Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 1999 (29/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Visto el Expediente de Registro Nº CE-193002 con escritos de fechas 6 de agosto, 2 de octubre y 5 de noviembre de 1998, presentados por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de los cuales solicitan permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "MI MORDAZA NOE", para la extraccion de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo e indirecto. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca establecen que, para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras a nivel nacional; Que conforme a lo dispuesto en los Articulos 4º literal a) y 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, las embarcaciones pesqueras de MORDAZA construidas MORDAZA de la vigencia del Decreto Ley Nº 25977; podran solicitar permiso de pesca para la extraccion de los recursos hidrobiologicos para consumo humano directo o indirecto, siempre que acrediten que las embarcaciones pesqueras han efectuado faenas de pesca de los recursos solicitados; Que los Articulos 46º, 69º inciso e) y 70º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, establecen que los interesados que no cumplan con subsanar los requisitos procedimentales en el plazo MORDAZA de tres (3) meses, contados a partir del dia siguiente de su notificacion, incurriran en abandono del procedimiento administrativo; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 009-99-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 072-99-PE, de fechas 11 de enero y 5 de marzo de 1999, respectivamente, se suspendio la recepcion de solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota y nuevos permisos de pesca, de embarcaciones pesqueras de mayor escala para el acceso a las especies cabrilla, suco o coco, cachema o ayanque y MORDAZA para el consumo humano directo e indirecto, como especie objetivo de captura, la misma que en su Articulo 2º establece que esta suspension no es aplicable a las solicitudes en tramite a la fecha de su entrada en vigencia, las cuales se detallaron en anexo adjunto de la citada resolucion y teniendo en consideracion la fecha de inicio de tramite del presente procedimiento, este debe ser incluido en el citado anexo; Que mediante los escritos del visto, los recurrentes solicitan permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "MI MORDAZA NOE", con Matricula Nº PT-17725-CM, de 74,8 m3 de volumen de bodega, empleando redes de cerco de 1/2 y 1 1/2 pulgadas (13 y 38 mm., segun corresponda, para la extraccion de los recursos MORDAZA, cabrilla, suco, cachema, jurel, MORDAZA, cavinza, caballa y MORDAZA, con destino al consumo humano directo, ademas para los recursos sardina y anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto; Que a traves del Oficio Nº 2719-98-PE/DNE-Dacp de fecha 26 de noviembre de 1998, se solicito a los recurrentes, a fin de proseguir con el tramite, alcancen los documentos que acrediten que la embarcacion pesquera denominada "MI MORDAZA NOE", ha realizado faenas de pesca de los recursos hidrobiologicos para consumo humano indirecto, no habiendo cumplido hasta la fecha con presentar la documentacion requerida, habiendose paralizado el procedimiento administrativo por causa imputable al administrado, en consecuencia se encuentran incursos en la causal de abandono establecidas en los Articulos 69º literal e), 70º y 91º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en los Articulos 46º, 69º Inc. e) y 70º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y en la Resolucion Ministerial Nº 010-99-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE;

Articulo 1º.- Incorporar la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la cual solicitan permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI MORDAZA NOE" con Matricula Nº PT-17725CM, de 74,8 m3 de volumen de bodega, en el anexo de la Resolucion Ministerial Nº 009-99-PE. Articulo 2º.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI MORDAZA NOE" con Matricula Nº PT-17725-CM, de 74,8 m3 de volumen de bodega, presentada por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion (e) 5500

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Modifican procedimientos y reducen tasas del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio
DECRETO SUPREMO Nº 003-99-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion Social es el encargado de normar, fomentar, promover y conducir el desarrollo sociolaboral, estableciendo los mecanismos adecuados de coordinacion y supervision de las politicas sectoriales a nivel nacional; Que, para fomentar la capacitacion y formacion laboral de los trabajadores y facilitar la contratacion de personal, resulta conveniente la reduccion de las tasas en los tramites, que conforme a las disposiciones legales vigentes, deben ser realizados ante el Ministerio de Trabajo y Promocion Social, no obstante las limitaciones presupuestarias del Pliego; Que, para tal efecto deben efectuarse las modificaciones en determinados procedimientos y reduccion de tasas del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promocion Social (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-TR; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada y el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, en los rubros que se incluyen en el anexo del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Deroguese, modifiquese o sustituyase toda MORDAZA administrativa que se oponga a lo aprobado en el Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 1999. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social

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