Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (22/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 172373 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de abril de 1999 Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94-PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efec- tuada por Hands Across the Andes, Inc., con sede en Maryland, Estados Unidos, consistente en 6 computadoras, 1 equipo audio casete, 2 equipos completos para básquetbol, 10 colchones nuevos para ejercicios, 1 bolsa para boxeo, 2 sillones, 1 alfombra, 2 tablas con equipo de pesas para ejercicios, 1 juego de pesas, 2 bicicletas para ejercicios, 1 mesa rectangular de madera para comedor, 2 mesas rectangulares para computadoras, 10 carpas para 3 perso- nas, 1 carpa para 5 personas, 3 cajas de juegos de mesa, 1 muleta de madera, 1 silla, 10 sogas de ejercicios, 115 cajas con ropa, 10 cajas con artículos misceláneos, 1 caja con zapatos, 1 mesa portátil de aluminio, 2 estantes multicolor de madera para libros, 4 estan- tes de aluminio, 1 mesa de roble para comedor, 1 silla con ruedas para oficina, 1 sofá floreado, 2 espejos grandes, 1 trampolín para ejercicios, 1 equipo de facsímil, 1 suministro ortopédico, 26 sumi- nistros médicos, 1 máquina de pedal, 1 lavadora, 1 colposcopio, 1 generador, 1 sistema médico dinámico, 1 tablilla, 1 archivo para registros médicos, 4 andadores, 4 pares de muletas, 1 silla geriátri- ca, 1 silla geriátrica para ducha, 3 sillas de ruedas, 1 equipo de central telefónica, 1 silla giratoria, 4 equipos de monitoreo, 4 espirómetros, 1 caja visor de rayos x, 6 colchones de terapia física, 2 sillones giratorios, 1 máquina de infusión, 1 caja con 20 latas de leche infantil con Tylanol, 2 sábanas, 6 cajas con juguetes, cajas con agujas, con un valor de US$ 77.125,00 y un peso bruto de 10.128,00 k., a favor de Cáritas del Perú, la que será distribuida en forma gratuita, a las personas de escasos recursos económicos, a través de los programas de apoyo social que desarrollan Cáritas del Perú, la Capilla Santa Rosa Siervas del Evangelio, la Fundación por los Niños del Perú y el Instituto de Enfermedades Neoplásicas. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entre- ga o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM.Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría Ge- neral de la República dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General Presidencia del Consejo de Ministros 5188 RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 025-99-PCM Lima, 20 de abril de 1999 Visto el Expediente Nº 2061-99 presentado por Círculos Sociales Católicos - Movimiento de Acción Social, sobre aproba- ción de donación. CONSIDERANDO: Que mediante Certificado de Donación, legalizado por el Con- sulado General del Perú en Madrid, Secretariado Latinoamericano de la Compañía de Jesús, con sede en Madrid, España, efectúa una donación de bienes a favor de Círculos Sociales Católicos - Movi- miento de Acción Social - CIRCA - MAS; Que según Conocimiento de Embarque Nº 57B101581 de fecha 6 de marzo de 1999, extendido por la Compañía Sud Americana de Vapores S.A., se consigna que la mercadería donada ha sido enviada en el Contenedor Nº CSVU2051714 S/1129 y embarcada en el puerto de Bilbao, España, a bordo del vapor CAP NORTE 919, con destino al puerto marítimo de Ilo, Perú; Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecuti- va de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presidencia del Consejo de Ministros apruebe la donación solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº AVISO VISITE LA PAGINA WEB