Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 1998 (06/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

CAPITULO VI DE LAS MULTAS Y SANCIONES DEL COMITE DE MULTAS Articulo 29".- Para la evaluacion de las Multas y Sanciones impuestas por infracciones al Reglamento de la Ley de Habilitaciones Urbanas y al presente procedimiento, se constituye el comite de Multas qw estara integrado por los siguientes miembros: a) El Director de Obras y Desarrollo Urbano. b El Responsable del area de Habilitaciones Urbanas. c) El Director de Asesoria Juridica. Los dictamenes que dicha Comision emita seran transcritos a los infractores mediante una Notificacion de Multas a traves de la Direccion de Obras para su conocimiento y cumplimiento de la sancion. (`on esta accion los infractores quedaran oficialmente notificados y se transcribira MORDAZA de dicha notificacion a la Direccion de Administracian Tributaria, para el seguimiento y cobranza coactiva. DE LAS SANCIONES Articulo 3W'.- Las personas naturales o juridicas podran denunciar ante la MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES, la existencia de Habilitaciones Urbanas Clandestinas. Articulo 31".- Todas las personas naturales o juridicas que lleven a cabo procesos de Habilitacion MORDAZA infringiendo, las disposiciones de la Ley H.U., su reglamento, y el presente reglamento MORDAZA acreedores a las sanciones, que a continuacion se detallan de acuerdo a lo dispuesto en el Art. l", ultimo parrafo del D.S. W 0079%MTC, que modifica el reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado Decreto Supremo IV 022-97-MTC: a) Ocupacion clandestina de terrenos: Teniendo en cuenta el area del terreno que se viene ocupando clandestinamente las Multas estaran comprendidas en 10 UIT por hectarea, incluyendo la paralizacion de las acciones y obligacion, a iniciar el tramite de regularizacion, en un plazo MORDAZA de quince (15) dias, sin perjuicio de la demolicion de los elementw que contravengan las Normas y Planos de Desarrollo Ilrbano. De no cumplirse lo indicado en el plazo sefialado, las Multas se incrementaran al doble mensualmente, por concepto DESACATO A LA AUTORIDAD MUNICIPAL. b) Por obras de habilitacion ejecutadas sin autorizacion, las multas seran de acwrdo a la escala considerada, en el acapite (a, Incluyendo la paralizacion de las Obras y obligaciones a iniciar el tramite de regularizacion, en un plazo MORDAZA de quince 115) dias. De no cumplirse lo indicado en el plazo senalado las multas, se incrementaran al dohle, mensualmente por DESACATO A LA AUTORIDAD MIJNICIPAL. c) Por haber habilitado sin aprobacion de Proyecto las multas seran de acuerdo a la escala considerada en el acapite ca). d) Por ocupacion de areas agricolas del area MORDAZA o de expansion MORDAZA, Reservas Ecologicas, areas de intercambios viales, keas del Plan Vial Metropolitano y de equipamiento Sect,orial. las multas seran de acurrdo a la escala considerada en el acapite (al, incluyendo la demolicion de lo indebidamente ocupado con (11 apoyo de las Autoridades Civiles y Policiales. e) Ventas y adjudicaciones no autorizadas, las multas seran de acuerdo a la escala considerada en el acapite ta), incluyendo la paralizacion de las acciones, cierre de oficinas, decomiso de propagandas, publicaciones en los Diarios, haciendo conocer a la Opinion Publica las ventas y adjudicaciones indebidas, asi como la

obligacion de regularizar el procedimiento. En caso de incurrir en desacato y no cancelar la multa en el plazo MORDAZA de quince ( 15) dias; se incrementaran los montos al doble mensualmente. Articulo 32".- De acuerdo al informe previo del responsable de Habilitaciones Urbanas de la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA, se podra otorgar el fraccionamiento de la Multa impuesta hasta en 2 partes con un plazo de 30 dias naturales. 11511

MUNICIPALIDAD RE MORDAZA EL MORDAZA
Prorrogan plazo para acogerse a la Amnistia de Multas Administrativas y Predial otorgada a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL N" 014-9%MV% MORDAZA El MORDAZA, 25 de setiembre de 1998 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA, en sesion extraordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal N" Oll-9% MVES, de fecha 14 de MORDAZA de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA de 1998, se prorrogo por 30 dias, el plazo para acogerse a la Amnistia de Multas Administrativas y Predial, que establecen las Ordenanzas N"s. 006-98 p 007-98-MVES, a favor de los contribuyentes notificados desde el ano 1993 a 1997, concediendoles una rebaja del 50% de las multas administrativas impuestas a la fecha; Que, la Oficina de Administracion Tributaria solicita, ampliar los plazos establecidos en la medida que la amnistia decretada, viene cumpliendo los objetivos previstos; Que, es politica de gobierno de esta gestion, brindar las facilidades necesarias para que los contribuyentes cumplan sus obligaciones con esta entidad; En uso de las facultades contenidas en la Ley Organica de Municipalidades N" 23853 y con el MORDAZA legal la Sesion de Concejo expide la siguiente: ORDENANZA l".- PRORROGAR por 30 dias, luego de publicada la presente ordenanza, la Amnistia de MultasAdministrativas y Predial, aprobado mediante la Ordenanza Municipal N" Oll-98-MVES. 2".- Encargar a la Direcciun de Administracion Tributaria, el cumplimiento del presente decreto. 3".- Publiquese el presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MIGIJEL AZCUETA GOROSTIZA MORDAZA 11358

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