Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 1998 (29/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 29 dc seticmbrc de 19%

cl)LkruanO P a g . 16449;
1 MORDAZA, contra la Resolucion N" 047-9%JEEL de fecha 1.4 de setiembre de 1998, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro improcedente la tacha interpuesta, contra don MORDAZA MORDAZA Nunez Stolar, candidato al cargo de Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, por la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru"; CONSIDERANDO: Que, la tacha formulada por el ciudadano MORDAZA AlfonsoSanchezTafur,fuedeclaradaimprocedenteporel MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA mediante Resoluciam N" 047.98JEEL, por no haber aportado prueba instrumental que contradiga que el candidato MORDAZA MORDAZA Nunez Stolar domicilia en el distrito de MORDAZA del Mar; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864, son aplicables, en forma supletori a y complementaria, las disposiciones dela Ley Organica cle Elecciones N" 26839; por lo que, a efectos de calificar las solicitudes de tacha, debe tenerse en cuenta lo previsto en el Articulo 2" de la MORDAZA acotada, que senala que la tacha debe estar acompanada de la prueba instrumental pertnente; Que, ha precluido la etapa de MORDAZA de tachas contra los candidatos, y se ha verificado que con la solicitud presentada por el recurrente con fecha ll de seticmbre de 1998, ante el MORDAZA Electoral Especial corresporldiente, que aparece a fojas dos a cuatro, no se anexo recaudo alguno que fundamentara la tacha interpuesta; El MORDAZA Nacional de Elecciones, por los fundamentos de la apelada y en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion N" 04798-JEEL de fecha 14 de setiembre de 1998 del MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA, que declaro improcedente la tacha interpuesta por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el candidato al cargo de Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, por la Agrupacirin independiente "Movimiento Independiente Somos Peru". don MORDAZA MORDAZA Nunez Stolar; quien, por tanto, se encuentra apto para participar en las Elecciones Municipales que culminan el 11 de octubre proximo. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion ala Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE y al MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA, para los fines consiguientes Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MUNOZ ARCE; HERNA1uDEZ CANELO: DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLmO 11141 RESOLUCION N" 829-9%JNE MORDAZA, 26 de setiembre de 1998 Visto, el expediente elevado en apelacion por recurso interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion N" 004-98.JEEH de fecha 12 de setiembre de 1998, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Huamalies, que declaro infundada la tacha interpuesta contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato al cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Huamalies, por la Agrupacion Indeprndiente "Movimiento Independiente Somos Peru"; CONSIDERANDO: Que, la tacha presentada contra el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se funda en la existencia de procesos penales abiertos en su contra, que se encuentran actualmente en tramite; sefialando el recurrente en los

RESOLUCION N" 827-98-m MORDAZA, 26 de setiembre de 1998 Visto, el expediente elevado en apelacion por recurso interpuesto por el ciudadano MORDAZA Wilver MORDAZA MORDAZA, contralaResolucionN"038-98-JEELdefecha 14de setiembre de 1998, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro improcedente la tacha interpuesta, contra el candidato al cargo de -4lcalde del Concejo Distrital de La MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, por la Lista Independiente "La MORDAZA al 2000", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasquez; CONSIDERANDO: Que, la tacha formulada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue declarada improcedente por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA mediante Resolucion N" 038-98-JEEL, por no haber aportado prueba instrumental suficiente que acredite los fundamentos planteados; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864, son aplicables, en forma supletoria y complementaria, las disposiciones de la Ley Organica de Elecciones N" 26839; por lo que, a efectos de calificar las solicitudes de tacha, debe tenerse en cuenta lo previsto en el Articulo 2" de la MORDAZA acotada, que senala que la tacha debe estar acompanada de la prueba instrumental pertinente; Que, para invocar la causal de tacha contenida en el inciso 4) del Articulo 9" de la Ley de Elecciones Municipales, concordante con el inciso 9) del Articulo 23" de la Ley Organica de Municipalidades, que preve que estan impedidos de participar en las elecciones municipales aquellos que hayan sufrido condena por delito doloso, es necesario acreditar la existencia de sentencia condenatoria que MORDAZA quedado consentida o ejecutoriada, no siendo el caso de autos; Que, ha precluido la etapa de MORDAZA de tachas contra los candidatos, y se ha verificado que con la solicitud presentada por el recurrente con fecha 10 dr setiembre de 1998, ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, obrante a fojas dos a cuatro, se anexa solamente la MORDAZA simple de una sentencia expedida por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de fecha 3 de setiembre de 1998; dejando sin acreditar si la misma ha quedado consentida o ejecutoriada; El MORDAZA Nacional de Elecciones, por los fundamentos de la apelada y, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion N" 03898-JEEL de fecha 14 de setiembre de 1998 del MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA, que declaro improcedente la tacha interpuesta por el ciudadano MORDAZA Wilver MORDAZA MORDAZA, contra el candidato al cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de La MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, por la Lista Independiente "La MORDAZA al 2000", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasquez; quien, por lo tanto, se encuentra apto para participar en las Elecciones Municipales que culminan el ll de octubre proximo. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion ala Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE y al MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRU.JILLANO 11140 RESOLUCION N" 82%98-JNE MORDAZA, 26 de setiembre de 1998 Visto, el expediente elevado en apelacion por recurso interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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