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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (06/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 13

I,ima. marlc?; 6 dc 0cWhrc dc IWX a cl-0 Pág. 164713 Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCOS IBAZETA MARINO Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 11543c e I ( MINISTERIO PUBLICO Sancionan con cese temporal a servidora de la institución RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL W 210.98.MP-FN-GG Lima, 1 de octubre de 1998 VISTO: El Informe N”055-98-MP-FN-CPPAD y demás docu- mentos relacionados con la presunta falta adminis- trativa de la servidora Irene González Castañeda, Se- cretaria de la División Médico Legal de ,Junín; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N” 012.98.IML-JH del Direc- tor de la División Médico Legal de Junín, se atribuye ala servidora procesada el haber obligado ala quejosa María Escobar Huamaní a buscar al empleado Miguel Cuba de la funeraria “Romero” con el objeto de que esta persona le fácilite la entrega inmediata del cadáver de su hijo Ronal- do Clemente Escobar de 4 meses de edad, y que dicho servicio involucraría la compra de un ataúd en dicha funeraria. Asimismo, existe la Declarackin Jurada del señor Alejandro Gaspar Vilcas, en la que manifiesta conocer a las señoras Irene González Castañeda e Isabel Tapia como las personas empleadas de la morgue que aproximadamente desde 1990 hasta 1995 adquinan ataú- des en su carpintería, los que por indicación de la señora Tapia tenían que trasladar dichos ataúdes a su depósito, caso contrario las señoras enviaban a los usuarios a su negocio o estas personas eran traídas personalmente por la señora Isabel Tapia, además que su amigo Alberto Loayza Arias, ex postulante para necropsiador de la morgue en Huancayo le contó que le entregó dinero, un carnero y otras cosas ala servidora Irene González con el propósito de ser contratado como necropsiador: Que, la servidora Irene, González Castañeda, en su descargo manifiesta que, es totalmente falso el Informe N” 012.9%IML-JHquepresentael doctorCarlosBustamante Montoro, ya que en ningún momento obligó a la quejosa a buscar al señor Miguel Cubas y menos haber sido sorpren- dida infraganti en tal acción, así como es falso que haya coordinado actos de corrupción con el mencionado y que el señor Fiscal de turno haya constatado vía telefónica la presencia de un extraño en la División Médico Legal. Además, menciona que en la Constancia que le expide el Fiscal Enrique Miranda Palma, que adjunta, manifiesta que en ningún momento la quejosa María Escobar se ha ratificado en la denuncia interpuesta contra su persona y que al ser confrontadas, la quejosa manifestci que en ningún momento la servidora González le pidió dinero alguno y que sólo le indicó dónde podía ubicar al tal Miguel, persona que ayuda a los dolientes, razones por las cuales no levantó Acta ni menos declaración o denuncia por no existir indicios de delito y denuncia. En cuanto a la Decla- ración Jurada que presta Alejandro Gaspar Vilca, mani- fiesta que no es cierto que le haya comprado ataúdes a dicha persona y más aún haber recomendado a que concu- rrieran a su funeraria, y como prueba de ello presenta la Declaración ,Jurada del señor Eugenio Gaspar Vilcas, de fecha 31 de agost.0 de 1998 donde ratifica lo declarado por la señora Irene González;Que, de las consideraciones expuestas, se infiere que a servidora Irene González Castañeda ha incurrido en àlta administrativa al haber recomendado al ciudadano ‘vIigue1 Cuba de la funeraria “Romero” para los trámites :orrespondientes del occiso Ronaldo Clemente Escobar, 3or lo que es pasible de sanción administrativa al haber ;ransgredido lo establecido en los Artículos 21” inciso a) y 23” inciso a) de la Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobado por Decreto Legislativo N” 276, por lo que se debe de proceder al tenor de lo preceptuado por el Artículo 155” inciso c) del Decreto Supremo N” 005.90.PCM; Contando con las visaciones de los miembros de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- olinarios, y de conformidad con lo dispuesto en la Segunda i Cuarta Disposiciones Transitorias, Complementarias y ‘inales de la Ley N” 26623 ampliada y modificada por las ,eyes N”s. 26695 y 26738, el Reglamento de Organización i Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Públi- :o aprobado por Resolución N’ 035.96.MP-FN-CEMP, nodifkada por Resolución N” 33598.MP-CEMP, Regla- nento Normativo de Procesos Administrativos Discipli- larios y sus modificatorias, Artículos 155”, 170” del Regla- nento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N” 005.90.PCM, con el informe emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las facultades delegadas por el Titular le1 Pliego en mérito del Artículo 1” de la Resolución kdministrativa del Titular del Pliego del Ministerio Públi- ,:o N” 121.97.SE-TP-CEMP; SE RESUELVE:( : Que, durante el presente proceso, la servidora ha hecho uso de su derecho de defensa presentando su descargo correspondiente con pruebas documentales, haciendo uso de la palabra, mediante las cuales ha L Lima, 5 de octubre de 1998lesvirtuado el cargo que se le imputa como es el de haber solicitado dinero a la quejosa María Escobar Huamaní; Que, el documento denominado Declaración Jurada lue presta el señor Alejandro Gaspar Vilcas a solicitud le1 señor Bustamante Montoro, que obra en fojas veinte le1 expediente en copia simple no legalizada que carece le valor legalmente, es más no existe formalización @na de dicha denuncia; Artículo Primero.- IMPONER a la servidora Irene González Castañeda Secretaria de la División Médico Legal de Junín, la sanción de TREINTA Y UN DIAS de cese temporal sin goce de remuneraciones, por los fun- damentos expuestos en la presente resolución. Artículo Segundo.- REMITIR copias autenticadas de la presente resolución a la Gerencia Central de Personal, Auditoría Interna, Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y a la interesa- da para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Cen- tral de Personal la notificación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL ALBERTO CHAVEZ MUÑOZ Gerente General 11541 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Dan por concluida designación de fis- cal de apoyo a la Cuadragésimo Prime ra Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO N” 656.98.MP-CEMP