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Pág. 172595 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de abril de 1999 de aquéllas que provengan de áreas bajo manejo o de cultivos; Que, el Artículo Segundo del referido dispositivo, encarga la INRENA, difundir los términos de referencia para la elaboración de planes de manejo para las especies de uña de gato y promover el cultivo de las mismas; Que, en consecuencia, es necesario aprobar los térmi- nos de referencia elaborados por la Dirección General Forestal de este instituto; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante el inciso i) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-92-AG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los TERMINOS DE RE- FERENCIA PARA LA ELABORACION DE PLANES DE MANEJO FORESTAL PARA LAS ESPECIES DE UÑA DE GATO ( Uncaria tomentosa y Uncaria guianensis ), que en anexo forman parte de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Los planes de manejo que desa- rrollen los titulares de contratos o permisos de extracción forestal de uña de gato, serán evaluados y certificados por la autoridad competente. Regístrese y comuníquese. JOSEFINA TAKAHASHI SATO Jefa del INRENA 5534 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan a Procurador iniciar proce- so judicial a ex funcionarios de la UTE- FONAVI y representantes de empresa contratista RESOLUCION MINISTERIAL Nº 088-99-EF/10 Lima, 28 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 200-99/COLFONAVI de la Comisión Liquidadora del Fondo Nacional de Vivienda -COLFO- NAVI- y el Oficio Nº 395-99-PP/EF.16 del Procurador Público del Ministerio de Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento al Plan Anual de Control para 1998 de la ex Oficina de Auditoría Interna de la ex UTE- FONAVI, aprobado por la Contraloría General de la Repú- blica mediante Resolución Nº 038-98-CG del 31.3.98, y a lo solicitado por la Presidencia del Consejo de Administración de la UTE - FONAVI se llevó a cabo el EXAMEN ESPECIAL "PROYECTO DE AGUA Y DESAGÜE DE LA CIUDAD DEJAEN - CAJAMARCA"; por el cual se ha determinado que los señores José Alvarado Gonzales, ex Jefe del Departa- mento de Evaluación Técnica; Tito Andrade Olmos, ex Jefe de Operaciones; Luis Navarro Pantac, ex Gerente de Opera- ciones; Orlando Jiménez Peña, ex Jefe del Departamento de Evaluación Financiera e Implementación y Moisés La Rosa Vizcarra, Inspector de la Obra, así como los representantes legales de la empresa contratista "Consorcio Cajamarca", son responsables económicamente por los actos a los que se contraen las Conclusiones Nºs. 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del Informe Nº 04/98 emitido por la Oficina de Auditoría Interna de la ex UTE-FONAVI; Que, asimismo del estudio y análisis de los actuados administrativos se ha determinado que existe indicio razona- ble de la comisión de ilícito penal en agravio de la Unidad Técnica Especializada del Fondo Nacional de Vivienda en Desactivación, presuntamente cometido por el señor José Alvarado Gonzales, quien formuló y sustentó de manera irregular ante instancias superiores de la UTE-FONAVI el denominado Proyecto "Redes de Agua Potable, Alcantarilla- do, Conexiones Domiciliarias y Obras Generales de la ciudad de Jaén" distorsionando el contenido de la documentación presentada por el Comité Integral de Agua y Alcantarillado de Jaén, puesto que la misma está referida a financiar única y exclusivamente el Proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la ciudad de Jaén"; por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Vivien- da en Liquidación, de la UTE-FONAVI en Desactivación y de la Comisión Liquidadora del FONAVI-COLFONAVI, para que inicie las acciones legales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc designado por las Resoluciones Supremas Nº 212- 98-JUS y Nº 382-98-JUS, para que inicie las acciones judiciales correspondientes en defensa de los intereses del Estado contra los señores JOSE ALVARADO GON- ZALES, TITO ANDRADE OLMOS, LUIS NAVARRO PANTAC, ORLANDO JIMENEZ PEÑA y MOISES LA ROSA VIZCARRA, ex funcionarios de la UTE-FONAVI; así como contra los representantes legales de la empresa contratista "Consorcio Cajamarca"; orientadas al resar- cimiento económico a favor de la UTE-FONAVI en Des- activación de las sumas que se señalan en el Informe Nº 04/98 EXAMEN ESPECIAL PROYECTO DE AGUA POTABLE Y DESAGÜE DE LA CIUDAD DE JAEN- CAJAMARCA, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remítase los antecedentes del caso al referido Procurador Público para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Ministro de Economía y Finanzas 5604 COLOCAR AVISO EL RECURSO DE CASACION EN EL PROCESO LABORAL