Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 1998 (29/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

Tima, jucvcs 29 dc octubre de 19%

elperuam, Pag. 165271
RESOLUCION DIRECTORAL w 1254-SS-MTck5.18 MORDAZA, 5 de octubre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro No 02332010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES EL MORDAZA S.A., sobre concesiones de rutas: Piura-Aguas Verdes y Trujillo-Sullana y viceversa e Informe N" 900-98-MTCI 15.18.04.1 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cum lido con presentar los requisitos establecidos en el ArticuP o 13" del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando alas opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum N" 2834-98MTtY15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N" 1X9-98-MTCY15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-MTC, Ley N" 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 070~89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-MTC y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES EL MORDAZA S.A., la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el eriodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecRa de expedicion de esta resolucion, en las rutas: Piura-Aguas Verdes y Trujillo-Sullana y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: A.- RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : PIURA-AGUAS VERDES y viceversa : MORDAZA : AGUAS VERDES : SULLANA-TUMBES : Cinco (5) diarias : Cuatro (4) omnibus

Otorgan concesion a empresas para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL w 1191-98-MTc/15.18 MORDAZA, 22 de setiembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro W 02182010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES EL MORDAZA S.A., sobre nueva concesion de ruta: Chiclayo-Piura y viceversa e Informe N" 894-98-MTC/15.18.04.1.RCM., de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes indicada en vistos ha cumplido con resentar los requisitos establecidos en el Articulo 13" deP Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado or Decreto Supremo N" 05-95-MTC y en el Texto Unico Be Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum W 282598MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N" 1097-9%MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo NoO5-95-MTC, Ley N" 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-MTC y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES EL MORDAZA S.A., la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, or el periodo de diez (10) anos, computados a partir c!)e la fecha de expedicion de esta reso ucion, en la ruta: Chiclayo-Piura y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR : CHICLAYO-PIURA y viceversa CHICLAYO : MORDAZA : DIRECTO Una (1) diaria I Dos (2) omnibus

FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus: UD-2544 (1991) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UD-1986 (1981) HORARIOS : Salida de Chiclayo: 08.00 a.m. Salida de Piura: 02.00 p.m.

: Tres (3) omnibus: UA- (1982), VA-1072 (1982) y UA- (1982) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UA- (1990) : Salida de Piura: 08.00, 08.30, 14.30, 18.00 y 20.30 horas Salida de Aguas Verdes: 08.30, 12.00, 14.30, 20.30 y 24.00 horas : TRUJILLO-SULLANA y viceversa : MORDAZA : SULLANA : CHICLAYO-PIURA : Una (1) diaria : Dos (2) omnibus

HORARIOS

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo No 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta i30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95MTC; caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA arrafo del Articulo 16" del citado reglamento. cuarta- E ncargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La resente resolucion se publicara en el Diario Oficial El %eruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 12399

B.- RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR

FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus: UA- (1993) FLOTA DE RESERVA : Un (1) 6mnibus: UQ-7773 (1993) HORARIOS : Salida de Tniillo: 08.00 horas Salia de Sul Iana: 17.00 horas

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relaci6n al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas le ales establecidas en el reglamenta aprobado por Decreto !3upremo N" 05-95MTC demas diepoeiciones vigentes, concernientes al Servicio & ubhco de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, ue se autoriza. Tercero.- P, a concesionaria esta obli MORDAZA a iniciar el servicio dentro de los treinta (301 dias cafendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-

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