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Pág. 172279 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: Lima - Coracora y viceversa, al amparo de lo establecido en el Regla- mento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decre- to Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 255-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se con- cluye que la referida empresa cumple con los requisitos estable- cidos en el Artículo 13º del referido reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aproba- do por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97- MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la "EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO SANCHEZ S.R.Ltda." la concesión de la ruta: LIMA - CORACORA y viceversa, para prestar Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - CORACORA y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :CORACORA ITINERARIO :CAÑETE - ICA - NASCA - PUQUIO - CHA- VIÑA ESCALA COMERCIAL :ICA - PUQUIO FRECUENCIA :Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: UR-1039 (1992) y UQ- 8109 (1992) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: VG-2109 (1997) HORARIOS :Salidas de Lima: 10.00 a.m. Salidas de Coracora: 10.00 a.m. La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se auto- riza. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser pu- blicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 4948 PODER JUDICIAL Aceptan donación efectuada por la em- presa Southern Perú a favor del Poder Judicial RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 153-99-SE-TP-CME-PJ Lima, 15 de abril de 1999 VISTO: El Informe Nº 053-99-PJ-SE-GCR/JASFL, de 14 de abril de 1999, del Area de Saneamiento Físico Legal y demás documentos que se adjuntan; y,CONSIDERANDO: Que, en el terreno de 123.90 m2 ubicado entre los edificios X3 y X4 de la localidad de Pueblo Nuevo, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, la empresa Southern Perú ha levantado una edificación de 31.35 m2 de un solo nivel y de material noble; Que, mediante Carta Nº S-0488-98, del 8 de julio de 1998, la empresa Southern Perú, cedió en uso la mencionada edificación a favor del Poder Judicial, para que sea destinado como local del Juzgado de Paz Letrado del mencionado distrito; Que, la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), ha afectado en uso a favor del Poder Judicial el terreno de 123.90 m2, signado como lote OU manzana G sector II, destinado a Otros Fines, derecho inscrito en el Asiento 2-3 del Código de Predio Nº PO08000076 del Registro Predial Urbano - Moquegua, del 12 de noviembre de 1998; Que, sobre dicho terreno se encuentra la edificación antes mencionada, conforme ha sido constatado en la inspección ocular realizada el 9 de abril de 1999, por personal técnico de la Gerencia Central de la Reforma del Poder Judicial; Que, a tenor de lo dispuesto por la Resolución Administrativa Nº 566-CME-PJ, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, evaluar la aceptación de las donaciones de bienes que se realicen a favor de este Poder del Estado; Que siendo esto así, es conveniente aceptar la donación efectuada por la empresa Southern Perú de la mencionada edificación, conforme lo solicitado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna-Moquegua y autorizarla para que en nombre y representación del Poder Judicial, suscriba la Escri- tura Pública de Donación, Declaratoria de Fábrica y documentos necesarios para su formalización; En uso de las atribuciones otorgadas por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, 566-CME-PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la empresa Southern Perú de la edificación, de material noble con 31.35 m2, efectuada sobre el terreno afectado en uso por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) a favor del Poder Judicial, ubicado en la manzana G lote OU, sector II Pueblo Nuevo, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua e inscrito en el Asiento 2-3 del Código de Predio Nº PO08000076 del Registro Predial Urbano - Moquegua. Artículo Segundo.- Autorizar a la señora Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Tacna - Moquegua, para que en nombre y representación del Poder Judicial, suscriba la Escritura Pública de Donación, Declaratoria de Fábrica y documentos necesarios para la formalización a que se contrae el artículo precedente. Artículo Tercero .- Transcribir la presente resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna - Moque- gua, a los Organos de Línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, Superintendencia de Bienes Nacionales y Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 5061 Ratifican actos de afectación en uso de terreno de la Municipalidad Provin- cial de Virú a favor del Poder Judicial RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 154-99-SE-TP-CME-PJ Lima, 15 de abril de 1999 VISTOS: El Acuerdo de Concejo Nº 026-99/MPV de fecha 24 de marzo de 1999 expedido por la Municipalidad Provincial de Virú, depar- tamento de La Libertad, y el Informe Nº 051-99-PJ-SE-GCR/ JASFL del Area de Saneamiento Físico Legal y demás documen- tos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del convenio suscrito entre el Gobierno y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para la ejecución del Proyecto "Mejoramiento del Acceso a la Justicia", se ha previsto la construcción e implantación de un Módulo Básico de Justicia en la provincia de Virú, departamento de La Libertad; Que, la Municipalidad Provincial de Virú, mediante el Acuer- do de Concejo de vistos, afectó en uso a favor del Poder Judicial, un terreno de 1,200 metros cuadrados ubicado en el Sublote 6 - A, de la Manzana 1 - D, del Centro Urbano del distrito y provincia