Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 1998 (06/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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DICE: Articulo Primero.- Confirmar lo resuelto por el MORDAZA Electoral Esaecial de Chuoaca en fecha 14 de setiembre de 1998, qu; declara infundada la tacha presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra don MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, candidato por el Movimiento Independiente Vamos Vecino, para el Concejo Provincial de Chupaca, quien por lo tanto, se halla habilitado para participar en el MORDAZA electoral municipal de 1998. DEBE DECIR: Articulo Primero.- Confirmar lo resuelto por el MORDAZA Electoral Especial de Chupaca en fecha 14 de setiembre de 1998, que declara infundada la tacha presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA VWsquez contra don MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, candidato por la lista independiente Integracion Cunas, para el Concejo Provincial de Chupaca, quien por lo tanto, se halla habilitado para participar cn el MORDAZA electoral municipal de 1998. ll534

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CONTRALORIA GENERAL
Disponen iniciar acciones judiciales ante indicios de comision de delito evidenciados en gestion de la Universidad Nacional de San MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA N" 121-9%CG MORDAZA, 5 de octubre de 1998 Vistos el Informe N" 139-SS-CG/APC. resultante del examen especial practicado a la Universidad Nacional de San MORDAZA, periodo 1994 a 1996; y, CONSIDERANDO: Que, en la ejecucion del examen especial practicado por la Contraloria General de la Republica a la Universidad Nacional de San MORDAZA, en atencion a su plan anual de control y denuncias efectuadas, han sido evidenciados indicios razonables de comision de delito en la utilizacion indebida de los recursos del Fondo Especial de Desarrollo Universitario - FEDU, destinado para la investigacion cientifica y tecnologica, favoreciendo a docentes y personal administrativo por concepto de incentivo economico y otros gastos. por un importe de S/. 977,168.08, sin haberse acreditado la MORDAZA ni el desarrollo de los respectivos proyectos de investigacion y con el pleno conocimiento de la irregularidad por parte del seiior Rector; Que, asimismo se concedio una asignacion diaria por concepto de movilidad alas autoridades universitarias, docentes y administrativas que desempenan jefaturas dependientes del Rectorado y Vicerrectorado, al MORDAZA Estudiantil del Consejo Universitario y a los Jefes de Departamento Academico, ascendente a la suma total de S/. 155,262.00, no obstante l;i observacion efectuada por la Unidad de Contabilidad de la universidad alertando acerca de la indebida percep, clon; l Que, se ha determinado la existencia de Indicios razonables de comision de delito en los procesos de adquisiciones de bienes y servicios tales como mate-

riales de construccion, ventanas de aluminio y alquiler de grupo electrogeno, por S/. 51,788.05 al haber participado en estas el Jefe de la Oficina de Infraestructuray miembro del Comite de Adjudicacion, quien a su vez es accionista mavoritario de la empresa vendedora, debiendose preiisar que este actuar del citado funcionario se hace igualmente evidente en la ejecucion de obras y alquiler de maquinaria, por Si. 166,919.45, al guardar relacion de parentesco con el proveedor; debiendose precisar que algunos servicios no fueron prestados, pese a haber sido integramente cancelados; Que, igualmente existen indicios de comision de delito en el uso indebido del Fondo Fijo para MORDAZA Chica a cargo del Vicerrector Academico por Si. 12,300.00, habiendose presentado documentacion adulterada por Si. 3,177.50 a fin de sustentar los gastos efectuados y al haberse utilizado recursos en gastos que no se ajustan ala normativa vigente, tales como: compra de abarrotes, licor y gastos en discotecas; Que, todos estos hechos se encuadran en los delitos contra la Administracion Publica, en las modalidades de peculado y negociacion incompatible con el cargo, asi como contra la fe publica en la modalidad de falsedad material, ilicitos previstos y penados en los Articulos 387" -modificado por la Ley N" 26198-, 397" y 427" del Codigo Penal: Que, asimismo, se ha determinado la existencia de irregularidades que suponen responsabilidad administrativa, tales como ascensos de docentes que no cumplen los requisitos establecidos, adquisiciones directas sin cumplir con las tres cotizaciones por Si. 691,089.67, la MORDAZA de los saldos en el Balance General ante la Contaduria Publica de la Nacion carentes de consistencia y razonabilidad; Que, de otro lado, se han evidenciado deficiencias en la administracion de tractores donados, referidas a la captacion de ingresos por servicios, e inexistencia 1 8 de un programa ae mantenlmlento y reparacion, incumplimiento de especificaciones tecnicas de la obra Mejoramiento y Remodelacion del Comedor Universitario; y, carencia de presupuestos analiticos aprobados en nueve obras publicas ejecutadas por administracion directa; Que, es atribucion de la Contraloria General de la Republica, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes cuando de la ejecucion directa de una accion de control se encuentran indicios razonables de la comision de ilicitos penales, por lo cual resulta necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales contra los presuntos responsables establecidos en el informe de vistos; De conformidad con el Articulo 47" de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 19", incisos e) y 0, y 24" inciso h) del Decreto Ley N" 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y los Decretos Leyes numeros 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntosjudiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales a que hubiere lugar, contra los presuntos autores de los hechos comprendidos en el informe de vistos, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica ll539

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