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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (22/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 172379 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de abril de 1999 Constituyen Comité Especial Proyecto Camisea que llevará adelante proceso de promoción a que se refiere el D.U. Nº 022-99 RESOLUCION SUPREMA Nº 060-99-PE Lima, 21 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 022-99, se dejó sin efecto el Decreto de Urgencia Nº 045-98, comprendiendo al Proyecto Camisea dentro del ámbito del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, se ha producido la renuncia del Presidente y de los Ministros integrantes de la Comisión Especial de Alto Nivel del Proyecto Camisea, designados por Resoluciones Supremas Nºs. 497-98-PCM y 113-99-PCM, de fechas 2 de setiembre de 1998 y 2 de marzo de 1999; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordena- do aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su norma reglamentaria el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, concordan- te con el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 001-99 y la Resolución Suprema Nº 033-99-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar las renuncias de don Jorge Camet Dickmann, representante del Presidente de la República y Presidente de la Comisión Especial de Alto Nivel del Proyecto Camisea y de los señores don Víctor Joy Way Rojas, Ministro de Economía y Finanzas, don César Luna-Victoria León, Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales y don Daniel Hokama Tokashiki, Minis- tro de Energía y Minas, integrantes de la misma, dándoseles las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2º.- Constitúyase el Comité Especial Proyecto Camisea que llevará adelante el proceso de promoción a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 022-99, el que estará integrado por las siguientes personas: Don Jorge Chamot Sarmiento, quien lo presidirá. Don Juan Assereto Duharte, Presidente de PERUPETRO. Don Juan Carlos Liu Yonsen. Don José Abramovitz Delmar. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 5295 Suspenden actividades de extracción y recepción del recurso sardina en el ámbito de la Dirección Regional de Pesquería Chimbote RESOLUCION MINISTERIAL Nº 147-99-PE Lima, 21 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º de la Ley General de Pesca, aprobada median- te el Decreto Ley Nº 25977, establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdic- cionales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que el Artículo 9º de la citada ley dispone que el Ministerio de Pesquería, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, regula- ción del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preserva- ción y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que mediante Resolución Ministerial Nº 036-99-PE de fecha 26 de enero de 1999, se estableció la veda reproductiva del recurso sardina, a partir de las 00.00 horas del día 28 de enerode 1999, en la zona comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo hasta el paralelo 16°00' Latitud Sur; dispo- niéndose la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 409-98-PE y sus normas complementarias; Que el Artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 036-99-PE restablece la vigencia de la talla mínima del recurso sardina en 26 centímetros, permitiéndose una tolerancia de 20% como máximo de captura incidental en el número de ejemplares juveniles; Que de acuerdo a la evaluación del comportamiento de la pesquería del recurso sardina en el litoral peruano, se ha obser- vado en el puerto de Chimbote y en lo que va del mes de abril, la presencia de ejemplares juveniles de sardina en porcentajes superiores a la tolerancia permitida, por lo que se considera necesario dictar medidas de regulación pesquera que aseguren la preservación y explotación racional de dicho recurso; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Extracción; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender a partir de las 00.00 horas del día 23 de abril hasta las 24.00 horas del día 25 de abril de 1999, las actividades de extracción y recepción del recurso sardina ( Sar- dinops sagax ) en el ámbito jurisdiccional de la Dirección Regional de Pesquería Chimbote, que se desarrollan en el marco de la Resolución Ministerial Nº 409-98-PE y cuya vigencia fue restablecida por Resolución Ministerial Nº 036-99-PE. El procesamiento del citado recurso a que se refiere el párrafo anterior sólo será permitido hasta las 06.00 horas del día 23 de abril de 1999. Artículo 2º.- Los armadores y establecimientos industriales que incumplan las normas contenidas en la presente resolución, serán sancionados de conformidad con las disposiciones estableci- das en la Ley General de Pesca, su reglamento, el Decreto Supremo Nº 002-99-PE y demás normas legales vigentes. Artículo 3º.- La Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extracción y de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesquería y la Dirección Regional de Pesquería Chimbote, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdiccio- nes, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 5282 PROMUDEH Autorizan viaje de funcionaria del PAR a Costa Rica para participar en taller referido a la equidad de género y el desarrollo de las mujeres rurales RESOLUCION MINISTERIAL Nº 140-99-PROMUDEH Lima, 20 de abril de 1999 Visto las Cartas Nºs. A3/PE-0562 y A3/PE-0618 de fechas 30 de marzo y 12 de abril de 1999 respectivamente, del repre- sentante del Instituto Interamericano de Cooperación Agrícola - IICA; CONSIDERANDO: Que del 24 al 28 de abril de 1999 en la ciudad de San José de Costa Rica, se llevará a cabo el "Taller de Planificación Estraté- gica para Impulsar la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres Rurales", en el marco del Programa de Género y Desarro- llo Empresarial de las Mujeres Rurales (PADEMUR), evento al cual ha sido invitado un representante del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que, la Lic. Betty Olano Cieza de Calmet, Gerente Técnico del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR, ha sido designada para participar en el evento citado; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para los fines señalados; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán financiados por el Instituto Interamericano de Coopera- ción Agrícola - IICA; De conformidad a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 866 modificado por Decreto Legislativo Nº 893, Decreto Supre-