Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 1998 (10/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

lhna, jueves I 0 de setiembre de 19%

PaMtarn, Pag. 163811 I
REIACION DE EXPEDIENTES DE INVESTIGACION N" Apellidos y nombres Codigo del MORDAZA de Sancion Wde del promotor promotor infraccion aplicable expediente aplicable

ANEXON'IV Por el presente documento yo Gerente General de la AFP , manifiesto con caracter de declaracion jurada, lo siguiente: 1. Que la documentacion que conforma cada expediente de investigacion, detallado en la presente relacion, es real. 2. ue los expedientes mencionados en la presente relacion o 2 ran en poder de la Administradora. 3. Que los procedimientos de investigacion internos contienen la informacion sustentatoria minima y se cinen exclusivamente a las normas contempladas en el Titulo III del Compendio de Normas del Sistema Privado de Pensiones, asi como a las disposiciones que, sobre el particular, establece la Superintendencia. 4. Que, tanto el codigo de promotor como el numero de expedienta, corresponden a cada promotor de ventas mencionado en la siguiente relacion. NUMERO TOTAL DE EXPEDIEXI'ES POR CAUSAL

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Nota: El Gerente General de la Administradora debera suscribir todas las paginas del presente formato. Cuando la Administradora detecte una infraccion distMa a la senalada en el acapite refeddo al numero total de expedientes por causal, la cons~naraporseparadoen"OTRAS'enelmismoacapitey,asimismo, dejara en MORDAZA el recuadro correspondiente a la sancion aplicable en el acapite referido a la relacirh de expedientes de investigacion La Administradora ordenarala listadelacapite refendoalarelaclonde expedientes de investigacion, por MORDAZA de infraccion.

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Causal

No guardar el compromiso de reserva a que se refiere el inciso d) del Articulo 38" del Titulo III del Compendio. o No verificar la informacion consignada en el contrato de afiliacion, solicitud de traspaso o en cualquier otro formato vinculado a dichos procesos, con excepcion de la firma y huella digital. q No completar los datos olas firmas en el original y en todas las copias de los formatos de afiliacion, traspaso o en cualquier otro formato vinculado a dichos procesos. o Sustituir o hacerse sustituir p.or otro promotor en la firma ., de uno o mas contratos de ah iacion, solicitud de traspaso o cualquier otro formato vinculado a dichos procesos. CI Cometer falta o negligencia grave en el desempeno de sus labores como promotor de ventas. o Comprobarse falsedad en la informacion contenida en el archivo fisico del promotor de ventas. o Efectuar incorporaciones yio traspasos, brindando informacion errada, incompleta, inexacta o deficiente al trabajador afniado, o inducirle a afiliarse o traspasarse con enganos, sin proporcionar informacion cierta, exacta y completa sobre los beneficios y caracteristicas Inherentes al Sistema Privado de Pensiones u ofreciendo beneficios que son ajenos al mismo. CI Hacer figurar como afiliados a personas no inscritas en el Archivo Unico del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. q Suscribir uno o mas contratos, solicitudes de traspaso o cualquier otro formato, en los que se MORDAZA determinado que la firma o huella digital del afiliado o empleador no le corresponde. o Efectuar afiliaciones o traspasos en donde se determine que se ha falsificado o adulterado el documento de identidad del trabajador afiliado. O Efectuar afiliaciones o tras asos sin cenirse a los requisitos y procedimientos estabPecidos por la Superintendencia. o Realizar afiliaciones de trabajadores que, por su condicion de preexistencia o por su habito de consumo de sustancias alcoholicas o estupefacientes al momento de suscribir el contrato correspondiente, se encuentren evidentemente incursos en las causales de exclusion del Contrato de Administracion de los riesgos de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Se lio. O Desempenar lar ores de promotor de ventas en otra AFP encontrandose en alguno de los impedimentos a que se refiere el Articulo 33" del Titulo III del Compendio. LI Desempenar labores de promotor de ventas sin contar con el Codigo de Registro de Promotores habilitado. o Entorpecer y/o no facilitar el MORDAZA de investigacion al que se encuentra sometido. q Efectuar incorporaciones y/o traspasos haciendo uso de argumentos parciales o que sin base objetiva abundan en detrimento de otras AFP. o Efectuar incorporaciones y/o traspasos evidenciando comportamientos renidos con la etica y la moral. o Suscribir contratos de afiliacion en cuyo MORDAZA han participado personas no inscritas como promotores de ventas o aue. estando registrados, no cuenten con codigo habilitad& q Hacerse sustituir por otro promotor en la firma de uno o mas contratos de afiliacion, siempre que el codigo del promotor sustituido se encuentre suspendido o inhabilitado por cual uier motivo. n OTRAS ( E!SPECIFICAR) .____..............,.........................

MORDAZA, de de 1998
Gerente General

AFP

10184

Encargan Despacho del Defensor del Pueblo al Primer Defensor Adjunto
MORDAZA, 9 de setiembre de 1998 Vistos; la invitacion del 3 de agosto de 1998, cursada al Defensor del Pueblo por el Director Ejecutivo de la Comision MORDAZA de Juristas para que participe en el Foro Internacional "La Defensoria del Pueblo: De la teoria a la practica", a celebrarse en la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, asi como el Memorando N" 799-98-DP/GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas, adjuntando el formulario Anexo N" 4A N" 0251-DP; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, del 10 al 11 de setiembre de 1998, tendra lugar el Foro Internacional "La Defensoria del Pueblo: De la teoria a la practica':, organizado por la Defensoria del Pueblo de Bolivia con motivo del inicio de sus actividades, y por la Comision MORDAZA de Juristas, en la que participaran los representantes de las Defensorias del Pueblo de MORDAZA Latina; Que, resulta relevante la participacion del Defensor del Pueblo en la actividad anteriormente citada, con la finalidad , le contribuir a la difusion y consolidacion de la institucion , iel Ombudsman en los paises de la region; Que, los organizadores del citado foro internacional fi1nanciaran parcialmente los gastos por concepto de pasajes 1mternacionales y estadla del titular de la Defensoria del 1Pueblo, siendo necesario autorizar el gasto diferencial que ,ocasione la comision del servicio MORDAZA referida; Que, a fin de asegurar la continuidad de la gestion 1institucional debe encargarse el Despacho del Defensor del 1Pueblo al Primer Defensor Adjunto durante la ausencia del 1titular, conforme a la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley N" 26520 y el Articulo 30" del Reglamento de (Organizacion y Funciones aprobado mediante la Resolucion Defensorial N" 041-97/DP, De conformidad con el Decreto Supremo N" 1359@PCM, yen concordancia con los Decretos Supremos NS. 163-81-EF y 031-89-EF, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9" inciso 7) de la Ley N" 26520 y Articulo 7" incisos a) y k) del reglamento aprobado mediante la Resolucion Defensorial N" 041-97DP;

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