Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 1999 (29/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ha recomendado por unanimidad se sancione con destitucion al mencionado servidor por haber inasistido injustificadamente por mas de quince (15) dias en un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario, debiendo expedirse la resolucion correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con destitucion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Libreta Electoral Nº 28962979, Tecnico Administrativo III - STA de la Subprefectura de la provincia de Parinacochas - Prefectura del departamento de MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer se inserte MORDAZA de la presente resolucion en el legajo personal del mencionado servidor. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 5537

Que, el solicitante cumple con lo que senala el Art. 176º del citado reglamento, tales como haber observado buena conducta y obtenido evaluacion favorable desde la aplicacion de la sancion; De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 176º y 178º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, del 17.ENE.90; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior e informado por la Oficina de Procesos de Personal de la OPER - MIN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar procedente la solicitud de rehabilitacion de las sanciones administrativas impuestas mediante R.D. Nº 457-80-IN/DS-MIG, del 8.AGO.80 y R.M. Nº 011196-IN/0113000000, del 29.ENE.96, al ECC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Migraciones I, SPD, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion; quedando rehabilitado de dichas sanciones. Articulo 2º.- Dejar sin efecto, toda mencion o MORDAZA de sanciones impuestas provenientes de faltas disciplinarias del indicado servidor, en el registro de funcionarios y en su correspondiente legajo personal. Articulo 3º.- Insertar MORDAZA de la presente resolucion al legajo personal del mencionado servidor. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA

Ministro del Interior Declaran procedente solicitud de 5347 rehabilitacion de sanciones administrativas impuestas a inspector de miAutorizan a Procurador iniciar MORDAZA graciones judicial a ex Gobernadora del distrito de RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0391-99-IN/0901 Caminaca, provincia de Azangaro MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1999 Visto, las solicitudes de Reg. Nºs. 008 y 014-Tp, del 26.ENE y 16.FEB.99, mediante las cuales el ECC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Migraciones I, SPD, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, solicita su rehabilitacion de las sanciones administrativas impuestas con las Resoluciones, Directoral Nº 457-80-IN/DSMIG, del 8.AGO.80 y Ministerial Nº 0111-96-IN/ 0113000000, del 29.ENE.96; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 457-80-IN/ DS-MIG, del 8.AGO.80, y Resolucion Ministerial Nº 011196-IN/0113000000, del 29.ENE.96, se resolvio sancionar con suspension sin goce de remuneraciones por el termino de treinta (30) y noventa (90) dias, respectivamente, al ECC MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALVARADO; Que, de la revision efectuada de los actuados, se determina que el recurrente sustenta su solicitud en el hecho de haber sido incorporado al Grupo Ocupacional Profesional, mediante R.M. Nº 0056-88-IN/OPER. del 22.JUL.88, asi como, habersele asignado el cargo de Inspector de Migraciones I, Nivel P-3, con R.M. Nº 319-92-IN/DM, del 20.MAR.92, sin ascender al nivel inmediato superior, despues de la MORDAZA sancion impuesta; habiendo observado buena conducta y obtenido evaluaciones favorables desde su MORDAZA sancion, por lo que debe declararse procedente la solicitud de rehabilitacion del referido servidor; Que, el Art. 178º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, dispone que el servidor de MORDAZA queda rehabilitado de las sanciones administrativas que se le hubieren aplicado durante su permanencia en un nivel de MORDAZA cuando obtenga su ascenso al nivel inmediato superior. Asimismo, el Art. 176º del mismo reglamento, es otra forma de rehabilitacion, por transcurso del tiempo, siempre que MORDAZA observado buena conducta y obtenido evaluacion favorable, y haber transcurrido un ano como minimo despues de la sancion impuesta; Que, en el caso de autos, han transcurrido dieciocho (18) y tres (3) anos de la primera y MORDAZA sancion impuesta al recurrente, oficializadas con la R.D. Nº 45780-IN/DS/MIG, del 8.AGO.80 y R.M. Nº 0111-IN-960113000000, del 29.ENE.96; habiendo observado buena conducta y obtenido evaluaciones favorables; RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0403-99-IN-1508 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1999 Visto, el Informe Nº 001-99-IN/OCI.O.INV. de la Oficina de Inspectoria del Sector, mediante el cual recomienda que la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior inicie las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ex Gobernadora del distrito de Caminaca de la provincia de Azangaro del departamento de MORDAZA, por doble cobro de haberes en su condicion de Gobernadora; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ha hecho cobro indebido de haberes, desde el mes de febrero hasta octubre 1996, conforme a la informacion proporcionada por la Oficina de Administracion del Sector y Ministerio de Salud; Que, del Informe Nº 001-99-IN/OCI.O.INV., se desprende el cobro indebido de remuneracion precitado en agravio del Estado, por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, hecho que amerita se autorice al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales, del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones legales correspondientes; De conformidad a lo establecido por el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE DELGADO. Articulo 2º.- Remitir todos los actuados al Despacho del senor Procurador Publico mencionado, para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 5538

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