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I,ima, jueves 29 dc octuhrc dc 1998 mm&# el m 1’ 1Pág. 165273 PRQMUDEH Constituyen Comisión de Coordinación del Sistema Nacional de Atención Inte- gral al Niño y el AdolescenteArtículo 49- La Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano se constituirá como la secretaría técni- ca de la Comisión de Coordinación del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente. Artículo 59- La Comisión de Coordinación del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente aprobará su Reglamento Interno, en un plazo no mayor de 36 días i calendario. Al-t--- - . I. íP1.h fi” -ros Sectores e Instituciones aludidos en el Artículo 3” de la presente resolución, designarán a sus representantes ante la Comisión de Coordinación en un plazo máximo de 5 días de publicada la presente. Artículo 7”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Salud, Educación y Promoción de la Mujer vRESOLUCION SUPREMA W O90-9%PROMUDEH Lima, 26 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Ley W 26518, modificada por las Leyes N”s. 26596 y 26621, se establece que el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente, tiene por fina- lidad orientar, integrar, estructurar, coordmar, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y acciones 3. nivel nacional, destinados a la atención integral de mños y adolescentes; determinándose en el Artículo 7”, que el Ente Rector es el organo central de dicho Sistema, encargado de dirigir y formular las políticas, planes y programas sectoria- les e institucionales de atención al niño y al adolescente; Que la Primera Disposición Complementaria del Decre- to Legislativo N” 866, dispuso la transferencia de las funcio- nes, recursos presupuestales, patrimonio, acervo documen- tano y personal, entre otros, del Ente Rector del Sistema Nacional de Atención Integral del Niño y el Adolescente y sus respectivas Secretarías; precisando su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N” OOl-97-PROMUDEH, que la conducción del mencionado Sistema corresponde al Titular del Sector; Que se hace necesario la constitución en el Sector Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, de una Comisión encargada de establecer funciones de coordina- ción con las entidades públicas y privadas dedicadas a la atención de las niñas, niños y adolescentes a fin de realizar programas y acciones que respondan a sus necesidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo N” 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislat.ivo N” 866 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. modifica- do por el Decreto Legislativo N” 893; SE RESUELVE: Artículo lo.- Constituir la Comisión de Coordinación del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente, en el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano -PROMUDEH-, la que se encargará de coordinar las acciones de los diversos sectores en relación a la atención, protección y promoción de la niñez Y la adoles- cencia._ Artículo 2”.- La Comisión de Coordinación del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente, tiene las siguientes funciones:del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese.” ” Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud DOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educación MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano 12448 ECONOMIA Y FINANZAS Notas explicativas al Anexo Nc 1 y For- mularios del Anexo N” 3 de la Directiva N~009=98=010E, de formulación de plan operativo y prkupuesto de entidades del Estado para 1999 OFICINA DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS DEL ESTADO - OIOE OFICIO CIRCULAR W 021-9&EF/I5.OIOE a) Proponer al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, las normas técnicas y administrativas de carácter nacional y general sobre la atención de la niña, niño y adolescente; b) Formular programas multidisciplinarios especiales de atención de las necesidades de la niñez y la adolescencia, con énfasis en la población en riesgo; c) Velar por el cumplimiento de las normas contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y en la legislación nacional al interior de sus Sectores, reportando al Promudeh los avances en el cumnli- miento de sus metas y objetivos a favor de la infancia y la adolescencia para su adecuado monitoreo y evaluación; d) Las demás que le correspondan de acuerdo a ley. Artículo 3”.- La Comisión de Coordinación del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente tiene la siguiente conformación: a) El Viceministro de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, quien la presidirá; b! Un representante del Ministro de Salud; c) Un representante del Ministro de Educación; dl Un representante del Consejo de Coordinación Judi- cial; ej Un representante de la Iglesia Católica; y, f> Un representante del Grupo Iniciativa Nacional por los Derechos del Niño.Lima, 28 de octubre de 1998 En uso de las funciones establecidas en el numeral 2 del Artículo 3” de la Resolución Ministerial N” OSS-98-EF.y para un adecuado cumplimiento de la Directiva N” 009-98-OIOE de Programación y Formulación del Plan Operativo y Pre- supuesto de las Entidades del Estado para 1999, aprobada mediante Resolución Ministerial N” 230-98.EF/15, se ad- junta como anexo al presente oficio circular, las notas explicativas para el llenado del Anexo N” 1 y de los Formu- larios NS. 4P y 5P del Anexo N” 3 de la mencionada directiva. PEDRO SANCHEZ GAMARRA Director Ejecutivo ANEXO NOTAS EXPLICATIVAS AL ANEXO N” 1 Y FORMULARIOS 4P Y 5P DEL ANEXO W 3 DE LA DIRECTIVA W 009-98-OIOE ANEXON”lDELA DIRECTIVA W 009-9%OIOE PLAN OPERATIVO Es el conjunto de acciones que llevará a cabo la entidad y que irá en concordancia con su plan estratégico, incluye la