NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (29/09/1998)
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Pág. 164494 cl- ~&‘~l:L%rl:ll~ Lima, martcs 29 dc scticmbrc dc 199X SE RESUELVE: Artículo l”.- Prorrogar hasta el 15 de octubre de 1998, el plazo para la presentación de los Certificados de Inspec- ción a que se hace referencia en los Artículos 1” y 2” de la Resolución Ministerial N’ 341-98-PE. Artículo 2”.-A partir de la fecha indicada en el artículo anterior de la presente resolución, la Dirección Nacional de Extracción del Ministerio de Pesquería, co- municará a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa, a fin de que no se otorgue el zarpe correspondiente a las embarcaciones cuyos armadores hayan incumplido con presentar los certificados antes mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 11191 AGRICULTURA Autorizan a investigadora la caza de especímenes de fauna silvestre con fines científicos RESOLUCION MINISTERIAL W 0493-9%AG Lima, 25 de setiembre de 1998 Vista la solicitud, presentada por el señor Allan Baitel Martínez, Presidente de la Fundación de Rehabilitación de Especies Tropicales de Panamá, para la caza de espe- címenes de fauna silvestre con fines científicos; CONSIDERANDO: Que, el señor Allan Baitel Martínez ha solicitado autorización para la caza de especímenes de fauna silves- tre con fines científicos, que estará a cargo de la Dra. Susan Clubb, Jefa del Proyecto “Estudio del Com- portamiento, Requerimientos Nutricionales y Preferen- cias Alimenticias de Picosuaves y Psittacidos Tropicales en cautiverio”, por el período de tres (31 meses inmediatos posteriores a la fecha de emisión de la presente resolución Que,, el objetivo general del mencionado proyecto es determinar los requerimientos nutricionales para el man- tenimiento en cautiverio de las especies de aves seleccio- nadas del bosque tropical; Que, la relación de especies a cazar, incluye algunas que se encuentran amparadas por la Resolucion Ministe- rial N” 01082-90-AG/DGFF, que veda su caza, captura, transporte, comercialización y exportación, a excepción de aquellas destinadas exclusivamente para fines científi- cos o difusión cultural, mediante Resolución Ministerial; Que, el Artículo 12” del Reglamento de Conservación de Flora y Fauna Silvestres, aprobado por Decreto Supre- mo N” 15877-AG, preceptúa que la extracción o caza de las especies vedadas indefinidamente, así como la expor- tación de los especímenes será autorizada sólo con fines de investigación científica o de difusión cultural, median- te Resolución Ministerial; Estando a la opinión favorable contenida en el Informe N” 319-98-INRENA-DGANPFS-DCFS, de la Dirección General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre del INRENA, que corre de fojas 23 a 27 del expediente, es procedente expedir la correspondiente resolución autori- tativa para la caza de ejemplares de fauna silvestre, para fines exclusivamente científicos; y, De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Leyes N” 21147, N” 25902 y los Decretos Supremos N’k. 158-77-AG y 055-92-AG;! l SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar, a la Dra. Susan Clubb, Jefa del Proyecto “Estudio del Comportamiento, Requeri-nientos Nutricionales y Preferencias Alimenticias de ‘icosuaves y Psittacidos Tropicales en cautiverio” de la kndación de Rehabilitación de Especies Tropicales de ‘anamá, para que en su condición de investigadora reali- :e con fines de investigación científica, fuera de Areas qaturales Protegidas por el Estado, la caza de fauna silvestre pertenecientes alas familias Psittacidae, cuatro 4) ejemplares de las especies: Ara couloni, Amazona estiva, dos I2 J ejemplares de la especies Pionus chal- :opterus, Amazona ochrocephala, seis (61 ejemplares le las especiesForpus xanthops, cuatro (4) ejemplares le la especie Rupicola peruviana, por un período de .res (3) meses inmediatos posteriores a la fecha de emi- ;ión de la presente resolución Artículo 2”.- La Dra. SUSAN CLUBB, Jefa del Pro- recto “Estudio del Comportamiento! Requerimientos Nu- ricionales y Preferencias Alimenticias de Picosuaves y ‘sittacidos Tropicales en cautiverio” y el Sr. ALLAN 3AITEL MARTINEZ, Presidente de la Fundación de bhabilitación de Especies Tropicales, deberán cumplir :on los siguientes compromisos: al No utilizar ni ceder a terceros los especímenes o Jarte de éstos (piel, tejidos, cromosomas u otros), para nvestigaciones relacionadas con acceso a los recursos genéticos; b) No solicitar información sobre su uso tradicional a :as comunidades nativas de la zona sin su previo consen- :imiento por escrito y en caso que esto ocurra, reconocer :n las publicaciones el apoyo brindado por ellas, para el wance de la investigación; c) Entregar a la Dirección General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre del INRENA, de tres (31 -opias del informe de campo, informes semestrales de los estudios a realizarse en Panamá sobre el avance de la investigación, de seis (61 copias de las publicaciones que hicieran con motivo de la presente investigación, así mismo copias del material fotobrl-áfico ylo slides que pue- dan ser utilizados para difusión. Artículo 3”.- Si por las razones científicas acotadas, se requiera enviar al extranjero parte del material colecta- do, los interesados deberán gestionar el correspondiente permiso de Exportación CITES ante el INRENA. Artículo 4“.- El recurrente se sujetará a lo establec:ido en las disposiciones legales vigentes y a las que sobre la materia dicte el Ministerio de Agricultura. Artículo 5”.- El INRENA, a través de la Direcc:ión General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silves- tre. queda encargado de verificar el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese y comuniquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 11171 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan la realización de Taller de Capacitación sobre Justicia de Paz, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima RESOLUCIONADMINISTRATIVA N” 746~CME-PJ Lima, 28 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N” 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder <Judicial encargada de la gestitin y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido am- pliadas por las Leyes N”s. 26623 y 26695; .~. _ ~.