá al solicitante el expediente técnico indicando expresamente cuál de los requisitos o cuál de los componentes de los planes de Desarrollo Urbano han sido incumplido. Artículo 18”.- Si el dictamen es favorable se notifi- cará al solicitante en el mismo acto la liquidación de pago de los derechos administrativos para su cancela- ción en Tesorería dentro de un plazo máximo de cinco 151 días siguientes. Artículo 19”.- Efectuado el pago de los Derechos Administrativos, el Alcalde expedirá la Resolución de Aprobación de la Habilitación Urbana dentro de un plazo máximo de veinte (201 días. La Resolución de Aprobación de la Habilitación Ur- bana autoriza la ejecución de obras de habilitación urbana y de ser el caso, también podrá autorizar que se lleven a cabo construcciones simultáneas y se celebren contratos de venta garantizada, de haberse pedido pre- viamente tales autorizaciones conjuntamente con la solicitud y siempre que se cumpla con los requisitos correspondientes. Artículo 20”.- De vencerse el plazo de treinta (30) días que tiene la Comisión para emitir su dictamen, se tendrá ésta por no presentada y el Alcalde expedirá la resolución que corresponda en base a los informes Téc- nicos-Legal emitidos y al dictamen que expida la Comi- sión Municipal de Habilitaciones Urbanas que se insta- larán para estos fines y solo en defecto de la Comisión técnica de Habilitaciones Urbanas. Esta Comisión Mu- nicipal estará integrada por funcionarios de la Munici- palidad de San Martín de Por-res como sigue: a) El Director Municipal. b) El Director de Obras y Desarrollo Urbano. c) El responsable del Area de Habilitaciones Urbanas. d) El Director de Asesoría Jurídica. Artículo 21”.- Dentro del mismo plazo referido en el Artículo 19”. la Municipalidad remitirá copia de la Resolución y del Expediente Técnico a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su revisión. Artículo 22”.- L a Municipalidad Metropolitana de Lima en un plazo de quince (15) días contados desde la fecha de recepción del expediente, revisará la Resolu- ción expedida por la Municipalidad de San Martín de Por-res, emitirá una resolución confirmándola o rectifi- cándola, según verifique la adecuación o no de la solici- tud a los planes de Desarrollo Urbano; y notificará la resolución que emita a la Municipalidad de San Martín de Porres.Vencido el plazo antes señalado sin que la Municipalidad Metropolitana de Lima se hubiese pro- nunciado, se entenderá que la habilitación urbana obje- to de revisión es conforme. Artículo 23”.- La Aprobación de la Habilitación Urbana se efectuará en el plazo máximo de sesenta (60) dias contados desde la fecha de presentación de cada expediente, vendido las cuales sin que la Municipalidad emitiera resolución y siempre que cumpla con cancelar los derechos respectivos dentro de cinco (5~ días siguien- tes, se tendrá por aprobada la habilitación, configurán- dose en consecuencia el presente procedimiento adminis- trativo como uno de evaluación previa con aplicación del silencio administrativo positivo. Artículo 24”.- Declarada la conformidad del Expe- diente Técnico en la revisión practicada por la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, el solicitante podrá pre- sentar la resolución aprobatoria de esta Municipalidad y los planos respectivos, para su inscripción en el Regis- tro de la Propiedad Inmueble, acompañando los requi- sitos que establecen las normas registrales respectivas.Lo mismo se aplicará en caso que operara el silencio administrativo positivo por falta de pronunciamiento Ie la Municipalidad Metropolitana de Lima, debiendo acompañar una resolución aprobatoria de la Municipa- lidad de San Martín de Porres y los planos respectivos. CAPITULO IV DEL PROCEDIMIENTO DE RECEPCION DE OBRAS Artículo25”.-ParaeltrámitedeRecepcióndeObras, 21 solicitante debe presentar a la Unidad de Trámite Documentario de la Municipalidad de San Martín de Porres la siguiente documentación: al Carpeta y formulario dando a conocer la conclu- sión de obras. b) Resolución de aprobación de la habilidad urbana. c) Certificados de conformidad de obras otorgadas por las empresas prestadoras de los servicios. d) Formulario de Declaración Jurada sobre cumpli- miento de normas técnicas suscritas por el representante de la Asociación y el profesional responsable de la obra. e) Planos de replanteo (2 copias) de las obras de pavimentación o de tratamiento de pistas y veredas y de ornamentación de parques, cuando corresponda. f) Pago de las tasas contempladas en el TUPA. Artículo 26“.- El procedimiento es similar al de aprobación de habilitaciones urbanas nuevas con las siguientes particularidades: a) Si se cumplen los requisitos, las obras serán objeto de fiscalización. b) La fiscalización y la resolución respectiva serán realizadas en un plazo que no excederá de los treinta (30) días contados desde la recepción de la solicitud. c) Si la solicitud comprende modificación y la resolu- ción de la Municipalidad de San Martín sea favorable, en un plazo máximo de cinco (5) días se remite a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su revisión. CAPITULO v DEL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS Artículo 2T’.- Para el trámite de Regularización de Habilitación Urbana el solicitante deberá presentara la Unidad de Trámite Documentario de la Municipalidad de San Martín de Porres la siguiente documentación: a) Formulario y carpeta. b) Documento público o privado en el que consta la transferencia de la propiedad. c) Plano de ubicación (2 copias). d) Plano general de lotización (replanteo), indicando las obras ejecutadas, las secciones de vías, equipamien- to, cuadro de áreas y memoria descriptiva (2 copias). e) Declaración Jurada sobre compatibilidad de usos, cumplimiento de obras total o parcialmente y de reserva de área para los aportes reglamentarios. f^, Carta de zonificación vigente. g) Pago de las tasas contempladas en el TUPA. Artículo 28”.- El procedimiento es similar al de aprobación de habilitaciones urbanas nuevas con las siguientes particularidades: al El dictamen de la Comisión Técnica deberá indi- car si las obras ejecutadas se contradicen con los planes de Desarrollo Urbano y si el grado de consolidación de las mismas, permite su remoción o si los planes de Desarrollo Urbano incorporan las áreas y característi- cas de las obras ejecutadas. b) Los solicitantes extenderán los documentos de transferencia de propiedad de las áreas de aportes regla- mentarios a favor de instituciones que correspondan.