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Pág. 172278 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de abril de 1999 Otorgan a empresa concesión para la explotación del servicio público telefó- nico fijo local RESOLUCION MINISTERIAL Nº 146-99-MTC/15.03 Lima, 15 de abril de 1999 Vista la solicitud presentada por FIRSTCOM S.A., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del Servicio Público Telefónico Fijo Local en las modalidades de abonados y teléfonos públicos en el departamento de Lima y en la Provincia Constitucio- nal del Callao. CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, correspon- den a este Ministerio las atribuciones y facultades de adminis- trar, asignar y controlar entre otros, el Servicio Público Telefóni- co Local, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del Servicio Público Telefónico Fijo Local en las modalidades de abonados y teléfonos públicos, la Unidad Especializada en Con- cesiones de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 051-99- MTC/15.03.UECT y 082-99-MTC/15.03.UECT, opina que es pro- cedente la solicitud de FIRSTCOM S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su inscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 020- 98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a FIRSTCOM S.A. concesión para la explotación del Servicio Público Telefónico Fijo Local en las modalidades de abonados y teléfonos públicos, por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que comprende el departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con FIRSTCOM S.A. para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de conce- sión, FIRSTCOM S.A. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5071 Precisan ítem de resoluciones referi- das a renovación y/o modificación de permisos de operación otorgadas a empresa de servicio de transporte aéreo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 033-99-MTC/15.16 Lima, 11 de febrero de 1999CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Directorales Nº 147-98-MTC/ 15.16 y Nº 148-98-MTC/15.16 del 19 de octubre de 1998 y Nº 171-98-MTC/15.16 del 25 de noviembre de 1998, respectiva- mente, se concedió a CIELOS DEL PERU S.A., la Renovación del Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional y Nacional de carga, así como la Modi- ficación y Renovación del Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga, por el plazo de cinco (5) años; Que, en el ítem "MATERIAL AERONAUTICO" de las citadas resoluciones, se consignaron el modelo y la versión específica de las aeronaves autorizadas, debiéndose consignar únicamente el modelo de la aeronave y la correspondiente serie del modelo, conforme fuera informado por la Subdirección de Material Aero- náutico, mediante el Memorándum Nº 032-99-MTC/15.16.05.2 del 15.1.99, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución, de acuerdo a lo estipulado por el Artículo 85º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos, aprobado por el Artículo 1º del D.S. Nº 02-94-JUS; Que, asimismo, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, la autoridad aeronáutica conside- ra pertinente realizar la presente precisión, a efectos de facilitar a los operadores aeronáuticos las futuras inclusiones y/o modifi- caciones respecto al material aeronáutico con el que operaban al momento del otorgamiento del correspondiente Permiso de Opera- ción; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáu- tica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú; la Ley Nº 26917; Ley Nº 25862; Decreto Legislativo Nº 560; el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Artículo 1º del D.S. Nº 02-94- JUS; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar el ítem "MATERIAL AERONAUTICO" de las Resoluciones Directorales Nº 147-98-MTC/15.16 y Nº 148- 98-MTC/15.16 del 19 de octubre de 1998 y Nº 171-98-MTC/15.16 del 25 de noviembre de 1998, respectivamente, que otorgaron la correspondiente Renovación y/o Modificación de Permisos de Operación a CIELOS DEL PERU S.A., quedando redactado de la siguiente forma: MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING 707-300. Artículo 2º.- Déjese sin efecto el Artículo 12º de la Resolución Directoral Nº 0148-98-MTC/15.16 del 19.10.98. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENDOZA MELENEZ Director General Dirección General de Transporte Aéreo 5086 Otorgan a empresa de transportes con- cesión de la ruta Lima-Coracora RESOLUCION DIRECTORAL Nº 665-99-MTC/15.18 Lima, 9 de abril de 1999 VISTOS, los Expedientes de Registro Nº 00924010 organiza- do por la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO SANCHEZ S.R.Ltda., sobre Concesión de Ruta: LIMA - CORACORA y viceversa e Informe Nº 255-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades señala que los municipios son competentes para planificar el desarrollo de su circunscripción, velando de esta manera por el mantenimiento del ornato del distrito; Que, el problema del comercio informal y/o ambulatorio fue asumido por la Alcaldesa dentro de un criterio que busca respetar el legítimo derecho que tienen todos los peruanos a ejercer un trabajo sin que esto implique atentar contra el orden y la limpieza que debe mantenerse en el distrito;