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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (29/09/1998)

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Pág. 164484 tf m ~WX~LWWM~ Lima, martes 29 de setiembre de 1998 845, establece que los créditos de origen tributario no devengarán ni generarán moras, recargos ni multas y aéstos se aplicará la tasa de interés compensatorio que utilice la Superintendencia Nacional de Administración Zab;eustaria - SUNAT, no siendo dichos intereses capitali- Que en tal sentido, resulta necesario establecer la tasa de interés compensatorio aplicable para efectos del cálcu- lo de los créditos de origen tributario; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 118” de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1°.--Establézcase que la Tasa de Interés Compensatorio aplicable a los creditos de origen tributa- rio a aue se refiere el quinto nárrafo del Artículo 50° de la Ley de Reestructuración Patrimonial, Decreto Legis- lativo N” 845, tanto en moneda nacional como en monedaextranjera, no será menor al cuarenta por ciento (40%) ni mayor al ochenta por ciento (80%) de la Tasa de Interés Moratorio (TIM) a que se refiere el Artículo 33” del Código Tributario, aplicándose de acuerdo a la siguiente tabla: Artículo 2°.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis cllodel mes de setiembre de mil novecientos noventa y ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICOMinistro de Economía y Finanzas 1119s Aceptan y aprueban diversas donacio- nes efectuadas por el Gobierno del Japón en favor del Ministerio RESOLUCION SUPREMA N° 183-98-EF Lima, 26 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Japón, a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) , ha efectua- do donaciones de diversos bienes a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, para ser destinados a la Oficina de Inversiones del Viceministerio de Economía; Que. el inciso k) del Artículo 2” del Decreto Legislativo N” 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo N” 821, el Decreto Supremo N° 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar y aprobar las donaciones efectua- das por el Gobierno del Japón a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), a favor delMinisterio de Economía y Finanzas, consistentes en una computadora FMV-BIBLO, NV VII23D, una impresora BJC-8OV, ambas con sus respectivos accesorios, libros técnicos y útiles, con un valor aproximado de y 784 126,00 (setecientos ochenta y cuatro mil ciento veintiséis y 00/100 yenes) y un peso aproximado de 104 k., según Cartas deDonación del 12 de agosto de 1998, Guía Aérea N° 075 67558676 de IBERIAAIRLINES y Comprobante de Reten- ción de Equipaje N” 635 de ADUANAS de fecha 11 de agosto de 1998. Dichos bienes serán destinados ala Oficinade Inversiones del Viceministerio de Economía. Artículo 2°.- Compréndase a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2” del Decreto Legislativo N° 821. Artículo 3°.- Transcríbase la presente Resolución Suprema ,a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a laContraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 11201 Autorizan viaje de funcionario de la SUNAT a Francia para participar en el curso “Control y Evaluación de la Ac- ción Administrativa” RESOLUCION SUPREMA N° 184-98-EF Lima, 26 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios N°s. 163 y 174-98-A1-0000, la Superintendencia Nacional de Administración Tributa- ria -SUNAT- solicita se autorice el viaje de un funcionario a la ciudad de París, Francia, del 23 de setiembre al 24 de octubre de 1998, para participar en el curso “Control yEvaluación de la Acción Administrativa”; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos por concepto de pasajes serán cubier-tos por el funcionario autorizado, parte de viáticos serán asumidos por el Institut International d’ Administration Publique-IIAP-, debiendo la SUNAT cubrir el costo del complemento de viáticos y la tarifa de CORPAC, con cargo a los recursos de su presupuesto correspondiente al ejer- cicio 1998; De conformidad con lo establecido en la Directiva N” 009-96-OIOE , “Norma de Viajes”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 165-96-EF/15, y sus modifica- torias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.--Autorizar el viaje del señor Paulino Barragán Arque, Jefe (e) de la Oficina de Control Interno de la Superintendencia Nacional de Administración Tri- butaria -SUNAT-, a la ciudad de París, Francia, del 23 de setiembre al 24 de octubre de 1998, para los fines expues- tos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, seráncubiertos con recursos del Presupuesto de la SUNAT: - Complemento de viáticos IJJ$ 2 170,OO - Tarifa de CORPAC 25,00 Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de