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Pág. 172382 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de abril de 1999 tancia Nacional e Internacional, por el plazo de veinte (20) años, en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con PERUSAT S.A., para la prestación de los Servicios Públicos a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinti- cinco (25) cláusulas y un (1) anexo que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representa- ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de conce- sión, PERUSAT S.A. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publica- ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5268 Otorgan a empresa concesión para la explotación del servicio público de bus- capersonas unidireccional RESOLUCION MINISTERIAL Nº 159-99-MTC/15.03 Lima, 19 de abril de 1999 Vista la solicitud presentada por BUSCAPERSONAS S.A., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del Servicio Público de Buscapersonas Unidireccional en la ciudad de Lima, de la provincia de Lima, del departamento de Lima y en la ciudad del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corres- ponden a este Ministerio las atribuciones y facultades de admi- nistrar, asignar y controlar, entre otros, el Servicio Público de Buscapersonas Unidireccional, así como las atribuciones referi- das al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del Servicio Público de Buscapersonas Unidireccional,la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, median- te Informes Nºs. 098-98-MTC/15.03.UECT y 246-98-MTC/ 15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de BUSCA- PERSONAS S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022- 98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a BUSCAPERSONAS S.A. concesión para la explotación del Servicio Público de Buscapersonas Uni- direccional por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que comprende la ciudad de Lima, de la provincia de Lima, del departamento de Lima y la ciudad del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con BUSCAPERSONAS S.A., para la prestación del Servicio Público a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representa- ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente resolución ministerial.Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de conce- sión, BUSCAPERSONAS S.A. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publica- ción de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publica- ción de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5267 Otorgan a empresa la concesión para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Trujillo-Cajamarca RESOLUCION DIRECTORAL Nº 607-99-MTC/15.18 Lima, 6 de abril de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00515010 organizado por la Empresa Transportes "TURISMO DIRECTO ASEGU- RADO" S.A. (TURDIAS), sobre Concesión de Ruta: Trujillo - Cajamarca y viceversa e Informe Nº 231-99-MTC/15.18.04.1.atr., de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Transportes "TURISMO DIRECTO ASEGURADO" S.A. (TURDIAS), mediante el expediente indi- cado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de la ruta: Trujillo - Cajamarca y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni- bus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 231-99-MTC/15.18.04.1.atr., se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido reglamen- to, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes "TURIS- MO DIRECTO ASEGURADO" S.A. (TURDIAS), la concesión de la ruta: TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolu- ción, de acuerdo a los siguientes términos: RAZON SOCIAL :"TURISMO DIRECTO ASEGURADO" S.A. (TURDIAS) RUTA :TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa ORIGEN :TRUJILLO DESTINO :CAJAMARCA ITINERARIO :PACASMAYO - TEMBLADERA FRECUENCIA :Dos (2) diarias FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: VG-3318 (1998) y UI-6288 (1982). FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UI-6291 (1982) - (ambas rutas). HORARIOS :Salida de Trujillo: 13.00 y 23.00 horas Salida de Cajamarca: 10.00 y 22.00 horas La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concer- nientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza.