Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 1999 (29/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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de aquellas que provengan de areas bajo manejo o de cultivos; Que, el Articulo MORDAZA del referido dispositivo, encarga la INRENA, difundir los terminos de referencia para la elaboracion de planes de manejo para las especies de una de gato y promover el cultivo de las mismas; Que, en consecuencia, es necesario aprobar los terminos de referencia elaborados por la Direccion General Forestal de este instituto; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante el inciso i) del Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-92-AG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACION DE PLANES DE MANEJO FORESTAL PARA LAS ESPECIES DE UNA DE GATO (Uncaria tomentosa y Uncaria guianensis), que en anexo forman parte de la presente Resolucion Jefatural. Articulo Segundo.- Los planes de manejo que desarrollen los titulares de contratos o permisos de extraccion forestal de una de gato, seran evaluados y certificados por la autoridad competente. Registrese y comuniquese. MORDAZA TAKAHASHI SATO Jefa del INRENA 5534

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan a Procurador iniciar MORDAZA judicial a ex funcionarios de la UTEFONAVI y representantes de empresa contratista
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 088-99-EF/10 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 1999 Visto el Oficio Nº 200-99/COLFONAVI de la Comision Liquidadora del Fondo Nacional de Vivienda -COLFONAVI- y el Oficio Nº 395-99-PP/EF.16 del Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento al Plan Anual de Control para 1998 de la ex Oficina de Auditoria Interna de la ex UTEFONAVI, aprobado por la Contraloria General de la Republica mediante Resolucion Nº 038-98-CG del 31.3.98, y a lo solicitado por la Presidencia del Consejo de Administracion de la UTE - FONAVI se llevo a cabo el EXAMEN ESPECIAL "PROYECTO DE AGUA Y DESAGUE DE LA MORDAZA DE

MORDAZA - CAJAMARCA"; por el cual se ha determinado que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe del Departamento de Evaluacion Tecnica; MORDAZA MORDAZA Olmos, ex Jefe de Operaciones; MORDAZA MORDAZA Pantac, ex Gerente de Operaciones; MORDAZA MORDAZA Pena, ex Jefe del Departamento de Evaluacion Financiera e Implementacion y MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Obra, asi como los representantes legales de la empresa contratista "Consorcio Cajamarca", son responsables economicamente por los actos a los que se contraen las Conclusiones Nºs. 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del Informe Nº 04/98 emitido por la Oficina de Auditoria Interna de la ex UTE-FONAVI; Que, asimismo del estudio y analisis de los actuados administrativos se ha determinado que existe indicio razonable de la comision de ilicito penal en agravio de la Unidad Tecnica Especializada del Fondo Nacional de Vivienda en Desactivacion, presuntamente cometido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien formulo y sustento de manera irregular ante instancias superiores de la UTE-FONAVI el denominado Proyecto "Redes de Agua Potable, Alcantarillado, Conexiones Domiciliarias y Obras Generales de la MORDAZA de Jaen" distorsionando el contenido de la documentacion presentada por el Comite Integral de Agua y Alcantarillado de MORDAZA, puesto que la misma esta referida a financiar unica y exclusivamente el Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la MORDAZA de Jaen"; por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Vivienda en Liquidacion, de la UTE-FONAVI en Desactivacion y de la Comision Liquidadora del FONAVI-COLFONAVI, para que inicie las acciones legales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc designado por las Resoluciones Supremas Nº 21298-JUS y Nº 382-98-JUS, para que inicie las acciones judiciales correspondientes en defensa de los intereses del Estado contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA OLMOS, MORDAZA MORDAZA PANTAC, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA, ex funcionarios de la UTE-FONAVI; asi como contra los representantes legales de la empresa contratista "Consorcio Cajamarca"; orientadas al resarcimiento economico a favor de la UTE-FONAVI en Desactivacion de las sumas que se senalan en el Informe Nº 04/98 EXAMEN ESPECIAL PROYECTO DE AGUA POTABLE Y DESAGUE DE LA MORDAZA DE JAENCAJAMARCA, por las razones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitase los antecedentes del caso al referido Procurador Publico para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas 5604

COLOCAR AVISO

EL RECURSO DE CASACION EN EL MORDAZA LABORAL

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