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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (26/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 172508 NORMAS LEGALES Lima, lunes 26 de abril de 1999 RU, a la ciudad de Salvador, Bahía, Brasil, del 25 de abril al 2 de mayo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 4º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU del Pliego 001 Presidencia del Conse- jo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Ibeth Acuña Escobar - Viáticos :US$ 1,040.00 - Pasaje :US$ 565.28 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Señor Percy Tapia Campusano - Viáticos :US$ 2,080.00 - Pasaje :US$ 666.34 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Señorita Angela Maric Arata - Viáticos :US$ 1,400.00 - Pasaje :US$ 918.84 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 5º.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 5443 AGRICULTURA Disponen levantar reserva de dominio a favor del Estado sobre terrenos eria- zos ubicados en el distrito de Guadalu- pe, provincia de Pacasmayo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0308-99-AG Lima, 20 de abril de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 12748, ubicado en el distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 4218-98-AG-PETT-DE/CAH, de fojas 99, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural, remite el expe- diente sobre levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado en el expediente sobre denuncio de 10.00 ha. de terrenos eriazos, ubicados en el distrito de Guada- lupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Liber- tad, seguido por don Luis Federico Plasencia Puelles; Que por Resolución Directoral Nº 097-91-UAD-LA LIB, de fecha 4 de abril de 1991, de fojas 5 - 6, y Contrato de Compraventa Nº 001-93-DRA-LA LIB, de 26 de abril de 1993, obrante a fojas 13, la ex Dirección Regional de Agricultura de la Región La Libertad, adjudicó en venta a favor de don Luis Federico Plasencia Puelles la superfi- cie de 10.00 ha. de terrenos eriazos correspondiente a la Unidad Catastral Nº 12748 del distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, fijándose un plazo de un (1) año para ejecutar el 50% de dichas obras y un (1) adicional para su culminación y destinar esas tierras al uso agrario para el que fueron adquiridas;Que el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislación anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contrac- tual, solicitarán a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante Resolución Ministerial previa constatación de la ejecución de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante el Informe Técnico Nº 111-98-AG-PETT- CAH/EC-435, de 11 de agosto de 1998, de fojas 93 a 96, elaborado por la Comisión Ad Hoc del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural, encargada de la evaluación de los contratos de otorgamiento de terrenos eriazos, suscritos con anterioridad a la Ley Nº 26505, señala que el terreno adjudicado se encuentra íntegra- mente incorporado a la agricultura, al haber habilitado la parcela con las condiciones de riego y sembrío, así como instalaciones de infraestructura, concluyendo que el re- currente ha cumplido con las condiciones estipuladas en el contrato, por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Minis- terio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 10.00 ha. de terrenos eriazos con Unidad Catastral Nº 12748 del distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, otorgados a favor de don Luis Federico Plasen- cia Puelles mediante Contrato de Compraventa Nº 001- 93-DRA-LA LIB, de 26 de abril de 1993, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Artículo 2º.- Disponer que la dependencia del Proyec- to Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regional de Agricultura de La Libertad gestio- ne ante el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de La Libertad la inscripción de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 5322 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de irregularidades cometidas en la utili- zación de fondos del CAFAE RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0310-99-AG Lima, 20 de abril de 1999 VISTA: La Recomendación Nº 4.12 del Informe Nº 005-99-AG- A-IG-OAI, "Examen Especial al Comité de Administra- ción del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabaja- dores del Ministerio de Agricultura", elaborado por la Inspectoría General - Organo de Auditoría Interna del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que la Comisión de Inspectoría General como resulta- do del Examen Especial practicado al Comité de Admi- nistración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores del Ministerio de Agricultura, ha determi- nado la existencia de hallazgos cuyas conclusiones están señaladas en el Informe Nº 005-99-AG-A-IG-OAI; Que en la Conclusión Nº 12 del Informe Nº 005-99-AG- A-IG-OAI se ha evidenciado la comisión de irregularidades por parte del cajero Roberto Carranza Chavarría, con la finalidad de utilizar los fondos del CAFAE, para fines